Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2020 (07/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Martes 7 de julio de 2020

NORMAS LEGALES

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a) Un/a representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien lo preside; b) Un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; c) Un/a representante del Ministerio del Ambiente; d) Un/a representante del Ministerio de Economía y Finanzas; e) Un/a representante del Ministerio de Energía y Minas; f) Un/a representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima; g) Un/a representante de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao. 2.2 Los representantes del Grupo de Trabajo Multisectorial ejercen sus funciones ad honorem y pueden contar con un representante alterno. Artículo 3. Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Elaborar la matriz de actividades estratégicas que permitan la mitigación de los Gases de Efecto Invernadero en el sector transporte urbano. b) Elaborar el informe final que sustente la matriz de actividades estratégicas, el mismo que, debe ser presentado al titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 4. Designación de los representantes Los/las representantes titulares y alternos que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial se acreditan mediante comunicación escrita de la máxima autoridad administrativa de las entidades públicas, dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5. Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo 5.1 La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 5.2 La Secretaría Técnica brinda al Grupo de Trabajo Multisectorial el apoyo técnico y administrativo para su funcionamiento y cumplimiento de su objeto, determina la frecuencia de las sesiones en coordinación con los representantes del Grupo de Trabajo Multisectorial, lleva el registro de los acuerdos y custodia de sus actas u otra documentación relevante para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 6. Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación la presente Resolución Ministerial. Artículo 7. Colaboración, asesoramiento y apoyo Para el cumplimiento de su objeto, el Grupo de Trabajo Multisectorial, a través de la Secretaría Técnica, puede convocar a representantes de otras entidades públicas o privadas, organizaciones de la sociedad civil o profesionales especializados/as en la materia, nacionales o internacionales, a efectos que contribuyan con el cumplimiento de sus funciones. Artículo 8. Plazo de vigencia El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene un plazo de ciento ochenta (180) días calendarios, contados desde su instalación para presentar la matriz de actividades estratégicas y el informe final, con lo cual culmina su vigencia. Artículo 9. Financiamiento El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial, se financia con cargo al presupuesto

institucional de las entidades que integran el mismo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1869904-1

ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Jefe del Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información de la BNP
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000078-2020-BNP-J Lima, 6 de julio de 2020 VISTOS: El Informe N° 000130-2020-BNP-GG-OA y el Informe N° 000469-2020-BNP-GG-OA-ERH, ambos de fecha 02 de julio de 2020, de la Oficina de Administración y de su Equipo de Trabajo de Recursos Humanos, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 000077-2020BNP se aceptó la renuncia del señor Artemio Martín López Saldaña en el cargo de confianza de Jefe del Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios Sede San Borja de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, ahora Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, con efectividad al 06 de julio de 2020; Que, se ha visto por conveniente designar al/a la servidor/a que ejercerá el cargo de confianza de Jefe/a del Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; Que, la Oficina de Administración hizo suyo el Informe N° 000469-2020-BNP-GG-OA-ERH de su Equipo de Trabajo de Recursos Humanos, el cual concluyó que el profesional propuesto para ocupar el cargo de Jefe del Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información cumple con el perfil y requisitos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos de la Biblioteca Nacional del Perú, en armonía con lo dispuesto en el vigente reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional de la entidad; Con el visado de la Gerencia General, la Oficina de Administración, la Oficina de Asesoría Jurídica; y, el Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al señor Sandro Tucto Trigoso en el cargo de confianza de Jefe del Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información de la Biblioteca Nacional del Perú, a partir del 07 de julio de 2020.