Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2005 (11/11/2005)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 11 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 303941

vehiculares de placas de rodaje Nºs. UH-3746 (1994), UH-3497 (1994), UQ-4938 (1992), UH-3457 (1994) y UQ-3956 (1991), respectivamente; Que, el articulo 58º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, prescribe que la Direccion General de Circulacion Terrestre, otorgara concesion interprovincial para transporte interprovincial regular de personas de ambito nacional; Que, la Subdireccion de Autorizaciones de la Direccion de Registros y Autorizaciones, en el Informe Nº 55792005-MTC/15.02.2 concluyo que la solicitud de La Empresa no se encuentra comprendida en el mandato de suspension de otorgamiento de nuevas concesiones, dispuesta en la Decima Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 0092004-MTC ni en lo dispuesto en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2004-MTC, que ha presentado la documentacion y requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, y ha acreditado el cumplimiento de los requisitos tecnicos de idoneidad y las condiciones de seguridad y calidad establecidos en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC para el otorgamiento de la nueva concesion de ruta: CuscoPuerto MORDAZA y viceversa, con las unidades vehiculares senaladas en el primer considerando de la presente Resolucion; Que, son aplicables al presente caso, los principios de presuncion de veracidad y de privilegios de controles posteriores establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; Estando a lo opinado por la Direccion de Registros y Autorizaciones en Memorandum Nº 3387-2005-MTC/ 15.02 y por la Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre en Informe Nº 1467-2005-MTC/ 15.AL; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y Ley Nº 27791-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a favor de "TURISMO MENDIVIL E.I.R.L.", la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: MORDAZA - Puerto MORDAZA y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos:
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : : : : : : : : MORDAZA - PUERTO MORDAZA y viceversa MORDAZA PUERTO MORDAZA URCOS - OCONGATE - MARCAPATA -QUINCEMILPUENTE INAMBARI-MAZUCO URCOS - QUINCEMIL - MAZUCO Dos (2) diarias en cada extremo de ruta Cinco (5) omnibus Cuatro (4) omnibus de placas de rodaje Nºs. UH-3746 (1994), UH-3497 (1994), UQ-4938 (1992) y UH-3457 (1994). Un (1) omnibus de placa de rodaje Nº UQ-3956 (1991) Salidas de MORDAZA, a las 10:00 y 15:00 horas. Salidas de Puerto MORDAZA, a las 10:00 y 14:00 horas.

Articulo Cuarto.- "TURISMO MENDIVIL E.I.R.L.", iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Quinto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Registros y Autorizaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 18495

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de delito de corrupcion de funcionarios en agravio de la Municipalidad Provincial de Cangallo
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 487-2005-CG MORDAZA, 8 de noviembre de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 312-2005-CG/ORIC, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Cangallo, Departamento de MORDAZA, periodo 1 de enero de 2003 al 30 de junio de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Operativo de la Oficina Regional de Control Ica, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Provincial de Cangallo, periodo enero del 2003 a junio del 2004, con el objetivo de determinar la correcta utilizacion de los recursos asignados a la Municipalidad, asi como el grado de participacion ciudadana en la gestion municipal, de acuerdo a la normativa aplicable; Que, como consecuencia de la accion de control efectuada, la Comision Auditora ha determinado que autoridad y funcionarios de la Municipalidad Provincial de Cangallo suscribieron contrato con un proveedor para la adquisicion de un Software de Sistematizacion de los Registros Civiles; advirtiendose que posteriormente a dicha contratacion, se simulo el MORDAZA de seleccion para favorecer a un postor predeterminado; siendo, asimismo, que en la ejecucion del contrato uno de los pagos se realizo sin tener la conformidad del servicio, y que este no se encuentra operativo por no haberse completado el ingreso de datos en perjuicio de los intereses de la entidad; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Corrupcion de Funcionarios en la modalidad de Aprovechamiento Indebido del Cargo, previsto y penado en el articulo 397º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica para que impulse las acciones legales

FLOTA DE RESERVA : HORARIOS :

Articulo Segundo.- La Direccion de Registros y Autorizaciones debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Tercero.- La presente Resolucion debera ser publicada por "TURISMO MENDIVIL E.I.R.L.", en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion.