Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2018 (08/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Visto el Oficio N° 349-2018-PROMPERÚ/GG, de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, la Organización Mundial del Turismo ­ OMT, es el organismo de Naciones Unidas encargado de la promoción de un turismo responsable, sostenible y accesible para todos, que contribuya al crecimiento económico, a un desarrollo incluyente y a la sostenibilidad ambiental, ofreciendo liderazgo y apoyo al sector para expandir por el mundo sus conocimientos y políticas turísticas; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Dirección de Promoción del Turismo, se ha previsto la participación en el evento "UNWTO Tourism Tech Adventure Forum: Americas", a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, los días 11 y 12 de diciembre de 2018, con el objetivo de adquirir conocimientos innovadores de plataformas que permitan medir, predecir y analizar los flujos y datos turísticos, así como identificar los distintos actores que participan para impulsar la innovación, el espíritu empresarial y especialmente, la inversión en turismo; Que, es importante la participación en el referido evento, porque ofrece una plataforma única para el emprendimiento y la innovación turística, con la finalidad de crear sinergias que permitan intercambiar casos de éxito e incentivar la cultura de inversión de capital, además de brindar un espacio de soluciones a retos referentes a la transformación digital como fuente generadora de empleo, competitividad y desarrollo sostenible; Que, en tal razón, la Gerencia General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior del señor Walter Manuel Vizarreta Vilcarromero, quien labora en la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística de la Dirección de Promoción del Turismo, para que en representación de PROMPERÚ, participe en el referido evento; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del señor Walter Manuel Vizarreta Vilcarromero, del 10 al 12 de diciembre del 2018, para que en representación de PROMPERÚ, participe en el evento "UNWTO Tourism Tech Adventure Forum: Americas", que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para

la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje Aéreo Clase Económica US $ 926,53 Viáticos por N° de día US $ días 370,00 2 Total Viáticos en US $ 740,00

Nombres y apellidos Walter Manuel Vizarreta Vilcarromero

Continente América del Sur

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Walter Manuel Vizarreta Vilcarromero, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1721366-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban la Directiva Nº 008-2018-MIDIS, "Disposiciones que regulan el Voluntariado en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Sociales"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2018-MIDIS Lima, 6 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 203-2018-MIDIS/SG/OGRH, emitido por la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 358-2018-MIDIS/SG/OGPPM y el Memorando Nº 1554-2018-MIDIS/SG/OGPPM, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 404-2018-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Informe Nº 117-2018-MIDIS/VMPS/DGCGPS, emitido por la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales; el Informe Nº 147-2018-MIDIS/SG/ OGPPM/OM, emitido por la Oficina de Modernización; el Informe Nº 469-2018-MIDIS/VMPES/DGPE/DDAP, emitido por la Dirección de Diseño y Articulación de Políticas; y, el Informe Nº 011-2018-MIDIS/VMPS/DGCGPS/DIMGPS, emitido por la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, definiéndolo como un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal a) del artículo 6 de la citada Ley Nº 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los