Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2020 (07/07/2020)


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El Peruano / Martes 7 de julio de 2020

NORMAS LEGALES

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y grados académicos de los programas i) Maestría en Ingeniería Industrial; y, ii) Maestría en Ingeniería de Sistemas y Computación. Mediante Informe Nº 056-2020-SUNEDU-02-12 del 24 de abril de 2020, la Dilic informó al Consejo Directivo sobre la pertinencia de rectificar la Resolución del Consejo Directivo Nº 031-2018-SUNEDU/CD. 2. Sobre la rectificación de la Resolución del Consejo Directivo Nº 031-2018-SUNEDU/CD El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. En el presente caso, de la revisión de las Resoluciones Nº 989-2009-ANR del 5 de septiembre de 20091, Nº 0693-2012-ANR del 10 de agosto de 20122, Nº 05092013-ANR del 2 de abril de 20133, Nº 0619-2014 del 9 de abril de 20144 y el Decreto Nº 140-2016-ASOC del 14 de diciembre de 20165, presentados por la Universidad el 19 de mayo de 20176; los Planes curriculares y Planes de estudios de trece (13) de sus programas de posgrado7, presentados por la Universidad los días 24 de enero8 y 11 de septiembre de 20179; los Formatos de Licenciamiento A4 y A5, presentados por la Universidad los días 24 de enero10, 11 y 25 de septiembre11, y 29 de noviembre de 201712; y, la Declaración Jurada presentada por la Universidad el 19 de enero de 201813, en el marco de su procedimiento de licenciamiento institucional, se verificó que los grados que otorgan los siguientes programas de posgrado diferían de lo recogido en el Anexo Nº 01 de la Resolución del Consejo Directivo Nº 031-2018-SUNEDU/CD: i) Maestría en Educación: Investigación Pedagógica; ii) Maestría en Informática Educativa y Tecnologías de la Información y Comunicación; iii) Maestría en Educación: Antropología, Familia y Gestión; iv) Doctorado en Bienestar Social y Desarrollo Local; v) Maestría en Derecho de Familia y de la Persona; vi) Maestría en Derecho y Empresa; vii) Maestría en Persona, Matrimonio y Familia; viii) Maestría en Tributación y Fiscalidad Internacional; ix) Maestría en Administración y Dirección de Empresas; x) Maestría en Formación Directiva y Gobierno de las Personas; xi) Maestría en Bioética y Biojurídica; xii) Maestría en Enfermería; y, xiii) Doctorado en Enfermería. Al respecto, a continuación, se detallan dichas diferencias: - En el encabezado de la segunda columna de la Tabla denominada "PROGRAMAS DE SEGUNDA ESPECIALIDAD DE LA UNIVERSIDAD" del Anexo Nº 01 se consigna "DENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO QUE OTORGA"; sin embargo, de la información consignada en dicha columna se verifica que está referida a la denominación de los programas de segunda especialidad; por lo tanto, lo correcto es que el encabezado de dicha columna se denomine "DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGUNDA ESPECIALIDAD". - En el encabezado de la tercera columna de las Tabla denominada "PROGRAMAS NUEVOS DE SEGUNDA ESPECIALIDAD DE LA UNIVERSIDAD" del Anexo Nº 01 se consigna "DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS"; sin embargo, de la información consignada en dicha columna se verifica que está referida a la denominación de los programas de estudios vinculados; por lo tanto, lo correcto es que el encabezado de dicha columna se denomine "DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS VINCULADO". - En el Anexo Nº 01 se consignó como grado académico del programa Maestría en Educación: Investigación Pedagógica, "Maestro", siendo el grado académico: "Maestro en Educación: Investigación Pedagógica". Asimismo, se consignó un título profesional

