Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2020 (20/02/2020)


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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de febrero de 2020 /

El Peruano

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a la señora CATHERINE GINETTE GARGUREVICH CALMET y al señor JIMMY ARMANDO JARA DOMÍNGUEZ, para conocimiento; y, a la Unidad de Recursos Humanos para los fines correspondientes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano; y, en el mismo día, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace (www.senace. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MARTÍN BARANDIARÁN GÓMEZ Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles 1857006-1

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinado a realizar la auditoría correspondiente al ejercicio 2019
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 022-2020-SMV/02 Lima, 18 de febrero de 2020 El Superintendente del Mercado de Valores VISTOS: El Expediente N° 2019038470 y el Informe Conjunto N° 192-2020-SMV/07/08 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Administración de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV. CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 20 de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, de acuerdo con lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; Que, por Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG publicada el 23 de octubre de 2019, la CGR aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la CGR; Que, con Resolución de Superintendente N°1342019-SMV/02 del 25 de noviembre de 2019, se aprobó

la Transferencia Financiera por el 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) por S/ 67 561,00 y el pago de S/ 13 741,22 por derecho de designación o supervisión de sociedades de auditoría, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 de la SMV, a favor de la Contraloría General de la República, destinados a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizaría la auditoría de la SMV correspondiente al ejercicio 2019; Que, teniendo en cuenta que la SMV ha cumplido con efectuar la primera transferencia financiera solicitada y habiéndose iniciado la ejecución del ejercicio fiscal 2020, corresponde efectuar la segunda transferencia financiera por el 50% de la retribución económica que incluye el IGV, por el importe de S/ 67 561,00 (sesenta y siete mil quinientos sesenta y uno y 00/100 soles); Que, se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia a favor de la Contraloría General de la República por el monto ascendente a S/ 67 561,00, para el financiamiento total de la contratación de la sociedad de auditoría externa que será designada para realizar la auditoría del ejercicio 2019; y, Estando a lo señalado y conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742; y el Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y sus modificatorias; RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 058: Superintendencia del Mercado de Valores, Unidad Ejecutora 001: Superintendencia del Mercado de Valores [001274] hasta por la suma de S/ 67 561,00 (sesenta y siete mil quinientos sesenta y uno y 00/100 soles) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinada al financiamiento total de la contratación de la sociedad de auditoría externa que realiza la auditoría correspondiente al ejercicio 2019 de la Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 058: Superintendencia del Mercado de Valores, Unidad Ejecutora 001: Superintendencia del Mercado de Valores [001274], Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1 3. 1 1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer que la presente resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 1856934-1