Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2008 (12/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Colonial y Republicano evaluo el Proyecto de Reglamento para la Administracion de la MORDAZA Monumental del distrito de Pueblo Libre, recomendando que el proyecto de reglamento debe complementarse con un estudio detallado de los perfiles de calles y caracteristicas que conforman las edificaciones y espacios publicos a fin de propender la optima conservacion y recuperacion de escala, volumetria e imagen MORDAZA de la MORDAZA fundacional de Pueblo Libre, estableciendose los parametros normativos adecuados; Que, con fecha 9 de noviembre de 2007 la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 01, cuyo tenor es el siguiente: VISTOS:

16. Recomendar al administrado presentar nueva propuesta de delimitacion de la MORDAZA Monumental de Pueblo Libre. El presente Acuerdo fue comunicado al administrado mediante Oficio Nº 1627-2007-DPHCR-DREPH/INC de fecha 28 de noviembre de 2007; Que, mediante Oficio Nº 022-2008-MPL-GDU de fecha 5 de marzo de 2008, correspondiente al numero de registro de expedientes 5624/08, el Ingº MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Desarrollo Distrital de la Municipalidad de Pueblo Libre remite el proyecto de reglamento para la administracion de la MORDAZA Monumental del distrito; Que, mediante Informe Nº 028-2008-SDCH-DPHCR/ INC de fecha 13 de marzo de 2008 la Sub Direccion de Centros Historicos de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la documentacion tecnica presentada por la Municipalidad de Pueblo Libre; Que, con fecha 14 de marzo de 2008 la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 03, cuyo tenor es el siguiente: VISTOS: 1. El Acuerdo Nº 01 de fecha 9 de noviembre de 2007 de la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo. 2. El Oficio Nº 1672-2007-DPHCR-DREPH/INC de fecha 28 de noviembre de 2007. 3. El Oficio Nº 022-2008-MPL-GDU de fecha 5 de marzo de 2008 de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre. 4. La documentacion presentada: propuesta de reglamento, indice de usos, especificaciones normativas de la zonificacion, plano de ubicacion de la MORDAZA Monumental, plano de la Determinacion de la MORDAZA Monumental, plano de las zonas de tratamiento, plano de zonificacion segun Ordenanza Nº 017-MPL, plano de alturas maximas de edificacion, plano de ubicacion de perfiles, perfiles de altura de la MORDAZA Monumental. ACORDO: 1. Observar la propuesta de nueva delimitacion de la MORDAZA Monumental del distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima. 2. En los planos deben estar indicados los nombres de todas las calles de la MORDAZA Monumental. 3. La delimitacion debe ser modificada protegiendo la Hacienda Orbea incluyendo la fachada ­Este del Jr. De los Heroes en la Manzana 828, y por el Oeste, en la manzana 818, se debe evitar el quiebre innecesario de la delimitacion propuesta. Se sugiere para ambos casos seguir con las zonificaciones y alturas propuestas en el entorno 9.00m para la manzana 828 y 6.00m para la manzana 818 hacia la MORDAZA J.R Acevedo. 4. En el articulo 5º se debe incluir tambien la ZT-2 en lo referente a la elaboracion y estudio de los perfiles urbanos. 5. En el articulo 8º inciso a, se debe incluir en la caracterizacion de la ZT-1 el uso residencial como objetivo de intervencion. 6. En el articulo 9º se debe incluir la opinion favorable del Instituto Nacional de Cultura a traves de su delegado Ad-hoc en la respectiva Comision Tecnica Calificadora de Proyectos de la Municipalidad, en los casos de intervenciones en inmuebles sin valor patrimonial pero que se encuentren dentro de la delimitacion de la MORDAZA Monumental. No se debe aceptar demoliciones de edificios sin valor que se presente un proyecto de intervencion en las zonas ZT-1 y ZT-2. 7. En el articulo 26º la reconstruccion solo se aceptara en caso de desastre natural o en casos de conflicto, segun lo establecen las cartas internacionales de conservacion y restauracion. 8. En los articulos 33º y 35º, no se debe tomar como referencia de altura a los edificios monumentales o de valor monumental religiosos o publicos. 9. En el articulo 35º debe estar expresamente senalado que esta prohibido todo MORDAZA de volados sobre la via publica.

1. Los Oficios Nº 017--2007-MLP-GDU de fecha 5 de octubre de 2007 y Nº 173-2007-MPL-GDU de fecha 5 de noviembre de 2007. 2. El Oficio Nº 1520-2007-DPHCR-DREPH/INC de fecha 29 de octubre de 2007. 3. La documentacion presentada: propuesta de reglamento, indice de usos, especificaciones normativas de la zonificacion, plano de ubicacion de la MORDAZA Monumental, plano de la Delimitacion de la MORDAZA Monumental, plano de las zonas de tratamiento, plano de zonificacion segun Ordenanza Nº 017-MPL, plano de alturas maximas de edificacion, plano de ubicacion de perfiles, perfiles de altura de la MORDAZA Monumental. 4. El Informe Nº 152-2007-SDCH-DPHCR/INC de fecha 9 de noviembre de 2007, de la Sub Direccion de Centros Historicos. ACORDO:

1. Observar el proyecto de Reglamento para la Administracion de la MORDAZA Monumental del distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima. 2. Adjuntar el plano de categorias indicando los inmuebles de entorno: valor monumental, Monumentos y Ambientes MORDAZA Monumentales. 3. No es factible desarrollar estacionamiento subterraneos en areas publicas de la MORDAZA Monumental. 4. Plantear unicamente dos zonas de tratamiento para la MORDAZA Monumental, considerando que las zonas ZT-2 y ZT-3 presentan caracteristicas similares. 5. Considerar una altura MORDAZA para cada MORDAZA de tratamiento a fin de resguardar el perfil MORDAZA que conforman los inmuebles Monumentos y de valor monumental. Homogenizar las alturas propuestas evitando escalonados o discordantes. 6. Rectificar las poligonales de los sectores ZT-1, y ZT-2 que corresponden a las calles San MORDAZA y MORDAZA Toledo. 7. Plantear una sola dimension para el retiro frontal de las edificaciones de la Av. General MORDAZA Vivanco. 8. Proponer un retiro minimo de ocho metros desde el limite de propiedad para la construccion de los tanques de agua, MORDAZA de ascensores o similares, en las azoteas. 9. No incluir en la propuesta del reglamento la alternativa del techado de las areas libres de las edificaciones nuevas con material transparente. 10. No permitir el uso de tendales en las azoteas de las edificaciones. 11. Incluir en el reglamento la prohibicion de construcciones de caracter temporal o de material precario en los retiros frontales areas de las edificaciones. 12. Complementar la propuesta de reglamento con un diagnostico de la situacion actual y caracteristicas de la MORDAZA monumental que incluya planos de alturas, usos, materiales. 13. Presentar perfiles de las calles de la MORDAZA monumental que incluya la propuesta de alturas. 14. Compatibilizar el anexo 01-A donde se consigna playa de estacionamiento como ubicacion conforme, en contradiccion con lo dispuesto en el articulo 54º del reglamento. 15. Compatibilizar el anexo 01-A, donde se consigna servicio de parqueado de automoviles en la MORDAZA ZT-1, como giro propuesto conforme, en contradiccion con lo dispuesto en el articulo 56° del reglamento.