Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2020 (20/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de febrero de 2020 /

El Peruano

se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar la referida resolución en el diario oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3692019-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con Oficio Nº 002233-2019-CG/DC, la Contraloría General de la República solicita a la Defensoría del Pueblo, que efectúe la transferencia financiera para el periodo auditado 2019, conforme al Anexo N° 002233-2019-CG/ DC, para cubrir los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría; Que, a través de la Resolución Defensorial N° 0182019/DP, de fecha 22 de noviembre de 2019, se aprobó la Transferencia Financiera de S/ 56,301.00, por la fuente de Recursos Ordinarios, con cargo al presupuesto institucional 2019 a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente al 50% de la retribución económica destinado a la contratación de la sociedad auditora externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2019; Que, mediante el Memorando N° 0067-2020-DP/ OAF, la Oficina de Administración y Finanzas solicita la Certificación de Crédito Presupuestario por el monto de S/ 56,301.00 correspondiente al 50% de la retribución económica, que incluye el 18% de IGV, a favor de la Contraloría General de la República para cancelar la previsión presupuestal realizada en el ejercicio 2019, con cargo al presupuesto institucional 2020; Que, el Informe N° 006-2020-DP/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que: "(...) es factible otorgar la conformidad a la disponibilidad presupuestal (...)", para realizar la segunda transferencia del 50% a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la sociedad auditora externa, con cargo al presupuesto institucional 2020, por el monto ascendente a S/ 56,301.00 (CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES); Que, estando a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con los visados de la Secretaría General y de las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los literales d) y q) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 007-2019/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Unidad Ejecutora 001: Defensoría del Pueblo hasta por la suma de S/ 56,301.00 (CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2019. Artículo Segundo.- La transferencia financiera autorizada en el artículo precedente se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Unidad Ejecutora 001: Defensoría del Pueblo, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica de Gasto: 2.4.1 Donaciones

y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1 3 1 1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- Los recursos autorizados en el Artículo Primero no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Institucional de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER GUTIÉRREZ CAMACHO Defensor del Pueblo 1857157-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial de la Universidad Nacional de Ingeniería
(Se publica la presente Resolución Rectoral a solicitud de la Universidad Nacional de Ingeniería, mediante Oficio Nº 0174-SG-UNI/2020, recibido el 18 de febrero de 2020) UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0456 Lima, 22 de marzo de 2019 Visto el Expediente STDUNI Nº 2019-24872 presentado por el señor Juan Pablo Gonzales Yataco, quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial; CONSIDERANDO: Que, el señor Juan Pablo Gonzales Yataco, identificado con DNI Nº 21811993, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial; por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modificado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 088-2019-UNI/SG/GT de fecha 11.03.2019, precisa que el diploma del señor Juan Pablo Gonzales Yataco, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 02, página 169, con el número de registro 5822; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Nº 06-2019, realizada el 18.03.2019, previa revisión y verificación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial al señor Juan Pablo Gonzales Yataco; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Extraordinaria Nº 05 de fecha 20 de marzo del 2019, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias