Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2020 (07/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Martes 7 de julio de 2020

NORMAS LEGALES

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16. Aprobar las metodologías específicas para la identificación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación y la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión y fichas técnicas para formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión que se enmarquen en el ámbito de responsabilidad funcional del Sector, las cuales son aplicables a los tres niveles de gobierno. Estas metodologías específicas y fichas técnicas deben ser consistentes con la metodología general aprobada por la DGPMI, debiendo ser remitidas a esta con el informe técnico respectivo previo a su aprobación. (...) 21. Promover la revisión periódica de las normas técnicas sectoriales y participar en su actualización, en coordinación con las UF, UEI y los órganos técnicos normativos competentes, de acuerdo a los servicios de los cuales el Sector es responsable funcionalmente, cuando corresponda. (...) 10.4 Las OPMI de los Sectores remiten a la DGPMI hasta antes del 30 de junio de cada año, las actualizaciones de los niveles de servicios y estándares de calidad disponibles asociados a los servicios de los cuales el Sector es responsable funcionalmente, así como los nuevos niveles de servicios y estándares de calidad aprobados por los órganos técnicos normativos competentes." "Artículo 13. De las UEI (...) 13.3 Las UEI cumplen las funciones siguientes: (...) 4. Registrar y mantener actualizada la información del avance físico y financiero de todos los componentes de las inversiones a su cargo en el Banco de Inversiones de manera mensual, conforme a la directiva establecida por la DGPMI. (...)". "Artículo 14. Fase de Programación Multianual de Inversiones (...) 14.11 La incorporación de inversiones no previstas en el PMI es registrada por la OPMI, la que es responsable de sustentar técnica y financieramente dichas incorporaciones. Dichas inversiones deben cumplir necesariamente con los criterios de priorización aprobados y registrados en el PMI. 14.12 En caso una inversión sea ejecutada, de manera conjunta, por más de una entidad del Gobierno Nacional de distintos sectores, ésta se registra en la cartera de inversiones del PMI del sector al que dicha inversión contribuya con el cierre de sus brechas de infraestructura o de acceso a servicios. En caso que los GR y GL ejecuten una inversión, deben acordar el PMI en el cual se registra la misma. 14.13 Las inversiones de los GR y GL financiadas con transferencias del Gobierno Nacional que cumplan con los criterios de priorización que aprueban los Sectores, se consideran en el PMI del Sector que efectúa la transferencia. Las inversiones de los GR y GL financiadas con transferencias de otros GR o GL, se consideran en el PMI según el acuerdo de las entidades involucradas." "Artículo 15. Fase de Programación Multianual de Inversiones de las empresas públicas bajo el ámbito del FONAFE, incluido ESSALUD 15.1. (...) 1. El Directorio o el órgano que haga sus veces en la empresa o el Gerente General, según corresponda,

aprueba el PMI y sus modificaciones, asimismo designa al órgano encargado de elaborar el PMI. En el caso de ESSALUD las referidas funciones son asumidas por el Presidente Ejecutivo. (...)." Artículo 2. Incorporación de disposiciones en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252 Incorpóranse los incisos 21 y 22 al numeral 8.2 del artículo 8, el inciso 6 al numeral 9.3 del artículo 9, el inciso 26 al numeral 10.3 del artículo 10, el numeral 14.14 al artículo 14 y el numeral 20.5 al artículo 20 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF, cuyos textos son los siguientes: "Artículo 8. Del ente rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (...) 8.2 Son funciones de la DGPMI: (...) 21. Efectuar, de oficio, la desactivación de inversiones en el Banco de Inversiones que no cumplan con los criterios establecidos en la directiva correspondiente. 22. Facilitar a los órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones mecanismos para el seguimiento físico y financiero de las inversiones, así como el monitoreo de la fase de Ejecución de las inversiones." "Artículo 9. Del OR (...) 9.3 El OR del Sector, además de la función establecida en el párrafo 9.2, y los OR de los GR y GL tienen las funciones siguientes: (...) 6. Realizar el seguimiento de las inversiones en la fase de Ejecución y conformar el comité de seguimiento de inversiones del Sector, GR y GL. Para el caso de entidades o empresas públicas pertenecientes al Sector, GR y GL, el OR realiza sus funciones de seguimiento a través del Titular o la máxima autoridad de dichas entidades o empresas públicas." "Artículo 10. De la OPMI del Sector (...) 10.3 La OPMI del Sector tiene las funciones siguientes: (...) 26. Emitir opinión sobre la pertinencia de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional contenidas en el PMI de los GR y GL, de acuerdo con los criterios de cierre de brecha de infraestructura o de acceso a servicios y los establecidos por la DGPMI, en coordinación con los sectores respectivos." "Artículo 14. Fase de Programación Multianual de Inversiones (...) 14.14 En el caso de inversiones de entidades del Gobierno Nacional que se financien con fondos públicos de otras entidades del Gobierno Nacional, estas se programan en la cartera de inversiones del PMI del Sector al que dichas inversiones contribuyan con el cierre de sus brechas de infraestructura o de acceso a servicios." "Artículo 20. Convenios para las fases del Ciclo de Inversión (...) 20.5 Las entidades del Gobierno Nacional de diferentes sectores pueden celebrar convenios entre sí