Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2019 (19/10/2019)
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NORMAS LEGALES
VISTOS:
Sábado 19 de octubre de 2019 /
El Peruano
comentarios de las delegaciones de los países miembros de la OMC, lo cual brindará un importante panorama sobre las actuales cuestiones planteadas por algunos de los principales socios comerciales del Perú; Que, resulta relevante que un funcionario de la Subdirección de Asuntos de la OMC y Propiedad Intelectual, de la Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales, de la Dirección General para Asuntos Económicos, forme parte de la delegación que participe en el Quinto Examen de Política Comercial del Perú, al ser la unidad responsable de hacer seguimiento de las negociaciones comerciales multilaterales en el ámbito de la OMC, en permanente coordinación con los sectores y entidades competentes; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 1352010-RE; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, de la Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Silvana Irma Mendoza Malca, funcionaria de la Subdirección de Asuntos de la OMC y Propiedad Intelectual, de la Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales, de la Dirección General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 22 al 24 de octubre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930 Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Aéreos Viáticos Clase Número Total viáticos por día Económica de días USD USD USD 1,800,00 540.00 3+1 2,160.00
El Memorándum (APC) Nº APC00353/2019, de 26 de setiembre de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI y el Memorándum (DCI) Nº DCI00653/2019, de 30 de setiembre de 2019 de la Dirección de Cooperación Internacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo Nº 719, y sus normas modificatorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI financiar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración; Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693 establece que los gastos que se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República de Perú y la República de Panamá se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica suscrito en Lima el 6 de noviembre de 1966, a través del cual se estableció un mecanismo de seguimiento de las acciones de cooperación denominado "Comisión Mixta Peruano Panameña", cuyas reuniones se realizan, cada dos (02) años, alternadamente; Que, en la I Reunión de la Comisión Mixta Peruano Panameña, llevada a cabo el 17 y 18 de octubre de 2018, se aprobó el Programa de Cooperación Bilateral 2018 2021, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado "Intercambio de experiencias en políticas y planes para fortalecer las medidas para erradicar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) de las embarcaciones de bandera nacional y extranjera"; Que, en el marco del mencionado Proyecto, se ha programado la primera actividad denominada "Intercambio de experiencias sobre los avances para erradicar la pesca ilegal no declarada y no reglamentada (INDNR) de las embarcaciones de bandera nacional y extranjera", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 20 al 25 de octubre de 2019, en la cual, el rol de oferente estará a cargo del Ministerio de la Producción (PRODUCE) de la República del Perú y el rol de receptor estará a cargo de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) de la República de Panamá; Que, en la referida actividad la asistencia técnica y capacitación que brindará PRODUCE contribuirá al fortalecimiento de las capacidades técnicas de la República de Panamá en la aplicación de las medidas
Nombres y Apellidos Silvana Irma Mendoza Malca
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática presentará al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1817489-2
Autorizan gastos a la APCI por concepto de pasajes y viáticos de servidores de nacionalidad panameñas, para participar en actividad a realizarse en Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0720/RE-2019 Lima, 18 de octubre de 2019