Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2008 (12/07/2008)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 88

376062

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2008

Decreto, a la Secretaria General su publicacion y a la Oficina de Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA

225165-1

Modifican articulo del D.A. N° 007-2008MPL, sobre conformacion de Equipo Tecnico responsable de impulsar, desarrollar, conducir y consolidar el Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2009
DECRETO DE ALCALDIA N° 009-2008-MPL
Pueblo Libre, 9 de MORDAZA de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 007-2008MPL publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de MORDAZA de 2008 se conformo el Equipo Tecnico responsable de impulsar, desarrollar, conducir y consolidar el Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2009 en la Municipalidad de Pueblo Libre; Que, Memorandum Nº 345-2008-MPL-OPV de fecha 19 de Junio de 2008 la Oficina de Participacion Vecinal solicita se modifique el mencionado Decreto de Alcaldia, al haberse producido variacion en el titular designado como Director de la Oficina de Participacion Vecinal; Que, a fin de dar viabilidad a las funciones asignadas al mencionado Equipo Tecnico, resulta necesario efectuar la correspondiente modificacion; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del articulo 20º y en el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Modificar el Articulo Primero del Decreto de Alcaldia Nº 007-2008-MPL, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: "Articulo Primero.- CONFORMAR el Equipo Tecnico responsable de impulsar, desarrollar, conducir y consolidar el Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2009, el cual estara integrado por los siguientes miembros: · Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside. · Director de la Oficina de Participacion Vecinal · Gerente de Desarrollo Distrital · Gerente de Desarrollo Humano · Dos (02) representantes de la Sociedad Civil, elegidos al inicio de los talleres." Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

Aprueban disposiciones para la declaracion de deuda tributaria de cobranza dudosa o de recuperacion onerosa
ORDENANZA Nº 310-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO:

El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el primer parrafo del Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que "Los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas. Que, el antepenultimo parrafo de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que "Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley"; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades senala que "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion de los servicios publicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia, y que, mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley..."; Que, el inciso 6) del Articulo 27º del TUO del Codigo Tributario aprobado con Decreto Supremo Nº 135-99-EF modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, establece que "Las deudas de cobranza dudosa son aquellas que constan en las respectivas Resoluciones u Ordenes de Pago y respecto de las cuales se han agotado todas las acciones contempladas en el Procedimiento de Cobranza Coactiva, siempre que sea posible ejercerlas", agregando que "Las deudas de recuperacion onerosa son las siguientes: a) Aquellas que constan en las respectivas Resoluciones u Ordenes de Pago y cuyos montos no justifican su cobranza y b) Aquellas que han sido autoliquidadas por el deudor tributario y cuyo saldo no justifique la emision de la resolucion u orden de pago del acto respectivo, siempre que no se trate de deudas que esten en un aplazamiento y/o fraccionamiento de caracter general o particular";

225165-2