Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2006 (23/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano sabado 23 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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a lo que establece el Decreto Supremo Nº 038-2001AG, Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, en sus articulos 41º inciso 2) y 78º, que los gobiernos locales pueden establecer areas destinadas a completar las acciones de conservacion de la diversidad biologica, de proteccion de MORDAZA de agua y otros de interes local, y asi conforme lo regula el Decreto Supremo Nº 068-2001-PCM Articulo 26) sobre cuencas Hidrograficas, el cual establece que "la MORDAZA hidrografica constituye la unidad fisica, basica y general de planificacion y ordenamiento en materia de conservacion y uso de suelos, aguas continentales y diversidad biologica"; Que, segun los Expedientes Acumulados Nº 3002002-AA/TC y su Resolucion expedida del Tribunal Constitucional del 7 de MORDAZA del 2003, senala que las Municipalidades tienen competencia para declarar Areas de Conservacion Municipal y que estas complementan el Sistema Nacional de las Areas Naturales Protegidas por el Estado (SINAMPE); Que, en la Cumbre de Rio del ano 1992, el Gobierno de la Republica del Peru se comprometio a participar en la Agenda Local con la finalidad de promover el Desarrollo Sostenible en el MORDAZA, mediante el uso racional de los recursos naturales y la biodiversidad; nociones que deben promoverse desde los gobiernos locales; Que, la Municipalidad Distrital de Los Banos del MORDAZA acordo realizar los estudios tecnicos de "Recursos Hidricos de la MORDAZA denominado Microcuencas de los MORDAZA Quinuario, Mashcon y Grande", ubicado en el distrito de Los Banos del MORDAZA, provincia y departamento de Cajamarca; asimismo en coordinacion con las autoridades de la Comision de Medio Ambiente de esta misma entidad, el dia 15 de octubre del 2005, en Sesion del Concejo Municipal se dejo sentado la importancia de la MORDAZA denominado "Microcuenca de los MORDAZA Quinuario, Mashcon y Grande" y se acordo complementar dichos estudios, para ello, se autorizo al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los Banos del MORDAZA disponer la realizacion de otro estudio tecnico que complemente el anterior y se determine la creacion de un area de conservacion municipal en la MORDAZA de la Microcuenca de los MORDAZA Quinuario, Mashcon y Grande, para asegurar la continuidad de los procesos ecologicos, evolutivos, evitar la extincion de especies de MORDAZA y fauna MORDAZA, mantener y manejar las condiciones funcionales de las cuencas hidrograficas; permitiendo conservar y proteger las plantas naturales ( Pteridophytha y Angiospermae con sus clases Monocotiledoneos y Dicotiledoneos) y las aguas de los MORDAZA de la Microcuenca Quinuario, Grande y Mashcon, fuente MORDAZA de abastecimiento de agua para el consumo humano y riego de las parcelas de los caserios: Tres Tingos, Barrojo, Apalin Alto, Calvario, Laparpampa, La Espadilla, Shinshilpampa, Shahuarpampa, Colpa Otuzco, MORDAZA, Muyoc, Carhuaquero, Llushcapampa Los Perolitos, Chupicaloma, Quinuapata, San MORDAZA De las Madres, Llagamarca, MORDAZA MORDAZA Alta, Shitaloma, Quinrayquero Alto, Quinrayquero Bajo, Chicospata, Hornuyoc, El Granero, Cashaloma, Rumipampa Baja, Rumipampa Alta, Manzanamayo, Carahuanga I, Carahuanga II, Puruay Alto y Zarcilleja, los mismos que pertenecen al distrito de Los Banos del Inca; Que, los estudios realizados han dado lugar al Expediente Tecnico denominado "Perfil Tecnico para la Declaratoria de Area de Conservacion Municipal de Los Banos del MORDAZA en las Microcuencas de los MORDAZA Quinuario, Mashcon y Grande", en el se senala que en el area propuesta existen alrededor de 160 manantiales y otras MORDAZA de agua procedentes de pequenas quebradas que en conjunto abastece a los pobladores de las caserios detallados lineas arriba. De otro lado, senala que tambien comprende 7,196.23 hectareas de bosque muy humedo MORDAZA tropical, especie MORDAZA, que cumple la funcion de MORDAZA protectora de cauce; Que, teniendo en consideracion lo expuesto y lo regulado por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Articulos 9º numeral 8), Articulos 39º y 40º y, con el MORDAZA unanime de sus miembros, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA DEL AREA DE CONSERVACION MUNICIPAL Articulo Primero.- CREAR un "Area de Conservacion Municipal de la Microcuenca del Rio Quinario, de una parte de la Microcuenca del Rio Grande y de una parte de la

