Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2018 (08/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 8 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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ENRIQUE JIMENEZ MORAN; ANA CECILIA FIGUEROA DE ZAPATA; ELMER WILFREDO RIVERA JUAREZ; ROBERTO MOGOLLON MEDINA; JOSE CRUZ BANDA MARCELO; VICKY HAYDEE ZAFRA CACHO; ELMER JOSELITO COLORADO JÁUREGUI; y FRANKLIN ALY CHUQUIZUTA ALVARADO, que forman parte del equipo multidisciplinario de profesionales del IPD, en la provincia de Zamora Chinchipe, República del Ecuador, del 11 al 15 de diciembre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por conceptos de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte ­ Unidad Ejecutora: 001, de acuerdo al siguiente detalle: JEAN FRANCO FERRARI CHIABRA Viáticos : US$ 147,98 CRISTIAN KAZUYOSHI GUSUKUMA KOHATSU Viáticos : US$ 296,00 ALEJANDRO ABEL MORAN HURTADO Viáticos : US$ 296,00 DIEGO MARTIN REY BALTA Viáticos ROY GONZALES LANDECHO Viáticos : : US$ 296,00 US$ 296,00

Artículo 3.- Disponer que los profesionales citados en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, presente un informe detallado sobre el desarrollo y resultado del evento, así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados conforme a lo señalado en el artículo 2 de la presente resolución. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1721533-1

Perú, la anemia es más severa que la desnutrición crónica infantil; Que, el numeral 4.1 del referido Plan Multisectorial de Lucha contra la Anemia establece, como objetivo general, el prevenir y reducir la prevalencia de anemia en niñas y niños con énfasis en menores de 36 meses de edad, gestantes y adolescentes a nivel nacional, a través de la articulación intersectorial e intergubernamental de intervenciones efectivas implementadas por el Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobierno locales en el territorio; Que, con el Informe N° 08-2018-MINEDU/VMGP/ DIGEBR-DIGEIBIRA-DIGESE-DIGEDD-DIGC, la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Regular, conjuntamente con otras direcciones, sustenta la necesidad de aprobar los Lineamientos para la prevención de la anemia y la desnutrición crónica infantil, así como para el desarrollo de acciones que contribuyen a su reducción en los servicios educativos de Educación Básica, los cuales como objetivo general buscan brindar orientaciones a las instancias de gestión educativa descentralizada del Sector Educación para desarrollar acciones de prevención y acciones que contribuyan a la reducción de la anemia y desnutrición crónica infantil en niñas, niños y adolescentes, que acceden a instituciones educativas y programas educativos de la Educación Básica, en el marco de lo establecido en el Currículo Nacional de la Educación Básica; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo Nº 068-2018-PCM y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos para la prevención de la anemia y la desnutrición crónica infantil, así como para el desarrollo de acciones que contribuyen a su reducción en los servicios educativos de Educación Básica, la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1721534-1

Aprueban Lineamientos para la prevención de la anemia y la desnutrición crónica infantil, así como para el desarrollo de acciones que contribuyen a su reducción en los servicios educativos de Educación Básica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 673-2018-MINEDU Lima, 7 de diciembre de 2018 VISTOS, el Expediente N° 0229969-2018, el Informe N° 08-2018-MINEDU/VMGP/DIGEBRDIGEIBIRA-DIGESE-DIGEDD-DIGC de la Dirección General de Educación Básica Regular y el Informe N° 01269-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que la educación peruana se sustenta, entre otros, en el principio de la calidad, que asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente; Que, mediante Decreto Supremo N° 068-2018-PCM se aprobó el "Plan Multisectorial de Lucha contra la Anemia", el mismo que señala en su literal 3.2 que en el

ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje de la Viceministra de Electricidad a Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 486-2018-MEM/DM Lima, 7 de diciembre de 2018