Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2018 (08/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de diciembre de 2018 /

El Peruano

formalización minera integral, de acuerdo al siguiente detalle:
Gastos Corrientes: 2.4.1 2.4.1.3.1.2 : Donaciones y Transferencias : Otras Unidades del Gobierno Regional TOTAL EGRESOS

S/ 115 000,00 S/ 115 000,00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A la publicación de la presente Resolución Ministerial se autoriza la transferencia de:
Pliego Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC N° 454 Gobierno Regional de Madre de Dios S/ 115 000,00 N° 001 Sede Central - Región Madre de Dios N° 00875 Cuenta Única del Tesoro Público ­ CUT N° 20527143200

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Madre de Dios. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1721313-1

INTERIOR
Autorizan viaje de suboficial de la Policía Nacional del Perú a Italia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1475-2018-IN Lima, 6 de diciembre de 2018 VISTOS; el Mensaje I 24/7, de fecha 26 de octubre de 2018, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Roma, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 438-2018-COMGEN PNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de noviembre de 2018, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio Nº 1188-2018-SCG PNP/DIRASINTDIVABI., de fecha 27 de noviembre de 2018, de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 003330-2018/IN/OGAJ, de fecha 30 de noviembre de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Mensaje I 24/7, de fecha 26 de octubre de 2018, la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Roma hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, que el Centro de Capacitación Internacional Avanzado para la Prevención y Lucha Contra el Crimen Organizado realizará el curso de capacitación sobre "Delitos Medio Ambientales", del 10 al 21 de diciembre de 2018, en la ciudad de Caserta ­ República Italiana; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 438-2018-COMGEN PNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de noviembre de 2018, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución

que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Sheyla Yabarrena Quintana, propuesta por la Dirección de Medio Ambiente de la Policía Nacional del Perú, del 8 al 23 de diciembre de 2018, a la ciudad de Caserta ­ República Italiana, para que participe en el curso antes citado, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que permitirá fortalecer y adquirir nuevos conocimientos, así como nuevas técnicas, herramientas y experiencias en materia ambiental, para lo cual la República Italiana brinda modelos y acciones exitosas respecto a la lucha contra el crimen organizado; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento y alimentación, así como todos los gastos relacionados con las actividades del curso, son asumidos por el Centro de Capacitación Internacional Avanzado para la Prevención y Lucha Contra el Crimen Organizado, conforme lo precisa el Mensaje I 24/7, de fecha 26 de octubre de 2018; mientras que, los pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 5781-2018-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 21 de noviembre de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-