Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2019 (19/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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Nº 3 4 5 VÍAS Av. Grau Av. Francisco Rosas Av. Francisco Vidal CALLES: 6 7 8 9 Ca. Ausejo Salas Ca. Francisco Bolognesi Ca. Nicolás de Piérola Ca. La Merced De Av. 28 de Julio a Ca. Adán Acevedo (lado Este). De Av. 28 de Julio a Av. Grau (lado Oeste). De Ca. Domingo Torero a Av. Atahualpa (lado Sur). De Plazuela San Martin a Ca. Las Flores (Lado Oeste). De Ca. San Román a Ca. Sucre (lado Norte). De Jr. Sáenz Peña a Ca. Salaverry (lado Este y Oeste). De Av. Atahualpa a Ca. La Merced (lado Sur). De Ca. Nicolás de Piérola a Av. San Martin (lado Oeste). De Ca. Nicolás de Piérola a Av. San Martin (lado Este y Oeste). En toda su extensión. En toda su extensión. REFERENCIA De Av. Echenique a Av. Moore (lado Norte). De Av. San Martin a Ca. Las Flores (lado Este). De Ca. Arequipa a Ca. El Inca (lado Este).

NORMAS LEGALES
CAJONES 65 47 13

Sábado 19 de octubre de 2019 /

El Peruano

13 09 34 34 09 20 13 21 21

Artículo 2: Finalidad y Ámbito de Aplicación El presente Reglamento tiene por finalidad ORDENAR las vías públicas (principales y secundarias), con el fin de garantizar y proteger el derecho de los ciudadanos de transitar libremente, y sin obstáculos. Así mismo, promover, facilitar, garantizar y regular el empleo de mecanismos y técnicas modernas de control y administración de los espacios y áreas públicas con el fin de optimizar su uso, procurando la fluidez del tránsito vehicular, del servicio de estacionamiento de vehículos en lugares predeterminados y el parqueo vehicular temporal y paraderos del servicio de transporte público urbano en el ámbito de la Ciudad de Huacho. Artículo 3: Base Legal a) Constitución Política del Perú Art. 195º modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Art. 194º y su modificatoria Ley Nº 28607, Ley de Reforma de los Artículos 91º, 191º y 194º de la Constitución Política del Perú. b) Ley Nº 27972: Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias c) Ley Nº 27444: Ley del Procedimiento Administrativo General, y sus modificatorias. d) Ley Nº 27181: Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, y sus modificatorias. e) Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC: Aprueban Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito ­ Código de Tránsito, y sus modificatorias. f) Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC: Aprueban Reglamento Nacional de Administración del Transporte, y sus modificatorias. g) Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC: Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y No Motorizados. h) Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carreteras. i) Ordenanzas Municipales y normas vigentes en la Provincia de Huaura. Artículo 4: Para la aplicación de la presente ordenanza se entiende por: 1. ACERA: Parte de la vía, destinada al uso de los peatones. 2. ÁREA DE ESTACIONAMIENTO: Lugar destinado para el estacionamiento de vehículos. 3. BERMA: Parte de una carretera o camino contigua a la calzada, no habilitada para la circulación de vehículos y destinada eventualmente a la detención de vehículos en emergencia y circulación de peatones (Banquina). 4. CALZADA: Parte de la vía destinada a la circulación de vehículos y eventualmente al cruce de peatones y animales. 5. CARRIL: Parte de la calzada destinada al tránsito de una fila de vehículos. 6. DEMARCACIÓN: Símbolo, palabra o marca, de preferencia longitudinal o transversal, sobre la calzada, para guía del tránsito de vehículos y peatones. 7. DEPÓSITO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS (DMV): Local autorizado para el internamiento de vehículos, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes. 8. DETENERSE: Paralización breve de un vehículo para ascender o descender pasajeros o alzar o bajar cosas, sólo mientras dure la maniobra. 9. ESTACIONAR: Paralizar un vehículo en la vía pública, con o sin el conductor, por un período mayor que el necesario para dejar o recibir pasajeros o cosas. 10. INSPECTOR MUNICIPAL DE TRANSPORTE: Persona acreditada u homologada como tal por la Gerencia de Transporte o quien haga sus veces, mediante resolución, para la realización de acciones de control, supervisión y detección de incumplimientos o infracciones a las normas del servicio de transporte terrestre. 11. INTERNAMIENTO: Ingreso de un vehículo al DMV, dispuesto por la Autoridad competente. 12. PARADERO URBANO E INTERURBANO: Infraestructura complementaria de transporte, localizada

10 Ca. Colon 11 Ca. San Román 12 Ca. Mercado Sur 13 14 Ca. Domingo Torero Ca. Guillermo Velásquez PLAYAS: 15 Playa Chorrillos Playa Hornillos, 16 Colorado y Otros

Artículo Tercero.- Derogar toda Ordenanza Municipal que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- APROBAR el Estudio Técnico y Reglamento denominado "ACTUALIZACIÓN DE ZONAS RIGIDAS Y ZONAS DE ESTACIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE HUACHO" el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Transporte y sus Sub Gerencias de la Municipalidad Provincial de Huaura la implementación y el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal con el apoyo de la Policía Nacional del Perú. Artículo Sexto.- AUTORIZAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Sub Gerencia de Relaciones Publicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en portal web del Estado www.peru.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDDIE JARA SALAZAR Alcalde Provincial REGLAMENTO QUE APRUEBA EL ESTABLECIMIENTO DE ZONAS RÍGIDAS Y DE ZONAS DE ESTACIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE HUACHO" TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 1: Objeto El presente Reglamento tiene por objeto regular los paraderos de embarque y desembarque, las zonas rígidas y zonas de parqueo vehicular en la Ciudad de Huacho de la Provincia de Huaura, a cargo de la Municipalidad Provincial de Huaura.