Microcuenca del Rio Mashcon", bajo la denominacion: "RECURSO HIDRICO DE PROTECCION DE LOS MORDAZA QUINUARIO, MASHCON Y GRANDE DE CONSERVACION MUNICIPAL", cuya area de proteccion para el primero es de una extension de 4,692.33 Hectareas, el MORDAZA comprende una extension de 6,925.73 Hectareas, y el tercero comprende una extension de 2,523.82 Hectareas. Dichas cuencas en su conjunto tienen un perimetro de (55,309.27 m) y se encuentran ubicadas en las siguientes coordenas UTM: Vert. A: N (9228148.23), E (775642.00) Caserio Carhuaquero, con su referencia geografica Cerro Chaupicocha; Vert. C: N (9214897.95), E (775139.09) "Interseccion de los limites de los caserios Llagamarca ­ MORDAZA MORDAZA Alta ­ El Granero ­ Puruay Alto, asimismo del limite distrital de Los Banos del MORDAZA, con su referencia geografica Senal Geodesica MORDAZA Horco; Vert. D: N (9214499.00), E (776448.00) "Caserio Quinrayquero Bajo, con su referencia geografica Manantial la Cortadera"; Vert. E: N (9215260.00), E (777657.00) "Caserio Quinrayquero Bajo, con su referencia geografica Manantial Yerba Santa"; Vert. F: N (9215898.00), E (778045.00) "Caserio Quinrayquero Bajo, con su referencia geografica Caserio Quinrayquero Bajo"; Vert. G: N (9214128.00), E (779652.00) "Caserio Manzanamayo, con su referencia geografica Caserio Manzanamayo"; Vert. H: N (9213028.50), E (780435.00) "Caserio Cashaloma, con su referencia geografica Caserio Cashaloma"; Vert. I: N (9213280.05), E (780973.21) "Caserio Cashaloma, con referencia geografica Divortium Aquarium de las Microcuencas Mashcon - Chonta"; Vert. J: N (9216916.10), E (781842.27) "Caserio Rumipampa Alta, con su referencia geografica Interseccion de los Limites de las Microcuencas de los MORDAZA Mashcon ­ Chonta y Quinuario"; Vert. K: N (9217748.78), E (786526.77) "Zona limite entre Shinshilpampa y MORDAZA, con su referencia geografica encuentro de los MORDAZA Quinuario y Azufre y el Vert. B: N (9224432.54), E (781412.50) "Caserio Apalin Alto en el limite Distrital con La Encanada". Politicamente en el distrito de Los Banos del MORDAZA, provincia de MORDAZA y departamento del mismo; MORDAZA norte del Peru y MORDAZA 3 pisos ecologicos cuyas altitudes van desde los 2,800 hasta los 4,208 m.s.n.m. Articulo Segundo.- SOLICITAR a las autoridades del Gobierno Central, Congreso de la Republica, Ministerio de Agricultura, Gobierno Regional de MORDAZA, INRENA, Ministerio Publico y demas instituciones a adoptar las medidas correspondientes de acuerdo a sus competencias. Articulo Tercero.- CONSTITUIR el "COMITE DE GESTION DEL RECURSO HIDRICO DE PROTECCION DE LOS MORDAZA QUINUARIO, MASHCON Y GRANDE DE CONSERVACION MUNICIPAL" creado por el Articulo Primero de la presente, con la participacion de las instituciones locales involucradas designadas por Resolucion del Concejo Municipal de Los Banos del Inca. Articulo Cuarto.- ENCARGAR al Sr. MORDAZA y al "Comite de Medio Ambiente y Apoyo al Recurso Hidrico de la Microcuenca Grande y Quinuario" iniciar los tramites de inscripcion del area de conservacion municipal creado por el Articulo Primero de la presente y denominado "RECURSO HIDRICO DE PROTECCION DE LOS MORDAZA QUINUARIO, MASHCON Y GRANDE DE CONSERVACION MUNICIPAL" en el Registro de Areas de Conservacion Municipal que establece el INRENA. Articulo Quinto.- AUTORIZAR al Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital de Los Banos del MORDAZA para efectuar todas las acciones legales que correspondan a fin de garantizar el cumplimiento de la presente. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo Municipal la publicacion de la presente Ordenanza, remitiendo MORDAZA autenticada a las dependencias involucradas y a las autoridades locales. Articulo Septimo.- DISPONER que la presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia a partir del dia siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Distrital de Los Banos del MORDAZA 02368-1