Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2006 (23/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano sabado 23 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

328795

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion presentado por TRANSPORTADORA DE GAS DEL PERU S.R.L. - TGP contra la Resolucion de Gerencia General Nº 2802-2006-OS/GG; consecuentemente CONFIRMAR los alcances de la misma. Articulo 2º.- DECLARAR agotada la via administrativa. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERG 02404-1

OSIPTEL
Amplian plazo para revision de tarifas tope aplicables a prestaciones de transmision de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 109-2006-PD/OSIPTEL MORDAZA, 20 de setiembre de 2006 EXPEDIENTE MATERIA : Nº 00001-2005-CD-GPR/TT : Revision de tarifas tope aplicables a prestaciones de transmision de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL.

para que el Consejo Directivo de OSIPTEL evalue el informe y la propuesta de resolucion tarifaria presentadas por la Gerencia General vence el 20 de setiembre de 2006; Que la Cuarta Disposicion Complementaria del Procedimiento establece que: (i) los plazos senalados en los articulos 6º y 7º del Procedimiento, asi como los plazos que MORDAZA establecidos por OSIPTEL en aplicacion de dichas disposiciones, podran ser ampliados, de oficio o a solicitud de parte, hasta por el doble de tiempo adicional a los plazos maximos senalados en los referidos articulos; (ii) las ampliaciones de plazos que resulten necesarias en cada procedimiento, seran establecidas por la Presidencia del Consejo Directivo de OSIPTEL; y (iii) dicha resolucion debera ser debidamente motivada y sera publicada en El Peruano y notificada a la o las empresas operadoras involucradas; Que dada la complejidad del tema, especialmente en lo referido a aspectos tecnologicos de las prestaciones de transmision de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL y al analisis de comparacion internacional de dichos aspectos, resulta necesario ampliar en quince (15) dias habiles el plazo al que se refiere el numeral 4 del articulo 6º del Procedimiento, a fin de que el Consejo Directivo de OSIPTEL pueda culminar con la evaluacion del informe tecnico y el proyecto de resolucion tarifaria puestos a su consideracion; Conforme a lo establecido en el literal k) del articulo 86º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar en quince (15) dias habiles, el plazo establecido en el numeral 4 del Articulo 6º del Procedimiento para la Fijacion o Revision de Tarifas Tope, aplicable al procedimiento tramitado en el Expediente Nº 00001-2005-CD-GPR/TT. Articulo 2º.- Contabilizar el plazo dispuesto en el articulo precedente a partir del 21 de setiembre de 2006. Articulo 3º.- Disponer que la presente resolucion sea notificada a Telefonica del Peru S.A.A. Articulo 4º.- Disponer que la presente resolucion sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional de OSIPTEL. Registrese y comuniquese. MORDAZA SAN MORDAZA ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 02344-1

ADMINISTRADO : Telefonica del Peru S.A.A. VISTO: El Proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General, mediante el cual se dispone la ampliacion del plazo establecido en el numeral 4 del articulo 6º del Procedimiento para la Fijacion y/o Revision de Tarifas Tope, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 127-2003-CD/OSIPTEL, aplicable al procedimiento tramitado en el expediente Nº 000012005-CD-GPR/TT; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 127-2003-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de diciembre de 2003, se aprobo el "Procedimiento para la Fijacion o Revision de Tarifas Tope" -en adelante el Procedimiento- en cuyo Articulo 6º se detallan las etapas y reglas a que se sujeta el procedimiento de oficio que inicie OSIPTEL; Que mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 022-2005-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de MORDAZA de 2005, se dispuso dar inicio al procedimiento de oficio para la revision de tarifas tope maximas fijas- aplicables a prestaciones de transmision de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL; Que, en atencion a lo senalado en el numeral 2 del articulo 6º del Procedimiento, la Gerencia de Politicas Regulatorias elaboro y elevo a la Gerencia General, para su evaluacion, el informe tecnico y el Proyecto de Resolucion que establece las tarifas tope maximas fijas aplicables a prestaciones de transmision de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL, provistas por Telefonica del Peru S.A.A.; Que de acuerdo a lo establecido en el numeral 3 del articulo 6º del Procedimiento, la Gerencia General evaluo los documentos senalados en el considerando anterior; Que asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 4 del Articulo 6º del Procedimiento, el plazo

PROINVERSION
Aprueban Directiva "Tramitacion y Evaluacion de Iniciativas Privadas en Proyectos de Inversion"
RESOLUCION DEL DIRECTOR EJECUTIVO Nº 104-2006 MORDAZA, 22 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660, se establecio que la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION es un Organismo Publico Descentralizado adscrito al Sector Economia y Finanzas, con personeria juridica, autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de la Inversion Descentralizada y Decreto Supremo Nº 0152004-PCM, Reglamento de la Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada se establecen las