Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2008 (12/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2008

Articulo 4º.- Precision al articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 061-2008-AG Precisar que las Administraciones Tecnicas de los Distritos de Riego Ica y Rio Seco son las responsables de efectuar, en sus respectivos ambitos, las acciones de control y vigilancia del control del acuifero Ica - Villacuri, asi como del monitoreo de los niveles de MORDAZA freatica, pudiendo contar con la participacion de las organizaciones de usuarios de agua reconocidas. Articulo 5º.- Clasificacion de pozos segun su estado operativo Para efectos de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial los pozos existentes en el acuifero del MORDAZA del rio Ica - Villacuri, se clasifican, segun su estado operativo en: 5.1 "Pozos utilizados", aquellos que se encuentran totalmente operativos, equipados y en actual uso. 5.2 "Pozos utilizables", aquellos que se encuentran sin equipo de bombeo pero que se encuentran potencialmente aptos para su uso. 5.3 Pozos no utilizables", aquellos que han colapsado sin capacidad de rehabilitacion. Articulo 6º.- Vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 061-2008-AG Mantengase vigente la Resolucion Ministerial Nº 0612008-AG en todo lo que no se oponga a lo dispuesto mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 7º.- Aprobacion de inventario de pozos Apruebese el Inventario de pozos que se encuentran en condicion de utilizados e inventariados por la Administracion Tecnica del Distrito de Riego Ica, que como Anexo en sesenta y seis (66) folios, debidamente visados por el Intendente de Recursos Hidricos forma parte de la presente resolucion. Articulo 8º.- Publicacion de inventario de pozos Dispongase la publicacion en la pagina web del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA del inventario de pozos aprobado mediante el articulo precedente. Articulo 9º.- Facultad para dictar normas complementarias Facultese a la Intendencia de Recursos Hidricos del INRENA para que mediante Resolucion de Intendencia dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la implementacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 224471-1

departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias; Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, las Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno si asi lo dispone el Presidente de la Republica; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin. La Policia Nacional contribuira al logro de dicho objetivo en los departamentos, provincias y distritos indicados en el parrafo anterior. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 225725-2

Otorgan a empresa derecho de uso de area acuatica para la construccion de muelle-embarcadero y terraplen ubicado en la Playa San MORDAZA, MORDAZA de Talara
RESOLUCION SUPREMA Nº 248-2008-DE/MGP MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2008 Visto, el Expediente Nº DMA-185-07-CA, relacionado con la carta de fecha 5 de setiembre de 2007, presentada por el senor Ho MORDAZA LEE, Apoderado General de la empresa PESQUERA C.H. S.A.C., sobre el otorgamiento del derecho de uso de area acuatica para la construccion de UN (1) Muelle-Embarcadero y UN (1) Terraplen en la Playa San MORDAZA, MORDAZA de Talara, distrito de Parinas, provincia de Talara del departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 66º de la Constitucion Politica del Peru, los recursos naturales renovables y no renovables, son patrimonio de la Nacion, y el Estado es soberano en su aprovechamiento; Que, la Ley Nº 26821, Ley Organica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, en su articulo 3º inciso a), considera a las aguas superficiales y subterraneas, como componentes de la naturaleza,

DEFENSA
Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia declarado en provincias y distritos de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 247-2008-DE MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2008-PCM de fecha 11 de MORDAZA de 2008, se prorrogo el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del