para dicho programa; sin embargo, este no cuenta con título profesional. - En el Anexo Nº 01 se consignó como grado académico del programa Maestría en Informática Educativa y Tecnologías de la Información y Comunicación, "Maestro", siendo el grado académico: "Maestro en Informática Educativa y Tecnologías de la Información y Comunicación". Asimismo, se consignó un título profesional para dicho programa; sin embargo, este no cuenta con título profesional. - En el Anexo Nº 01 se consignó como grado académico del programa Maestría en Educación: Antropología, Familia y Gestión, "Maestro", siendo el grado académico: "Maestro en Educación: Antropología, Familia y Gestión". Asimismo, se consignó un título profesional para dicho programa; sin embargo, este no cuenta con título profesional. - En el Anexo Nº 01 se consignó como grado académico del programa Maestría en Derecho de Familia y de la Persona, "Maestro", siendo el grado académico: "Maestro en Derecho de Familia y de la Persona". Asimismo, se consignó un título profesional para dicho programa; sin embargo, este no cuenta con título profesional. - En el Anexo Nº 01 se consignó como grado académico del programa Maestría en Derecho y Empresa, "Maestro", siendo el grado académico: "Maestro en Derecho y Empresa". Asimismo, se consignó un título profesional para dicho programa; sin embargo, este no cuenta con título profesional. - En el Anexo Nº 01 se consignó como grado académico del programa Maestría en Persona, Matrimonio y Familia, "Maestro", siendo el grado académico: "Maestro en

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Resolución de creación de los programas de posgrado: i) Maestría en Investigación y Pedagógica; ii) Maestría en Ciencias de Enfermería; iii) Maestría en Dirección de Empresas; y, iv) Doctorado en Bienestar Social y Desarrollo Local. Resolución que resuelve el cambio de denominación de los programas de posgrado: i) Maestría en Investigación y Pedagógica por "Maestría en Educación: Investigación Pedagógica"; y, ii) Maestría en Ciencias de Enfermería por "Maestría en Enfermería". Resolución de creación de los programas de posgrado: i) Maestría en Informática Educativa y Tecnologías de la Información y Comunicación; ii) Maestría en Educación: Antropología, Familia y Gestión; iii) Maestría en Derecho de Familia y de la Persona; iv) Maestría en Derecho y Empresa; v) Maestría en Formación Directiva y Gobierno de las Personas; y, vi) Maestría en Bioética y Biojurídica. Además, autoriza el cambio de denominación del programa de posgrado: Maestría en Dirección de Empresas por "Maestría en Administración y Dirección de Empresas". Resolución que resuelve registrar oficialmente ante la Asamblea Nacional de Rectores el programa de posgrado: Doctorado en Enfermería. Emitido por el Presidente de la Asociación Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo, el cual aprueba la Resolución Nº 038-2014-USAT-R del 28 de febrero de 2014, que aprueba el programa de posgrado: Maestría en Persona, Matrimonio y Familia; y, la Resolución Nº 103-2015-USAT-R del 22 de septiembre de 2015, que aprueba el programa de posgrado: Maestría en Tributación y Fiscalidad Internacional. Con RTD Nº 17076-2017-SUNEDU-TD. Los programas a los que hace referencia son: i) Maestría en Educación: Investigación Pedagógica; ii) Maestría en Informática Educativa y Tecnologías de la Información y Comunicación; iii) Maestría en Educación: Antropología, Familia y Gestión Educativa; iv) Doctorado en Bienestar Social y Desarrollo Local; v) Maestría en Derecho de Familia y de la Persona; vi) Maestría en Derecho y Empresa; vii) Maestría en Persona, Matrimonio y Familia; viii) Maestría en Tributación y Fiscalidad Internacional; ix) Maestría en Administración y Dirección de Empresas; x) Maestría en Formación Directiva y Gobierno de las Personas; xi) Maestría en Bioética; xii) Maestría en Enfermería; y, xiii) Doctorado en Enfermería. Con RTD Nº 002003-2017-SUNEDU-TD. Con RTD Nº 31854-2017-SUNEDU-TD. La Universidad presentó el plan curricular corregido de los programas: Maestría en Educación: Antropología, Familia y Gestión Educativa por Maestría en Educación: Antropología, Familia y Gestión; y Maestría en Bioética por Maestría en Bioética y Biojurídica. Con RTD Nº 002003-2017-SUNEDU-TD. Con RTD Nº 31854-2017-SUNEDU-TD y RTD Nº 34046-2017-SUNEDUTD. Con RTD Nº 042430-2017-SUNEDU-TD. Con RTD Nº 02406-2018-SUNEDU-TD.