Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2020 (29/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Jueves 29 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego KIRLA ECHEGARAY ALFARO Ministra del Ambiente ROCÍO BARRIOS ALVARADO Ministra de Comercio Exterior y Turismo ALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa PATRICIA ELIZABETH DONAYRE PASQUEL Ministra de Desarrollo e Inclusión Social CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas LUIS INCHÁUSTEGUI ZEVALLOS Ministro de Energía y Minas CÉSAR AUGUSTO GENTILLE VARGAS Ministro del Interior ANA C. NEYRA ZEGARRA Ministra de Justicia y Derechos Humanos ROSARIO SASIETA MORALES Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de la Producción MARIO LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores PILAR E. MAZZETTI SOLER Ministra de Salud JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1898227-1

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia por peligro inminente ante contaminación de agua para consumo humano, en los distritos de Coata, Huata y Capachica de la provincia de Puno y en los distritos de Caracoto y Juliaca de la provincia de San Román, del departamento de Puno
DECRETO SUPREMO Nº 175-2020-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 123-2019-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de julio de 2019, se declaró el Estado de Emergencia por peligro inminente ante contaminación de agua para consumo humano, en los distritos de Coata, Huata y Capachica de la provincia de Puno y en los distritos de Caracoto y Juliaca de la provincia de San Román, del departamento de Puno, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente; Que, el Estado de Emergencia declarado mediante Decreto Supremo Nº 123-2019-PCM fue prorrogado por el Decreto Supremo Nº 153-2019-PCM, el Decreto Supremo Nº 175-2019-PCM, el Decreto Supremo Nº 204-2019-PCM, el Decreto Supremo Nº 037-2020-PCM, el Decreto Supremo Nº 081-2020-PCM y el Decreto Supremo Nº 121-2020-PCM, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente; Que, asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 1472020-PCM se prorrogó el citado Estado de Emergencia, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 4 de setiembre de 2020, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente; Que, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en el artículo 6 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)", aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; el Gobierno Regional presenta al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia adjuntando los informes técnicos que fundamenten su solicitud, así como las medidas de carácter presupuestal necesarias, para la emisión de una opinión respecto a la procedencia o improcedencia; Que, mediante el Oficio Nº 829-2020-GR-PUNO/GR, de fecha 19 de octubre de 2020, el Gobernador Regional (e) del Gobierno Regional de Puno solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la prórroga del Estado de Emergencia por peligro inminente ante contaminación de agua para consumo humano, en los distritos de Coata, Huata y Capachica de la provincia de Puno y en los distritos de Caracoto y Juliaca de la provincia de San Román, del departamento de Puno; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 8 y 17 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)", aprobada por el Decreto Supremo Nº 0742014-PCM, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) emite opinión técnica respecto a la procedencia de la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia y remite el expediente a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante el Oficio Nº 5150-2020-INDECI/5.0, de fecha 26 de octubre de 2020, el Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) remite y hace suyo el Informe Técnico Nº 00119-2020-INDECI/11.0, de fecha 23 de octubre de 2020, emitido por el Director de Respuesta de la indicada entidad, quien opina por la procedencia de la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia, teniendo en consideración el sustento contenido en: (i) el Informe Nº 024-2020-GR-PUNO-ORGRDyS, del 19 de octubre de 2020, de la Oficina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres y Seguridad del Gobierno Regional de Puno; (ii) el Informe Técnico Nº 01162-2020-INDECI/14.0/HAEB, del 20 de octubre de 2020, de la Dirección de Rehabilitación del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); y, (iii) el Reporte de Peligro Inminente Nº 102-22/10/2020/COENINDECI/15:45 HORAS (Reporte Nº 27), del 22 de octubre de 2020, del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN), administrado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI);