Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2018 (08/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 8 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, según lo establecido en el artículo 177° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, la modificación de los permisos de operación se concede por Resolución Directoral de acuerdo a los procedimientos establecidos por la DGAC; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Que, según los términos del Memorando N° 10892018-MTC/12.LEG, Memorando N° 086-2018-MTC/12. POA, Informe N° 193-2018-MTC/12.07.AUT e Informe Nº 966-2018-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6°, numeral 6.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC y demás disposiciones legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento, demás disposiciones legales vigentes y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar -en el extremo pertinente- el Artículo 1 de la Resolución Directoral N° 152-2016MTC/12 del 12 de abril de 2016, modificada con Resolución Directoral N° 379-2018-MTC/12 del 08 de mayo de 2018, que otorgó el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo de AVIANCA-ECUADOR S.A., de conformidad con la Decisión 582 de la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones, en los siguientes términos: RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: (Adicional a lo autorizado) CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE: - QUITO Y/O GUAYAQUIL ­ BOGOTÁ Y/O LIMA Y VV., con siete (07) frecuencias semanales. Artículo 2.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 152-2016-MTC/12 del 12 de abril de 2016, modificada con Resolución Directoral N° 379-2018MTC/12 del 08 de mayo de 2018, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1709829-1 Y DERECHOS

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 9642018-MTC/01 se declaró en reorganización el Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, con el objeto de adoptar medidas correctivas urgentes a fin de asegurar la gestión integrada, estandarizada y homogénea del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir vehículos de transporte terrestre, a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Que, en el marco de las medidas correctivas urgentes, se implementó el mantenimiento de los sistemas informáticos del Sistema Nacional de Conductores, situación que podría perjudicar a los administrados que hubieran iniciado o requieran iniciar la tramitación del procedimiento administrativo de revalidación de licencias de conducir; Que, el Reglamento de Licencias en su Séptima Disposición Complementaria Final establece que la Dirección General de Transporte Terrestre expedirá las disposiciones complementarias que sean necesarias para su implementación. Asimismo, conforme a lo previsto el artículo 67 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Transporte Terrestre tiene la función de normar, coordinar y fiscalizar el proceso de otorgamiento de licencias de conducir a nivel nacional; Que, de conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte Terrestre, el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prorrógase por 30 días calendario la vigencia de las licencias de conducir de Clase A, cuya fecha de vencimiento se encuentre comprendida entre el 1 y el 31 de diciembre de 2018. Artículo 2.- Prorrógase por 30 días calendario la vigencia de los certificados de salud para licencias de conducir de Clase A, cuya fecha de vencimiento se encuentre comprendida entre el 1 y el 31 de diciembre de 2018. Artículo 3.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial "El Peruano", y en el portal web institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1721538-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento ­ EPS TACNA S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 414-2018-VIVIENDA Lima, 7 de diciembre del 2018 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,

Prorrogan vigencia de las licencias de conducir de Clase A cuya fecha de vencimiento se encuentre comprendida entre el 1 y el 31 de diciembre de 2018 y sus respectivos certificados de salud
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 5588-2018-MTC/15 Lima, 7 de diciembre de 2018