Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2008 (12/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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procesos anteriores, pudiendo tardarse el MORDAZA hasta 10 meses; Que, en el mismo sentido anade que la entrega del primer lote de pasaportes, luego de concluido el MORDAZA de seleccion, podria tomar como minimo 60 dias calendario, por lo que, concluye, que entre la modificacion del PAAC y la entrega del primer lote de pasaportes existe un periodo aproximado de cinco meses y medio, sin considerar demoras administrativas en el MORDAZA de seleccion, motivo por el cual senala que es importante ejecutar la licitacion publica a la brevedad posible y recomienda que, de considerarlo pertinente, se efectuen las coordinaciones a nivel de la alta Direccion a fin de realizar acciones paralelas y prever un desabastecimiento de pasaportes; Que, mediante Resolucion de Secretaria General N° 016-2008-IN-0501, de fecha 14 de MORDAZA de 2008 se modifico el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, incorporando, entre otros procesos, la licitacion publica para la adquisicion de pasaportes y laminas de seguridad para la DIGEMIN; Que, mediante Oficio N° 903-2008-IN-0506, de fecha 21 de MORDAZA de 2008, el Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion -- OGA, manifiesta al Director (e) de la Oficina de Presupuesto de la OGA que en relacion al MORDAZA de adquisicion de pasaportes y laminas de seguridad para la DIGEMIN, incluido en el PAAC con el numero de referencia 107, se ha previsto, por razones de abastecimiento, solicitar en forma adicional al MORDAZA referido, una exoneracion al MORDAZA de seleccion por la cantidad de doscientos mil (200 000) pasaportes para cubrir el abastecimiento de los mismos a partir del mes de agosto de 2008, solicitando se emita la certificacion de credito presupuestario AF-2008 a fin de atender lo solicitado, estableciendo el monto en S/. 2 182 000,00; Que, el Director (e) de la Oficina de Presupuesto de la OGA emite, en respuesta a lo solicitado, el Informe de Certificacion de Credito Presupuestario AF-2008 N° 11622008-IN-0503, de fecha 21 de MORDAZA de 2008, mediante el cual certifica la existencia del correspondiente Credito Presupuestario para la cobertura requerida, hasta por S/. 2 182 000,00, Fuente de Financiamiento 2-09 Recursos Directamente Recaudados. Que, mediante Oficio N° 1819-2008-IN-1601-UA, de fecha 04 de junio de 2008, el Director General de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion remite al Director General de la Oficina General de Administracion las especificaciones tecnicas para el requerimiento de 200 000 pasaportes en caso que se considere una exoneracion del MORDAZA de seleccion, asi como un anexo con la proyeccion de consumo de pasaportes 2008 actualizada, que considera 40 000 unidades por mes (demanda redondeada al millar) desde agosto hasta diciembre, haciendo un total de 200 000 pasaportes; Que, mediante Informe N° 012-2008-IN-0506, de fecha 05 de junio de 2008, el Coordinador General de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior da cuenta del inminente desabastecimiento de pasaportes andinos alertado por la DIGEMIN mediante Oficio N° 1263-2008-IN-1601-UA, agregando que el servicio de expedicion de pasaportes es una actividad esencial que el Ministerio del Interior tiene a su cargo a traves de la DIGEMIN, dado que la Constitucion Politica del Peru establece en su articulo 2, referido a los derechos fundamentales de la persona, que toda persona tiene derecho "A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir de el y entrar en el, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicacion de la ley de extranjeria" (numeral 11) y "A su nacionalidad. Nadie puede ser despojado de ella. Tampoco puede ser privado del derecho de obtener o de renovar su pasaporte dentro o fuera del territorio de la Republica" (numeral 21); y, que el articulo 27° del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 370 - Ley del

Ministerio del Interior establece que la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion es responsable de administrar, coordinar y controlar el movimiento migratorio de nacionales y extranjeros; expide pasaportes comunes y salvoconductos; y otorga Cartas de Naturalizacion de acuerdo con la Ley y Politica del Gobierno, por lo que se puede afirmar que el abastecimiento de pasaportes es esencial para el funcionamiento de la Entidad y atencion al publico usuario. Que, sobre la base de estas consideraciones, la expedicion de pasaportes es una actividad esencial que el Ministerio del Interior tiene a su cargo a traves de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion, pues esta ligada al ejercicio de dos derechos a los que toda persona tiene derecho de acuerdo a nuestra Constitucion Politica, actividad que se veria comprometida de manera directa e inminente por la ausencia de pasaportes; Que, el referido Informe N° 012-2008-IN-0506 expresa que considerando todas las etapas que deben cumplirse en una licitacion publica de acuerdo con el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como los plazos de entrega del bien ofertados, se estima que la entrega efectiva de pasaportes recien se efectuaria a fines de diciembre de 2008, por lo que los meses de agosto de 2008 a fines de diciembre de 2008 quedarian desabastecidos, por lo que concluye solicitando la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de pasaportes andinos y laminas de seguridad, en cantidad de doscientas mil unidades, por un monto ascendente a S/. 2 182 000, bajo la causal de desabastecimiento inminente, precisando que para estos efectos sera necesario modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administracion incorporando dicha adquisicion; Que, mediante Oficio N° 1094-2008-IN-0506. PROG, de fecha 09 de junio de 2008 el Jefe del Area de Programacion de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares remite al Director de dicha Oficina el expediente relacionado a la adquisicion de pasaportes por exoneracion de MORDAZA de seleccion, senalando que dicho desabastecimiento ha sido alertado por la DIGEMIN por los tiempos previstos para el MORDAZA de seleccion, los que, segun manifiesta, han sido corroborados por el Informe N°012-2008-IN-0506; Que, mediante Oficio N° 1792-2008-IN-0506, de fecha 09 de junio de 2008, el Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite al Director General de la Oficina General de Administracion el expediente relacionado a la adquisicion de pasaportes por exoneracion de MORDAZA de seleccion mencionado en el numeral anterior, senalando que el referido expediente se encuentra debidamente sustentado; Que, como consecuencia de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 048- 2008-EF, el Ministerio del Interior ha asumido la obligacion de adquirir los pasaportes comunes, la misma que estaba a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas, por lo que de acuerdo a lo informado por la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion y la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, dicha adquisicion requerira un tiempo tal que la entrega efectiva de pasaportes recien se MORDAZA a fines de diciembre de 2008, lo que configuraria una situacion extraordinaria e imprevisible que traeria como consecuencia un desabastecimiento de los mismos entre agosto y diciembre de 2008, tiempo calculado para el desarrollo de la licitacion publica correspondiente. Que, de conformidad con lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal. Por el contrario, constituye agravante de responsabilidad si la situacion fue generada por dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la entidad. En cualquier caso la autoridad competente para autorizar