Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2018 (08/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 8 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Sheyla Yabarrena Quintana, del 8 al 23 de diciembre de 2018, a la ciudad de Caserta ­ República Italiana, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Importe US$ 2,255.00 X Pers. 1 = Total US$ 2,255.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORAN SOTO Ministro del Interior 1721096-1

Autorizan viaje de Jefe de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1476-2018-IN Lima, 6 de diciembre de 2018 VISTOS; el Circular con referencia 2018/141/GORS/ RAA/oh, de fecha 24 de setiembre de 2018, de la Dirección de Proyección Global y Apoyo a las Regiones de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL, la Hoja de Estudio y Opinión N° 443-2018-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 28 de noviembre de 2018, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 1211-2018-DIRASINT-PNP/DB, de fecha 29 de noviembre de 2018, de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 003364-2018/IN/OGAJ, de fecha 4 de diciembre de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Circular con referencia 2018/141/ GORS/RAA/oh, de fecha 24 de setiembre de 2018, la

Dirección de Proyección Global y Apoyo a las Regiones de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, que se llevará a cabo la 1a Reunión Mundial de Funcionarios de Contacto, del 11 al 13 de diciembre de 2018, en la Secretaría General de INTERPOL, ubicada en la ciudad de Lyon ­ República Francesa; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 443-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 28 de noviembre de 2018, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Ángel Francisco Merino Céspedes, Jefe de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, del 9 al 14 de diciembre de 2018, a la ciudad de Lyon ­ República Francesa, para que participe en la reunión antes citada, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión tiene como objetivo principal facilitar y mejorar la cooperación internacional entre los funcionarios de contacto de todos los países miembros de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL; asimismo, busca intercambiar buenas practicas, así como recibir información sobre cambios recientes, nuevos servicios, iniciativas, proyectos y de manera general las capacidades policiales que proporciona la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Nacional Criminal ­ INTERPOL; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 6042-2018-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 28 de noviembre de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, cuyos alcances son extensivos al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, conforme lo señala el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés