Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2005 (11/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, viernes 11 de noviembre de 2005

un periodo de pruebas que no podra ser mayor a veinte (20) dias. 66.7 Culminadas las actuaciones necesarias, el organo instructor formulara un informe y una propuesta de resolucion, donde se determinara, de manera motivada, las conductas que se consideren constitutivas de infraccion, la MORDAZA que preve la imposicion de sancion para dicha conducta y la sancion que propone se imponga; El organo instructor contara con un plazo de veinte (20) dias contados a partir del dia siguiente al vencimiento del plazo para formular descargos, o al vencimiento del termino probatorio de ser el caso, para formular el informe y la propuesta de resolucion y alcanzar los mismos al organo resolutivo; 66.8 La resolucion que disponga la sancion o la decision de archivar el procedimiento debera expedirse en un plazo que no excedera de diez (10) dias contados a partir del dia siguiente en que le sea alcanzada la propuesta de resolucion; La resolucion que disponga la sancion debera contener el plazo para su cumplimiento;

partir del dia siguiente de la fecha fijada para la remision del Compromiso de Cese suscrito. La negativa a la firma del Compromiso de Cese que incorpore las modificaciones a la propuestas por el organo resolutivo no acarreara consecuencias negativas para la Entidad Prestadora. 69.4 En caso que el organo resolutivo desestimase la propuesta de compromiso de cese, en el plazo a que se refiere el parrafo anterior procedera a la devolucion del expediente al organo instructor para que continue con el procedimiento administrativo sancionador. En dicho caso, el organo instructor, debera conceder un plazo no mayor de diez (10) dias para que la Entidad Prestadora formule sus descargos. La Entidad Prestadora incurrira en infraccion muy grave cuando incumpla con cualquiera de los terminos establecidos en el Compromiso de Cese.>>

69.5

<> << DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Las sanciones e infracciones establecidas en el Reglamento son de aplicacion supletoria a las que expresamente se encuentren previstas en los contratos de concesion. Sin perjuicio de ello, el regimen de penalidades contractuales no excluye la aplicacion del regimen de sanciones establecidas en el presente Reglamento de conformidad con lo establecido por el numeral 232.1 del articulo 232º de la Ley del Procedimiento Administrativo General.>> 18999

66.9

66.10 La resolucion que disponga la sancion podra disponer la aplicacion de medidas correctivas; 66.11 La resolucion que disponga la sancion debera notificarse tanto al denunciado como al organo o entidad que formulo la solicitud o a quien denuncio la infraccion de ser el caso y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.>> <> <
69.2

El organo resolutivo contara con un plazo de diez (10) dias para comunicar a la Entidad Prestadora su evaluacion de la propuesta de compromiso de cese. En caso que el organo resolutivo estimase satisfactoria la propuesta, emitira una resolucion que apruebe la misma, y la notificara a la Entidad Prestadora. Constituye facultad discrecional del organo resolutivo la de proponer modificaciones al Compromiso de Cese, las que deberan ponerse en conocimiento de la Entidad Prestadora. senalando el plazo para la remision del Compromiso de Cese con las formalidades a que se contrae el numeral 69.1 del presente Reglamento. En caso en de que en el plazo fijado, no se recibiera la propuesta alternativa firmada por el representante legal de la Entidad Prestadora, se procedera a la continuacion del procedimiento administrativo sancionador, para efectos de lo cual la Entidad Prestadora contara con un plazo de cinco (05) Dias para formular sus descargos, contados a