Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2008 (12/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
PARA EL PAGO

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Articulo 7º.- CONDICIONES FRACCIONADO.-

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1) La deuda materia de fraccionamiento debe ser mayor o igual a diez (10) UIT vigente a la fecha en que se presenta la solicitud. 2) Cumplir con los requisitos establecidos en el articulo 7º de la Ordenanza Nº 243-MPL, Reglamento de Deudas Tributarias y Multas Administrativas de la Municipalidad de Pueblo Libre 3) La deuda no podra haber sido materia de fraccionamiento anterior. 4) Debera otorgarse una garantia, de ser requerida por la administracion, para lo cual se aplicara lo dispuesto en el Titulo V de la Ordenanza Nº 243-MPL.

las acciones de control y cobranza coactiva a aquellos contribuyentes que no cumplan con regularizar el pago de sus obligaciones, adoptando inmediatamente las acciones que MORDAZA necesarias para recuperar lo adeudado a la Municipalidad. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA a dictar las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Tercera.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios al Vecino a traves de las Sub Gerencias de Administracion Tributaria y de Atencion al Vecino, su publicacion a la Secretaria General y su difusion a la Oficina de Imagen Institucional. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

Articulo 8º.- CUOTA DE FRACCIONAMIENTO.- La deuda tributaria podra fraccionarse hasta por un MORDAZA de 48 cuotas a consideracion de la Administracion. Cada cuota de fraccionamiento esta compuesta por: 1) La amortizacion de la deuda: La cuota de amortizacion se obtiene de dividir el saldo de la deuda acogida entre las cuotas determinadas por la Administracion. 2) Interes de fraccionamiento: Es el interes calculado desde el dia siguiente a la aprobacion del fraccionamiento hasta la fecha de vencimiento de cada una de las cuotas. En caso que se cancele una cuota de fraccionamiento MORDAZA de su fecha de vencimiento, se aplicara el interes de fraccionamiento por los dias transcurridos entre la fecha de aprobacion del fraccionamiento y la fecha de pago.

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Articulo 9º.- VENCIMIENTOS DE LAS CUOTAS DE FRACCIONAMIENTO.- La primera cuota debera ser cancelada conjuntamente con la MORDAZA de la solicitud. Las cuotas restantes venceran siempre el ultimo dia habil de cada mes a partir del mes siguiente en que se presento la solicitud. Articulo 10º.- APLICACION SUPLETORIA DEL REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO.- En todo lo no regulado en este Regimen, se aplicaran supletoriamente la Ordenanza Nº 243-MPL, Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y Multas Administrativas con la Municipalidad de Pueblo Libre, siempre que no se opongan a lo dispuesto por la presente Ordenanza. Articulo 11º.- DE LOS FRACCIONAMIENTOS ANTERIORES.- Podran acogerse al presente Regimen las cuotas correspondientes a fraccionamientos vigentes, otorgados por deudas generadas hasta el 31 de diciembre de 2006, pagando al contado las mismas, sin interes de fraccionamiento ni intereses moratorios. Asimismo, podra acogerse la deuda originada por fraccionamientos cuya perdida MORDAZA sido declarada, pagando al contado las cuotas pendientes, sin intereses moratorios. Articulo 12º.- PAGOS ANTERIORES.- Los montos pagados con anterioridad a la vigencia del presente regimen no seran materia de devolucion o compensacion alguna. Articulo 13º.- LEVANTAMIENTO DE MEDIDAS CAUTELARES.- Con el acogimiento al presente regimen, el Ejecutor Coactivo de oficio levantara las medidas cautelares trabadas en los procedimientos coactivos respectivos. Articulo 14º.- DESISTIMIENTO.- Cuando el deudor MORDAZA iniciado procedimientos contenciosos o no contenciosos ante la Municipalidad u otras instancias administrativas o judiciales por las deudas materia de acogimiento, debera desistirse del procedimiento o presentar MORDAZA autenticada del desistimiento presentado ante otras instancias administrativas o judiciales. Articulo 15º.- ACCIONES DE CONTROL Y COBRANZA INMEDIATAS.- Vencido el plazo para acogerse al presente Regimen, la Municipalidad iniciara o continuara con

Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2008-MPL
Pueblo Libre, 8 de MORDAZA de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el proximo 28 de MORDAZA se celebra el 187º Aniversario de la Declaracion de la Independencia del Peru; asimismo, el 14 de Agosto se conmemora el 451º Aniversario de la Instauracion Espanola en el Pueblo de La MORDAZA (hoy Pueblo Libre); Que, es necesario resaltar los hechos historicos trascendentes con el proposito de fortalecer y reafirmar nuestra conciencia civica, fomentando la realizacion de actividades simbolicas tradicionales como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones publicas y privadas y locales comerciales del Distrito de Pueblo Libre, entre el 15 de MORDAZA y el 31 de Agosto de 2008, con motivo de la Celebracion del 187º Aniversario de la Independencia del Peru, asi como por el 451º Aniversario de nuestro distrito. Articulo Segundo.- EXHORTAR a los vecinos del distrito a fin que efectuen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor MORDAZA y ornato general de la ciudad. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento del presente