Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2008 (12/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2008

Que, mediante la Memoranda Nº 2478-2008MTC/12.04-SDA y 2601-2008-MTC/12.04-SDA de la Direccion de Seguridad Aeronautica, se determino que el recurrente posee la capacidad tecnica para la atencion de lo solicitado y fueron definidas las habilitaciones aprobadas en su Certificado Nº TMA-018, tal como lo requiere la parte 145 de las RAP; Que, el articulo 9° literal h) de la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261 establece que la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar las autorizaciones de Estaciones Reparadoras, Talleres de Mantenimiento, entre otras, mediante Permiso de Operacion otorgado por Resolucion Directoral; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 050-2001-MTC y la RAP 145; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru ­ SEMANPERU, la renovacion de su autorizacion de funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional por el plazo de cuatro (4) anos, contados a partir del dia siguiente del vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 099-2004-MTC/12, con las siguientes habilitaciones: - Aeronaves - Plantas de Poder - Instrumentos - Accesorios - Helice - Servicios Especializados : : : : : : Limitada Limitada Limitada Limitada Limitada Limitada

Aeronautico al Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru - SEMAN-PERU queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil, a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las Directivas que dicte la Direccion General de Aeronautica Civil y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil 221166-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 8618-2008/MTC/15

Mediante Oficio Nº 1151-2008-MTC/04 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 8618-2008MTC/15, publicada en la edicion del 5 de MORDAZA de 2008. En el Articulo 2º; en la referencia a la MORDAZA Disposicion Final y Transitoria de la Directiva Nº 001-2007-MTC/15 DICE:

Articulo Segundo.- Las habilitaciones a las que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion se encuentran descritas en el Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional numero: TMA-018 y estaran limitadas a lo senalado en las "Especificaciones de Operacion" que forman parte del mismo. Articulo Tercero.- La actividad autorizada al Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru ­ SEMANPERU debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Aeronautica Civil. En caso que se tenga que efectuar algun cambio en dicho Manual, debera solicitarse la aprobacion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo Cuarto.- La Direccion General de Aeronautica Civil efectuara periodicamente inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronautico del Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru - SEMAN-PERU a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Resolucion. Articulo Quinto.- El Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru - SEMAN-PERU mantendra en su servicio personal aeronautico en la cantidad necesaria establecida en la certificacion; el cual contara con el entrenamiento, calificacion, certificacion y licencias requeridos por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo Sexto.- La presente autorizacion sera revocada o suspendida de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley No. 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento, y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico y Manual de Procedimientos de Inspeccion. Articulo Setimo.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo Octavo.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion al Taller de Mantenimiento

· "Quinta.- Excepcionalmente y hasta el dia 31 de octubre del 2008, las Entidades Certificadoras de Operatividad autorizadas conforme a lo establecido en la presente Directiva, podran realizar las inspecciones tecnicas vehiculares de los vehiculos que prestan el servicio de transporte de personas de ambito regional, mediante el traslado de su personal tecnico a las ciudades en donde no opere ningun Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV o ciudades que se encuentren fuera del area de influencia de un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV autorizado. (...)" DEBE DECIR: · "Quinta.- Excepcionalmente y hasta el dia 31 de octubre del 2008, las Entidades Certificadoras de Operatividad autorizadas conforme a lo establecido en la presente Directiva, podran realizar las inspecciones tecnicas vehiculares de los vehiculos que prestan el servicio de transporte de personas y de mercancias de ambito regional, mediante el traslado de su personal tecnico a las ciudades en donde no opere ningun Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV o ciudades que se encuentren fuera del area de influencia de un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV autorizado. (...)" 224685-1

VIVIENDA
Designan responsable de la fiscalizacion posterior de documentos, declaraciones e informacion presentada por los administrados en el Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 294-2008-VIVIENDA MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 076-2008VIVIENDA se designo, entre otros, al senor MORDAZA MORDAZA