Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2020 (14/06/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Domingo 14 de junio de 2020 /

El Peruano

para el Presupuesto Participativo basado en Resultados, en el marco de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y su modificatoria Decreto Legislativo N° 1440-2018-EF; Que, mediante Informe N° 010-2020-MPH/GPPM/ SGPM, de fecha 02 de marzo de 2020, la Sub Gerencia de Planeamiento y Modernización, solicita la aprobación del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca, en cumplimiento a la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2021 BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC BAMBAMARCA Artículo Primero: APROBAR la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2021 de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc -Bambamarca, el mismo que consta de diez (10) capítulos, treinta (30) artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo texto íntegro forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo: FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Municipal en coordinación con los Gerentes responsables del Equipo Técnico, el cumplimiento de los fines y objetos de la presente Ordenanza, autorizando, a través de las unidades orgánicas pertinentes, las facilidades logísticas y financieras que sean necesarias para el cumplimiento de las actividades del desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo 2021. Artículo Cuarto: ENCARGsAR a la Sub Gerencia de Planeamiento y Modernización, y al equipo técnico, la ejecución de las acciones pertinentes para el cumplimiento de las disposiciones señaladas en el Reglamento aprobado en el artículo primero de la presente ordenanza. Artículo Quinto: ENCARGAR a Secretaría General y a la Sub Gerencia de Tecnología y Sistemas de la Información, la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc-Bambamarca. POR TANTO: Publíquese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO AGUILAR VÁSQUEZ Alcalde Provincial 1867879-1

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194 º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II Del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "los Gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, cuya autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos con sujeción al ordenamiento jurídico"; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que "corresponde al Concejo Municipal: 8) Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos"; en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4) y 5) del Artículo 20º de la citada norma legal, que establece "son atribuciones del Alcalde: 4) proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos. 5) Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación"; Que, el Artículo 98º de la norma antes acotada, establece que: "El Consejo de Coordinación Local Provincial es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Provinciales. Está integrado por el Alcalde Provincial que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores provinciales; por los Alcaldes distritales de la respectiva jurisdicción provincial y por los representantes de las organizaciones sociales de base comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, colegios profesionales, universidades, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel provincial, con las condiciones y atribuciones que le señala la presente ley ( ... )". Asimismo, el Artículo 101° de la ley en mención, señala que "El Consejo de Coordinación Local Provincial se rige por Reglamento aprobado por Ordenanza Provincial, durante el primer semestre de su funcionamiento, a propuesta del Consejo de Coordinación Local Provincial"; Que, con Informe N° 011-2020-MPH/GPPM/ SGPM, de fecha 03 de marzo de 2020, el Sub Gerente de Planeamiento y Modernización (e), alcanza el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Concejo de Coordinación Local (CCL), el mismo que establece las Disposiciones Generales, Conformación y Participación de los Miembros, Derechos y Deberes de los Miembros, Instalación y Funcionamiento del CCL; Que, con Informe N° 194-2020-MPH-BCA/GAJ, de fecha 03 de marzo de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, se pronuncia declarando procedente la aprobación del "Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Concejo de Coordinación Local (CCL) para el período 2020-2022"; Que, estando a lo dispuesto en los artículos 9° numeral 8), 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, contando con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores presentes, el concejo municipal aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL CONCEJO DE COORDINACIÓN LOCAL (CCL) PARA EL PERÍODO 2020 - 20222 Artículo Primero: APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Concejo de Coordinación Local (CCL) para el período 2020-2022. Artículo Segundo: ENCARGAR a Secretaría General y a la Sub Gerencia de Tecnología y Sistemas de la Información, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ANTONIO AGUILAR VÁSQUEZ Alcalde Provincial 1867879-2

Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Consejo de Coordinación Local (CCL) para el período 2020-2022
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2020-MPH-BCA Bambamarca, 5 de marzo de 2020 POR CUANTO: VISTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc ­ Bambamarca, en Sesión Ordinaria N° 0052020, de fecha 05 de marzo de 2020, el Informe N° 0112020-MPH/GPPM/SGP, de fecha 03 de marzo de 2020 y el Informe N° 194-2020-MPH-BCA/GAJ, respecto a la aprobación del "Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Concejo de Coordinación Local (CCL) para el período 2020-2022", y;