Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2014 (22/05/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Jueves 22 de MORDAZA de 2014

523657
de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), y las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA del articulo 11° solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2014; asimismo, dispone que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatoria, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, senalando que dichas transferencias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego mediante el Oficio N° 938-2014-MINAGRI-OPP/UPRES y el Informe Nº 0652014-MINAGRI-UPRES/OPP, emite opinion favorable a la transferencia de recursos presupuestales del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central a favor de diversos Gobiernos Locales, en razon a que el citado Pliego cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios para financiar la ejecucion de seis (06) proyectos de inversion publica en infraestructura de riego, declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, asimismo, se indica que se han suscrito los Convenios correspondientes; en merito de lo cual, con Oficio N° 0353-2014-MINAGRI-SG, el Secretario General del citado Ministerio remite un proyecto de Decreto Supremo que aprueba la referida transferencia de partidas; Que, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de ONCE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 975 659,00), del pliego Ministerio de Agricultura y Riego a favor de los pliegos Municipalidad Provincial Gran Chimu ­ Cascas, Municipalidad Provincial de Chupaca, Municipalidad Distrital de Marcavelica, Municipalidad Distrital de Querecotillo y Municipalidad Distrital de Pariahuanca, para ser destinada al financiamiento de la ejecucion de seis (06) proyectos de inversion publica en infraestructura de riego; De conformidad con lo establecido en el articulo 11 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatoria; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de ONCE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 975 659,00), del Pliego Ministerio de Agricultura y Riego para financiar la ejecucion de seis (06) proyectos de inversion publica en infraestructura de riego, a cargo de diversos Gobiernos Locales, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 013 : Ministerio de Agricultura y Riego 001 : Ministerio de Agricultura Administracion Central

afectiva e ideologica de los elementos, tanto de origen MORDAZA como europeo, presentes en la danza. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; y la difusion del Informe Nº 124-2014-DPI-DGPC/MC del 4 de MORDAZA de 2014, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Articulo 3°.- Notificar la presente Resolucion y el Informe Nº 124-2014-DPI-DGPC/MC a la Municipalidad Distrital de MORDAZA, de la provincia de Recuay del departamento de MORDAZA, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1085466-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica en infraestructura de riego
DECRETO SUPREMO Nº 113-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 se aprueba, entre otros, el Presupuesto Institucional del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, la Ley N° 30048, Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y Riego; dispone que dicho Ministerio es el organo rector del Sector Agrario, que comprende, entre otros, las tierras de uso MORDAZA y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; los recursos hidricos; la infraestructura agraria; riego y utilizacion de agua para uso agrario; asimismo, establece la politica nacional y sectorial en materia agraria y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, los numerales 5.1 y 5.2 del articulo 5 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece que es funcion del citado Ministerio formular y supervisar, disenar, elaborar planes en aspectos de Politica Nacional Agraria, entre otros, asi como dictar las normas para la gestion integral, social, eficiente y moderna de los recursos hidricos, en concordancia con el Sistema Nacional de Gestion Ambiental, asi como ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de promover la ampliacion de las tierras dedicadas a la agricultura, fomentando el desarrollo de proyectos de irrigacion y otros mecanismos de aprovechamiento de las tierras con aptitud agraria, en coordinacion con los sectores e instituciones competentes, conforme a Ley; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que el numeral 11.2 del citado articulo 11 senala que, previamente a la transferencia de recursos, los proyectos