Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2005 (11/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, viernes 11 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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"ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL CONCERTADO DE SALUD MORDAZA 2005-2012" Articulo Primero.- APRUEBESE el Plan Regional Concertado de Salud MORDAZA 2005-2012, que consta de catorce (14) politicas y proyectos para la implementacion de las estrategias en salud, el mismo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, para que a traves de la Direccion Regional de Salud - MORDAZA y demas organos pertinentes ejecuten, implementen y desarrollaran el contenido del Plan Regional Concertado de Salud. Articulo Tercero.- DIFUNDASE el contenido del Plan Regional Concertado a traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Articulo Cuarto.- AUTORICESE a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a efectos de disponer la asignacion presupuestal para la publicacion de la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de agosto del ano 2005. MORDAZA DUARTE MORDAZA Presidente Gobierno Regional - MORDAZA Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional - MORDAZA, a los treinta y un dias del mes de agosto del ano 2005. MORDAZA DUARTE MORDAZA Presidente Gobierno Regional MORDAZA 18828

Que, en los ultimos anos la Comunidad Internacional ha encauzado sus esfuerzos a convocar a cada uno de los paises en vias de desarrollo, en programas de desarrollo encaminados a la proteccion de la ninez, para lograr mejorar la calidad de MORDAZA de la misma, a traves de la creacion de programas y proyectos; Que, dentro de esta gran masa poblacional infantil, una parte muy vulnerable es la de los ninos de 0 a 3 anos, quienes aun no van a la escuela y son los que mas necesitan de los cuidados y la satisfaccion de necesidades por la familia, especialmente las de afecto, entre otros. Estos ninos son potencialmente los mas capaces de desarrollarse psiquicamente si cuentan con un medio social y cultural favorable, entendiendose este como la familia unido al estimulador especializado y hasta otro MORDAZA mas capaz; Que, es politica del Gobierno Regional - MORDAZA proteger a la ninez a traves del desarrollo de Programas de Salud, Control de Crecimiento y Nutricion, e impulsar Programas de Estimulacion Temprana para menores de 3 anos en las zonas deprimidas del ambito regional. Al respecto el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2005 - 2008 senala, como vision de futuro compartido: "Junin integrado, con alto indice de desarrollo humano e identidad regional..."; Que, es necesario considerar la necesidad de iniciar la estimulacion temprana de los ninos desde el mismo momento de la MORDAZA, porque el hombre es un ser social y alcanza su desarrollo en las relaciones sociales que establece en ese medio a traves de la actividad que desarrolla en el y la comunicacion con los demas; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos Nº 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y el Reglamento Interno del Consejo Regional ha aprobado la siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE CONSIDERA COMO PROYECTO PRIORITARIO DE DESARROLLO SOCIAL LA IMPLEMENTACION DE CENTROS DE ESTIMULACION TEMPRANA PARA MENORES DE 3 ANOS EN CADA UNA DE LAS PROVINCIAS DEL DEPARTAMENTO DE JUNIN" Articulo Primero.- Considerar como proyecto prioritario de Desarrollo Social la implementacion de Centros de Estimulacion Temprana para menores de 3 anos en cada una de las provincias del departamento de MORDAZA, para ser financiados por la Cooperacion Tecnica Internacional. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social la ejecucion, coordinacion, supervision y monitoreo de los Centros de Estimulacion Temprana para menores de 3 anos en la Region - Junin. Articulo Tercero.- Autoricese a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territor ial a efectos de disponer la asignacion presupuestal para la publicacion de la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de agosto del ano 2005. MORDAZA DUARTE MORDAZA Presidente Gobierno Regional - MORDAZA Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional - MORDAZA, a los treinta y un dias del mes de agosto del ano 2005. MORDAZA DUARTE MORDAZA Presidente Gobierno Regional MORDAZA 18831

Priorizan como proyecto de desarrollo social la implementacion de Centros de Estimulacion Temprana para menores de 3 anos en las provincias de la region
ORDENANZA REGIONAL Nº 025-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria celebrada a los 26 dias del mes de agosto del ano 2005, en la provincia de Huancayo, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificacion en parte por la Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 2º Inc. 1) establece que "toda persona tiene derecho: A la MORDAZA, a su integridad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece";