Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2014 (22/05/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

523702
Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo Nº 144-2013-CPJ/SE, que rechazo la solicitud de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal de restricciones de contratacion, prevista en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, debiendo renovarse los actos procedimentales a partir de la convocatoria a la sesion extraordinaria en la cual se resolvera la solicitud de vacancia, para lo cual el concejo debera pronunciarse sobre la causal de restricciones de contratacion imputada al citado burgomaestre, observando lo senalado en la presente resolucion. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Provincial de MORDAZA, a fin de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia, dentro del plazo improrrogable de treinta dias habiles posteriores a la notificacion de la presente resolucion, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente para que los remita al fiscal provincial respectivo, con el objeto de que evalue la conducta de los integrantes de dicho concejo. Se debera tener especial cuidado de realizar las siguientes acciones, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se proceda conforme a lo MORDAZA expuesto: 1. Convocar a sesion extraordinaria en un plazo MORDAZA de cinco dias habiles luego de notificada la presente. En caso de que el MORDAZA no cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor o cualquier otro regidor tiene la facultad de convocar a sesion extraordinaria, previa notificacion escrita al MORDAZA, conforme lo establece el articulo 13 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Cabe senalar que entre la notificacion de la convocatoria y la sesion extraordinaria debe mediar, cuando menos, un lapso de cinco dias habiles. 2. Incorporar al procedimiento de vacancia, previamente a la sesion extraordinaria en la cual se resolvera el pedido de vacancia, los documentos senalados en el decimoprimer considerando de la presente resolucion, a efectos de que los miembros del concejo municipal puedan analizarlos y valorarlos con la debida anticipacion, conjuntamente con los demas medios de prueba que obran en autos. 3. Los miembros del concejo deberan asistir obligatoriamente a la sesion de concejo, en virtud de lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 10 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, por lo que su incumplimiento sera motivo de responsabilidad funcional, no pudiendo abstenerse de emitir su MORDAZA, conforme prescribe el articulo 101 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 4. En dicha sesion extraordinaria, los miembros del concejo distrital deberan pronunciarse sobre la causal de vacancia imputada al burgomaestre, teniendo en cuenta los medios probatorios presentados por las partes y los senalados en el decimo primer considerando de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
2 Nº 1 Proveedor Inversiones C&G S.A.C. Bien/Servicio Para maquinarias y equipos

El Peruano Jueves 22 de MORDAZA de 2014

Confirman acuerdo de concejo que rechazo solicitud de declaratoria de vacancia contra MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Conchucos, provincia de Pallasca, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 356-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-0151 CONCHUCOS - PALLASCA - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, treinta de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Cardoso MORDAZA en contra del Acuerdo de Concejo Nº 001-2014-MDC, del 9 de enero de 2014, que rechazo su solicitud de declaratoria de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Conchucos, provincia de Pallasca, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, concordado con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia El 18 de febrero de 2013, MORDAZA Cardoso MORDAZA solicito al Concejo Distrital de Conchucos la vacancia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 4 a 9), por considerarlo incurso en la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, concordado con el articulo 63 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). El solicitante manifesto que en el mes de febrero de 2011, el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA cobro siete cheques girados a su nombre por la Municipalidad Distrital de Conchucos por un importe total de S/. 25 900,00 (veinticinco mil novecientos y 00/100 nuevos soles), destinados al pago de cuatro proveedores de la entidad municipal, por concepto de adquisicion de bienes y servicios, lo cual evidenciaria, a su entender, que el MORDAZA intervino directamente en la relacion contractual entre la corporacion MORDAZA y las empresas proveedoras, infringiendo asi la prohibicion de contratar sobre bienes municipales que la LOM impone a los alcaldes y regidores. Acompano a su solicitud, en calidad de medios probatorios, las copias simples de siete cheques del Banco de la Nacion, girados por la Municipalidad Distrital de Conchucos a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por un importe total de S/. 25 900,00 (veinticinco mil novecientos y 00/100 nuevos soles), todos ellos de fecha 18 de febrero de 2011 (fojas 23 a 25) y los reportes del Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico (SIAF), de fojas 11 a 17, en los que se registra que la Municipalidad Distrital de Conchucos giro a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA siete cheques, cuyos numeros de serie e importes coinciden con los de los cheques presentados en MORDAZA simple, conforme se aprecia en el siguiente recuadro plasmado en la solicitud de vacancia:
Numero de cheque 58258784 Fecha de Fecha de giro cobro Monto S/.

18 febrero 21 febrero 2 500,00 2011 2011 18 febrero 21 febrero 2 380,00 2011 2011 18 febrero 21 febrero 9 520,00 2011 2011 18 febrero 21 febrero 2 000,00 2011 2011 18 febrero 21 febrero 2 500,00 2011 2011

AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General
4 3

Estacion de Combustibles Servicios Costa y carburantes Gas E.I.R.L. Estacion de Combustible y Servicios Costa carburantes Gas E.I.R.L. Cybertel.com S.R.L. Tecdacom S.R.L. Para maquinarias y equipos Para maquinarias y equipos

58258804

58258803

58258785

5

58258783

1085977-3