Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2019 (19/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Wilson Francisco Guerra Arévalo Pasajes Internacionales Viáticos (por 5 días) US$ US$

NORMAS LEGALES
572.45 1 000.00

Sábado 19 de octubre de 2019 /

El Peruano

Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, los servidores cuyos viajes se autorizan mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberán presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana IIAP, para los fines correspondientes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1818596-1

DEFENSA
Incorporan la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria al Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregaduría del Exterior
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1426-2019-DE/SG Jesús María, 17 de octubre de 2019 VISTOS: El Oficio N° 1520-2019-VPD/DIGRIN/f del 23 de setiembre de 2019 y el Informe Técnico N° 602-2019-MINDEF/VPD/DIGRIN del 20 de setiembre de 2019, de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 09772019-DE/SG del 05 de agosto de 2019, se aprobó el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregaduría del Exterior; Que, con Resolución Suprema N° 065-2019-DE del 28 de agosto de 2019, se aprobó los cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas en el exterior, a partir del 01 de marzo del 2020, por un período máximo de dos años; Que, el Ejército del Perú y la Fuerza Aérea del Perú han informado a este Ministerio que el Reglamento referido anteriormente contiene requisitos que generan una limitante para completar, en el caso de Coroneles, las ternas para cubrir las plazas aprobadas en el dispositivo anteriormente citado; motivo por el cual, requieren que se dicten medidas transitorias que permitan ampliar la participación de personal militar en el proceso de selección para ocupar cargos en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior; Que, mediante el Informe Técnico del visto, la Dirección General de Relaciones Internacionales ha evaluado

la situación particular de cada Institución Armada, recomendando flexibilizar, de manera excepcional, la restricción contenida en el requisito previsto en el literal c), numeral 1, del artículo 12 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregaduría del Exterior, para el proceso 2019, en el caso de Fuerza Aérea y Ejército; y, para el proceso 2020 en el caso del Ejército; Que, con dicha medida se permitirá al personal de Fuerza Aérea y Ejército del Perú del grado de Coronel, que se encuentra recibiendo el Programa de Alto Mando, el Programa en Seguridad y Defensa Nacional del Centro de Altos Estudios Nacionales o similares, ser incluido en las ternas que proponga su respectiva Institución Armada, con la condición que al cabo del proceso hayan culminado satisfactoriamente sus estudios; Que, por lo expuesto, corresponde incorporar una Disposición Complementaria Transitoria en el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregaduría del Exterior que permita, excepcionalmente, la habilitación requerida por el Ejército y la Fuerza Aérea del Perú; Que, el literal jj) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2016-DE, establece que el Ministro de Defensa tiene entre sus funciones: "Dictar las disposiciones normativas que le correspondan", lo cual concuerda con la facultad prevista en el numeral 37) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, con el visto de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorporar la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria al Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregaduría del Exterior, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y su anexo, en el portal institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef). Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1818593-1

EDUCACION
Designan Jefe de la Oficina de Gestión del Desarrollo y la Capacitación de la Oficina General de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 507-2019-MINEDU Lima, 17 de octubre de 2019 VISTOS, el Expediente N° OGEPER2019INT-0210430, el Informe N° 00286-2019-MINEDU/SGOGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 469-2019-MINEDU, se encargan las funciones de Jefe de la Oficina de Gestión del Desarrollo y la Capacitación