Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2019 (19/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 19 de octubre de 2019 /

El Peruano

Artículo 282.Son aquellos espectáculos en los que los organizadores promueven la participación del público, para que en competencia realicen las distintas suertes del toreo ante reses de casta. Artículo Segundo.- SUSPENDER el Artículo 120° del Reglamento General de Espectáculos Taurinos, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 090-99-MDR y ratificado mediante Ordenanza Nº 011-MDR y modificaciones. Articulo Tercero.- DEROGAR toda norma que se oponga a la presente. Articulo Cuarto.- Publicar la presente ordenanza en el diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Municipalidad POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO GUILLERMO ROSARIO TUEROS Alcalde 1818679-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Autorizan la sub-división de lote urbano sin cambio de uso y sin obras complementarias de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 304-2019-SGC-GDU/MDSMP San Martín de Porres, 18 de junio del 2019 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El expediente Nº 11291-2019 y anexos 26014-2019 y 30350-19, seguido por Sra. MARIA LUZ RODRIGUEZ LOBO DE PERALDO con DNI 08498197 y documento de Otorgamiento de Mandatos y Poderes, inscrito en el registro de Mandatos y Poderes con Nº Partida: 13438132 de la SUNARP, con domicilio en Calle Nápoles Nº 128, Urb. Fiori, Tercera Etapa, distrito de San Martin de Porres, solicita LA SUBDIVISION DE LOTE URBANO SIN CAMBIO DE USO Y SIN OBRAS COMPLEMENTARIAS, del lote acumulado con un área total de 819.70 m2., de propiedad de PEDRO PERALDO ROSAS y su esposa doña MARIA LUZ RODRIGUEZ LOBO; Lote ubicado con dos frentes a la Avenida Túpac Amaru (Antes Av.44) y Calle Nápoles (Antes Calle 43), Lote acumulado, inscrito en la ficha Nº 303276 que continua en la Partida Nº 43826190 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima; donde se acumulan las fichas 303277; 303278; 303279; 303280; formando unidad inmobiliaria, donde se describen los linderos y medidas perimetrales y área del terreno de la Mz. I-1, Lote 3, de la Urb. Fiori, Tercera Etapa, distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, según Informe Nº 160-2019-AJAV-SGC-GDUMDSMP de fecha 18 de Junio del 2019, se verifico que los administrados han cumplido con presentar la documentación y requisitos establecidos en la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas, D.S Nº 006-2017-VIVIENDA que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación y el TUPA de esta corporación. Además el administrado ha cumplido con realizar el pago correspondiente a SERPAR, valorización

y cobranza de aportes reglamentarios para parques zonales, luego de haber evaluado la documentación técnica conformada por los Formularios, Planos y Memoria Descriptiva, se concluye que ha cumplido con las normas técnicas establecidas en el Cap. II del Reglamento Nacional de Edificaciones. Que, de acuerdo con el artículo 194º, numeral 5 y del artículo 195º de nuestra Carta Magna, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y le corresponde planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, de acuerdo a la Ley 27972-Ley Orgánica de Municipalidades en el cual establece en su artículo I del título preliminar que los Gobiernos Locales son entidades básicas de la organización territorial del estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo estos elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización; Que, asimismo, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que en nuestra carta magna establece la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; y de conformidad con lo previsto por la Ley Orgánica de Municipalidades.-Ley de Procedimiento Administrativo General), y demás normas de la materia. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el art. 194, numeral 5, artículo 195 de la Constitución Política del Perú, por el inciso 3.6.1 del capitulo II del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444 y la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Sub-División del Lote Urbano sin Cambio de Uso y Sin Obras Complementarias del terreno de 819.70 m2 ubicado con dos frentes, a la Avenida Túpac Amaru (antes Av.44) y Calle Nápoles (antes Calle 43); Lote acumulado inscrito en la Ficha Nº 303276 y continua en la Partida Nº 43826190 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, de la Zona Registra Nº IX Sede Lima, donde se detallan los linderos y medidas perimétricas, del Lote 3 de la Mz. I-1, de la Urbanización Fiori, Tercera Etapa, según, Memoria Descriptiva de Subdivisión de Lote Urbano, del Plano Nº 007, 008, 009, 010, 011, 012-2019-SGC-GDU/ MDSMP, que conforman; Plano Perimétrico Lote Matriz, Lamina P-01, Plano Nº 007-2019-SGC-GDU/MDSMP, Plano de Ubicación y Localización, Plano U-01, Plano Nº 008-2019-SGC-GDU/MDSMP; Plano Perimétrico del Sub Lote 1, Lamina P-02, Plano Nº 009-2019-SGC-GDU/ MDSMP; Plano Ubicación y Localización, Plano U-02, Plano Nº 010-2019-SGC-GDU/MDSMP; Plano Perimétrico del Sub Lote 2, Lamina P-03, Plano Nº011-2019-SGCGDU/MDSMP; Plano de Ubicación y Localización, Plano U-03, Plano Nº 012-2019-SGC-GDU/MDSMP; distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima; DESCRIPCIÓN DEL LOTE MATRIZ Y LOTES SUBDIVIDIDOS: LOTE MATRIZ: LOTE ACUMULADO INSCRITO EN LA FICHA 303276 Y CONTINUA EN LA PARTIDA Nº 43826190 DE LA MZ. I-1 DEL LOTE 3, DE LA URB. FIORI, TERCERA ETAPA. Con los siguientes linderos y medidas perimétricas: