Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2013 (02/12/2013)


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a la limpieza publica, seguridad ciudadana, seguridad interna y defensa nacional; vehiculos destinados al servicio de alerta permanente y a la asistencia humanitaria ante desastres; vehiculos para las nuevas entidades publicas creadas a partir del ano 2011; y vehiculos para el patrullaje, vigilancia, monitoreo, supervision y fiscalizacion del sector ambiental, en el MORDAZA del Decreto Legislativo 1013. Asimismo, estan exentos de esta prohibicion los casos de adquisiciones que se realicen para la consecucion de las metas de los proyectos de inversion publica, y la renovacion de los vehiculos automotores que tengan una antiguedad igual o superior a diez anos. CAPITULO III OTRAS DISPOSICIONES PARA EJECUCION DEL GASTO PUBLICO Articulo 11. Proyectos de inversion publica con financiamiento del Gobierno Nacional 11.1 En el Ano Fiscal 2014, los recursos publicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el ministro del sector correspondiente y el ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio. Excepcionalmente, en el caso de que el proyecto de inversion publica sea ejecutado por empresas publicas, los recursos son transferidos financieramente, mediante decreto supremo, en cualquier fuente de financiamiento, previa suscripcion de convenio, los cuales se administran en las cuentas del Tesoro Publico, conforme a lo que disponga la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. Adicionalmente, de forma excepcional, en caso de que el proyecto de inversion publica sea ejecutado por Empresas del Estado bajo el ambito de FONAFE, los recursos se transferiran financieramente a traves de decreto supremo, en cualquier fuente de financiamiento, previa suscripcion de convenio, los cuales se administran en las cuentas del Tesoro Publico, conforme a lo que disponga la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, y podran ser considerados aporte de capital del Estado, emitiendose las acciones correspondientes en el MORDAZA de la Ley 27170. 11.2 Previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP). Las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA de la presente disposicion solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano fiscal 2014. Cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente. 11.3 Las entidades del Gobierno Nacional que hayan transferido recursos en el MORDAZA del articulo 11 de la Ley 29951 y del presente articulo emiten un informe tecnico sobre los resultados obtenidos por la aplicacion de los citados articulos, sobre la contribucion en la ejecucion de los proyectos de inversion financiados, sobre los resultados del seguimiento y el avance del proyecto. Este informe se publica en los portales institucionales de dichas entidades hasta febrero de 2014 y febrero de 2015, segun corresponda. Articulo 12. Transferencias financieras permitidas entre entidades publicas durante el Ano Fiscal 2014 12.1 Autorizase en el presente Ano Fiscal la

El Peruano Lunes 2 de diciembre de 2013

realizacion, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras entre entidades, conforme se detalla a continuacion: a) Las referidas: i. al Seguro Integral de Salud (SIS); ii. al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) para la atencion de desastres; iii. a la Presidencia del Consejo de Ministros con cargo a los recursos que custodia y administra la Comision Nacional de Bienes Incautados (CONABI); iv. al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones (PIR); v. al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para el Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" y el Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra"; vi. al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA, y para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; vii. a la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas (DEVIDA) en el MORDAZA de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible-PIRDAIS", "Prevencion y Tratamiento del Consumo de Drogas" y "Gestion Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Peru"; viii. al Ministerio de Salud para proteger, recuperar y mantener la salud de las personas y poblaciones afectadas por situaciones de epidemias; y ix. al Ministerio del Ambiente para el financiamiento de las acciones para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, en el MORDAZA de lo dispuesto en la MORDAZA disposicion complementaria final de la Ley 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental. Las que se efectuen en aplicacion de la Ley 29768, Ley de Mancomunidad Regional. Las que realice el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a favor de las Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran bajo su ambito, como apoyo para el pago de remuneraciones y pensiones. Las que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperacion internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de credito, celebrados en el MORDAZA de la normatividad vigente. Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversion publica y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripcion del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA del presente literal solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2014. Las que efectuen los gobiernos locales para las acciones siguientes: f.1 Las acciones que se realicen en el MORDAZA de programas sociales, conforme a las disposiciones legales

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