Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2014 (22/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Jueves 22 de MORDAZA de 2014

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POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha 10 de Marzo del 2014, el Informe Nº 033-2014-GAT-MDPH de fecha 27 de febrero de 2014, el Informe Nº 076-2014DUCT-MDPH de fecha 28 de febrero de 2014 y el Informe legal Nº0 036-2014-OAJ/MDPH, de fecha 28 de febrero de 2014. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el MORDAZA parrafo del Art. 46º de la Ley Nº 27972 establece que las ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones, estableciendo las escala de multas en funcion a la gravedad de la falta, asi como la imposicion de las sanciones no pecuniarias. Que, mediante Ordenanza Nº 167-2009-MDPH, se aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Punta MORDAZA, el mismo que mediante tecnica remisiva se sujeta a lo regulado en la Ordenanza Nº 984-MML, MORDAZA Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas derivadas de la Funcion Fiscalizadora de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, asi como sus normas complementarias y modificatorias. Que, mediante Informe Nº 033-2014-GAT-MDPH, la Gerencia de Administracion Tributaria manifiesta que la Policia Municipal viene realizando labores de fiscalizacion en todo el Distrito, constatandose que durante la temporada de MORDAZA existen personas que vienen efectuando trabajos de construccion, transgrediendo lo senalado en la Ordenanza Nº 0023-2003-MDPH, modificada por la Ordenanza Nº 213-2011-MDPH, y Ordenanza Nº 2322012-MDPH; por lo que solicita modificar las ordenanzas MORDAZA senaladas, con la finalidad de que las sanciones a imponerse MORDAZA mas severas. Que, el primer parrafo del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, asimismo el articulo 9º inciso 8) de la misma MORDAZA, senala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos. Que, en uso de sus facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo lo siguiente:

Municipalidad Metropolitana de Lima", segun el Anexo N° 1 que forma parte de la presente Resolucion de Alcaldia, de corresponder, se realizara mediante comunicacion cursada a la Gerencia de Planificacion, dentro de los primeros diez dias calendario de entrado en vigencia la presente Resolucion de Alcaldia. Asimismo, el Comite de Direccion del MORDAZA de Modernizacion se instalara dentro de los treinta (30) dias calendario siguiente a la vigencia de la presente Resolucion de Alcaldia. El Equipo de Mejora Continua del MORDAZA de Modernizacion se instalara dentro de los primeros quince (15) dias calendario siguiente a la vigencia de la presente Resolucion de Alcaldia. Articulo Octavo.- INICIAR la implementacion de la Politica de Modernizacion con la actualizacion de los instrumentos de gestion vigentes en la Municipalidad Metropolitana de Lima. Para ello, dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes a la vigencia de la presente Resolucion de Alcaldia, la Gerencia de Planificacion remitira a la Gerencia Municipal Metropolitana la calendarizacion de los instrumentos a ser actualizados, para su tramitacion respectiva, considerando el Regimen Especial que asiste a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Noveno.- PRECISAR que el Comite de Direccion del MORDAZA de Modernizacion creado por la presente Resolucion de Alcaldia cumple las funciones y remplaza -para todos los efectos- al Comite de Direccion del MORDAZA de Simplificacion, conformado por el articulo 1° de la Resolucion de Alcaldia N° 335 de fecha 01 de agosto de 2011. Asimismo, entiendase que el Equipo de Mejora Continua del MORDAZA de Modernizacion creado por la presente Resolucion de Alcaldia, cumple las funciones y remplaza -para todos los efectos- al Equipo de Mejora Continua, conformado por el articulo 2° de la Resolucion de Alcaldia N° 335 de fecha 01 de agosto de 2011. Articulo Decimo.- INICIAR el MORDAZA progresivo de implementacion de la gestion de la calidad en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el MORDAZA del sistema administrativo de modernizacion de la gestion publica. Para tal fin, la Gerencia de Planificacion esta encargada de realizar las acciones necesarias que permitan categorizar, proponer y aprobar, segun sea el caso, los manuales, politicas y demas documentos normativos vinculados al sistema de gestion de la calidad en la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Decimo Primero.- DEJESE sin efecto toda disposicion de rango inferior o equivalente que contravenga o limite la aplicacion de lo dispuesto en la presente Resolucion de Alcaldia. Articulo Decimo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano", y el Anexo N° 1: "Politica de Modernizacion de la Gestion Publica de la Municipalidad Metropolitana de Lima" en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa

1085251-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Modifican las Ordenanzas Nºs. 2322012-MDPH y 023-2003-MDPH e incluyen infraccion en el Cuadro que establece tipificacion y escala de multas administrativas de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 262-2014-MDPH
Punta MORDAZA, 10 de marzo de 2014 EL MORDAZA DISTRITO DE PUNTA MORDAZA

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 023-2003-MDPH Y LA ORDENANZA Nº 232-2012-MDPH
Articulo Primero.- Modificar el Articulo Primero de la ORDENANZA Nº 232-2012-MDPH quedando redactada de la siguiente manera: "Articulo Primero.-Prohibir se realicen cualquier MORDAZA de construcciones y/o acabados en el Distrito de Punta MORDAZA, durante la temporada de MORDAZA comprendida desde el 15 de Diciembre hasta el 15 de MORDAZA, Exceptuandose las obras publicas y tambien aquellas que se realicen en la MORDAZA este del distrito, ubicadas a partir de la autopista Panamericana Sur y en la MORDAZA de Punta Rocas. Tambien quedan exceptuadas, para efectos de construccion de su cerco perimetrico los predios ubicados en la MORDAZA aledana a la antigua Panamericana Sur y que no cuenten con cerco perimetrico y cuya zonificacion