Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2020 (20/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de febrero de 2020 /

El Peruano

Vía de la Dirección de Infraestructura, resulta legalmente viable la aprobación de la ejecución de expropiación del área del inmueble afectado por la Obra y su respectivo valor de tasación; De conformidad con lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial Nº 959-2019 MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Autopista del Sol (Trujillo ­ Chiclayo ­ Piura - Sullana)"; y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 82,496.90, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles

siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagada directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO ­ CHICLAYO ­ PIURA ­ SULLANA)" IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE N° SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO PAS-EV04-CCPB-045 AREA AFECTADA: 2,266.39 m2 AFECTACIÒN: PARCIAL VALOR DE LA TASACIÒN (S/.)

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA: Vértices Lado A B C D E A-B B-C C-D D-E E-F Distancia (m) 33.47 23.50 15.86 11.66 11.49 WGS 84 Este(X) Norte(Y) 690412.6811 9144040.3217 690384.4211 9144022.3817 690362.8911 9144012.9617 690347.1911 9144010.7217 690336.4311 9144015.2017

1

Por el Norte: COLINDA CON TROCHA CARROZABLE, con una línea quebrada de 03 tramos: tramo G-H de 15.79 m, tramo H-I de 44.92 m y tramo I-J de 27.00 m. Por el Sur: COLINDA CON INST. NACIONAL DE LA INVESTIGACION AGRARIA ­ INIA con una línea quebrada de 04 tramos: tramo D-C de 15.86 m, tramo C-B de 23.50, tramo B-A de 33.47 m y tramo A-K de 10.21 m. -MARIA CELINA Por el Este: COLINDA CON LA U.C. 189, con una línea recta de MINISTERIO DE OCAS CHAVEZ 01 tramo: tramo J-K de 19.21 m. TRANSPORTES Y - SEGUNDO Por el Oeste: COLINDA CON LA U.C. 189 con una línea COMUNICACIONESGASPAR quebrada de 03 tramos: tramo G-F de 10.25 m, tramo F-E de PROVIAS NACIONAL GALLARDO 11.49 m y tramo E-D de 11.66 m. RAMOS - PARTIDA REGISTRAL: N° 04038807, perteneciente a la Oficina Registral de Trujillo - Zona Registral N° V - Sede Trujillo. - CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRA: Emitido con fecha 17/12/2019 (Informe Técnico N° 12299-2019-ZRNV-SEDE TRUJILLO/UREG/CAT) expedido por la Oficina Registral de Trujillo de la Zona Registral N° V- Sede Trujillo. - CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: emitido en fecha 30.07.2018 por la Oficina Registral de Trujillo de la Zona Registral N° V- Sede Trujillo.

F

F-G

10.25

690329.2511 9144024.1717

82,496.90

G H I J K

G-H H-I I-J J-K K-A

15.79 44.92 27.00 19.21 10.21

690333.2911 9144033.5917 690348.2239 9144038.7262 690390.7011 9144053.3317 690416.3419 9144061.7883 690422.3699 9144043.5523

1857281-1