Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2020 (07/07/2020)


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NORMAS LEGALES

Martes 7 de julio de 2020 /

El Peruano

competentes, conforme al artículo 18 de la Ley del SEIA, respecto de los proyectos de depósitos, almacenes, instalaciones de embalaje, embolsado y similares, no comprendidos en las competencias sectoriales; proyectos sociales, productivos y de construcción a nivel local; Que, el Sistema Municipal de Gestión Ambiental para el cumplimiento de sus objetivos tiene como ente ejecutivo, supervisor y fiscalizador a la Gerencia de Desarrollo Ambiental, la cual tiene entre sus funciones la de supervisar la aplicación de medidas de prevención, control y mitigación de los impactos ambientales negativos, en coordinación con las autoridades nacionales y sectoriales; empleando los principios de contaminador-pagador, prevención y de precaución; así como la función de proponer las normas y reglamentos orientados a prevenir, controlar o mitigar los impactos ambientales negativos generados por las actividades socioeconómicas, tendientes a la prevención, protección y conservación del ambiente y los recursos naturales; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.2 del inciso 3 del artículo 80 de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, es competencia de las municipalidades distritales el regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales, disposición que debe ser ejercida en armonía con la precitada Emergencia Sanitaria a nivel nacional, dispuesta por el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, siendo por tanto en este contexto, correspondería como gobierno local, emitir una serie de disposiciones en resguardo de la salud pública y la vida de sus vecinos y ciudadanos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 024-2017-CMMPM/A, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ Tupa, De La Municipalidad Provincial de Melgar, documento de gestión de orden interno de la Entidad; Que, mediante Informe Nº 061-2020-GMAMPM-A/VCVC, de fecha 06 de junio del 2020, la Gerencia de Desarrollo Ambiental, solicita la aprobación de la "ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL BAJO COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR", y la Incorporación del Procedimiento Administrativo de Otorgamiento de Certificación Ambiental bajo la competencia de la Municipalidad Provincial de Melgar, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Entidad; Que, mediante Opinión Legal Nº 121-2020-MPM-A/ OAJ, de fecha 09 de junio del 2020, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Entidad, es de la opinión de declarar procedente la aprobación de la "ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL BAJO COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR", además de la incorporación del PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL BAJO LA COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR - Ordenanza Municipal Nº 024-2017-CM-MPM/A; Que, en Acuerdo de Concejo Municipal Nº 052-2020-CM-MPM/A, de fecha 12 de junio del 2020 ­ Sesión de Concejo Municipal, de fecha 11 de junio del 2020, el Pleno Concejo Municipal por MAYORIA aprueba "ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO

DE OTORGAMIENTO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL BAJO COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR", además de la incorporación del PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL BAJO LA COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR Ordenanza Municipal Nº 024-2017-CM-MPM/A; Que, la estructura orgánica del gobierno local la conforman, el Concejo Municipal como órgano normativo y fiscalizador, y la Alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que señala en la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 20, inciso 3 establece que son atribuciones del Alcalde: "Ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad"; Que, estando a lo expuesto, de conformidad con la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades; el pleno del Concejo Municipal por MAYORIA dictó la siguiente: "ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL BAJO COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR" Artículo Primero.- APROBAR, la "ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL BAJO COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR", QUE CONSTA DE CUARENTA Y DOS (42) ARTÍCULOS, UNA (01) DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA, UNA (01) DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Y CUATRO (04) ANEXOS. Artículo Segundo.APROBAR, LA INCORPORACIÓN del Procedimiento Administrativo de "OTORGAMIENTO DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL BAJO LA COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR", EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA, DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR APROBADO MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2017-CM-MPM/A, CONFORME EL CONTENIDO APROBADO EN EL ARTÍCULO PRIMERO. Artículo Tercero.- ENCARGAR, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Ambiental y demás dependencias de la Municipalidad Provincial de Melgar que tengan injerencia con la presente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- DISPONER, que la presente ordenanza entre en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el portal de la Municipalidad Provincial de Melgar. Dada en la Casa de Gobierno Municipal de la provincia de Melgar, POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y archive. ESTEBAN ALVAREZ CCASA Alcalde 1869968-2

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
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