Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2020 (20/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 20 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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sobre la dificultad de encontrar al maestro, y cómo esto incidió en el proceso de aprender y madurar los temas que aprendió de él: el huayno Dígame en secreto (Vaso de cristal), la muliza Destino, y sus huaylarsh Casarme quiero y Hermanoshray; Que, no existe un consenso sobre la cantidad total de composiciones que conforman la obra musical de Zenobio Dagha, hallándose estimados que van desde los cerca de 600 hasta los más de 900 temas. De acuerdo al testimonio del propio autor y compositor, recogido por Apolinario Mayta Inga en una publicación de 2005, este habría llegado a registrar hasta ese momento un total de 686 composiciones en la APDAYC ­ Asociación Peruana de Autores y Compositor. Sin embargo, luego de cotejar la información proporcionada por esta misma entidad junto con referencias a otros temas atribuidos a Zenobio Dagha, se ha podido identificar que su obra musical estaría compuesta por un mínimo de 607 temas. Que, los géneros musicales que mejor la representan son el huayno, el huaylarsh y la muliza, junto a otras formas musicales asociadas a danzas ampliamente practicadas en el valle del Mantaro tales como el santiago, la chonguinada y la tunantada. No obstante, como destaca Raúl R. Romero, Zenobio Dagha siempre resaltó que su obra no se limitaba a lo que podía ser entendido como música regional, sino que incluía también temas en ritmo de guaracha cubana, pasodoble español, así como valses y polkas criollas. Es importante recordar que el huaylarsh, la tunantada, y la muliza han sido declaradas Patrimonio Cultural de la Nación. Por tanto, la capacidad creativa del maestro Zenobio Dagha contribuyó de manera directa a poner en valor, difundir y salvaguardar estas formas de música y danza en tanto expresiones del patrimonio cultural inmaterial de la región central del país; Que, entre los huaynos que han alcanzado mayor proyección es necesario mencionar temas como Dígame en secreto (Vaso de cristal), Sola siempre sola, Yo soy huancaíno por algo, Hermelinda (Carhuamayo) y Traición. Asimismo, las mulizas con fugas de huayno Mi Chupuro, Destino y Yo soy de Huancayo. Y, por supuesto, huaylarsh como los antes mencionados Casarme quiero y Hermanoshray. Además de la Orquesta Típica Juventud Huancaína, sus temas fueron interpretados por grandes figuras del folklore nacional. Así, junto a Alicia Maguiña, debe recordarse a las voces de Víctor Alberto Gil Mallma (Picaflor de los Andes), Leonor Chávez Rojas (Flor Pucarina) y Agripina Castro (Cusi Urpi). En el ámbito internacional, por otro lado, destaca la ejecución de su tema Hermanoshray por parte de Inti Illimani, icónica agrupación chilena de nueva canción y música latinoamericana; Que, en cuanto a los huaylarsh, cabe mencionar que alrededor de 50 temas del listado de la obra musical de Zenobio Dagha Sapaico corresponden a este género, evidenciando la relevancia que este tuvo en su corpus creativo. Se atribuye al tema Huaylarsh de Huancán o Huaylarsh águila Huancán, estrenado en 1952 en el distrito de Huancán por la Orquesta Típica Juventud Huancaína, ser el primer ejemplo de un huaylarsh moderno; Que, es importante no limitar la valoración de la obra musical de Zenobio Dagha a la cantidad de temas que escribió o compuso, sino también considerar sus aportes a nivel de estilo y ejecución musical. Claude Ferrier, investigador suizo, aborda precisamente tal aspecto llamando la atención sobre ciertos ornamentos recurrentes en las introducciones con violín de tunantadas, chonguinadas y huaylarsh. Primero, el uso de trémolos en posible combinación con tresillos para aumentar la tensión en la melodía, y que es reconocida coloquialmente por violinistas del centro como introducción tipo Zenobio. Y segundo, el uso de acordes de tres notas seguidos del mismo efecto de trémolo, en especial para la ejecución de tunantadas. Otras particularidades que señala el autor en el estilo musical de Zenobio Dagha es la utilización de la tonalidad de mi menor y su relativo de sol mayor, algo inusuales en el contexto de la música del centro del país; Que, la obra y trayectoria musical de Zenobio Dagha se volvieron centro de atención y reconocimiento desde temprano, como lo evidencian dos diplomas de honor otorgados en 1952. El primero de parte del Concejo Distrital de Huayucachi, por su presentación en un

concurso folklórico organizado durante las fiestas de carnaval, donde estrena Brisas del Mantaro. Y el segundo, de la Dirección de Educación Pública y Extensión Cultural del Ministerio de Educación Pública, por su interpretación de danzas del centro en el Coliseo "Bolívar" de la ciudad de Lima. Este último fue firmado por José María Arguedas, entonces jefe de la Sección de Folklore y Bellas Artes dentro de la referida Dirección; Que, iniciado el siglo XXI, cuatro distinciones dejarían en claro el rol fundamental jugado por el maestro Dagha en la construcción de la identidad musical de la región central del país. En 2001, la Dirección Departamental de Cultura de Junín lo felicitó y reconoció como Patrimonio Cultural Vivo de la Nación Wanka. En 2002, la Municipalidad Provincial de Huancayo lo declaró Ciudadano Ilustre de la Ciudad Incontrastable de Huancayo, por contribuir al desarrollo de la cultura material y espiritual de la nación Wanka. En 2003, el rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos le otorga el Premio San Marcos a la Excelencia Artística, en atención a su importante contribución al desarrollo de la música popular peruana y a la música regional wanka. Por último, el mismo año, la Municipalidad Distrital de Chupuro lo declaró Hijo predilecto del distrito de Chupuro en reconocimiento a su destacada labor artística como músico, compositor, y violinista; Que, a lo largo de su trayectoria artística, el maestro Zenobio Dagha también recibió importantes distinciones de alcance nacional. En 1988, por ejemplo, el Ministerio de Educación lo condecoró con las Palmas Artísticas en consideración de su extraordinario aporte a la cultura y arte popular peruano. En 1995, recibió la Medalla Kuntur del Premio Nacional de Folklore del Instituto Nacional de Cultura junto con otros 99 distinguidos intérpretes musicales peruanos, en reconocimiento a su labor en la difusión del arte folklórico nacional. Mientras que en 2003 fue una de las primeras 12 personas en recibir la Medalla de Honor de la Cultura Peruana, dada por la misma entidad en el marco de las actividades conmemorativas por el Día Mundial del Folklore. Por último, en 2005 el Congreso de la República le concedió una pensión de gracia en mérito a su destacada trayectoria como intérprete y compositor de música folklórica peruana; Que, conjuntamente con las referencias históricas, el Informe N° 000024-2020-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, detalla las características, importancia, valor, alcance y significados de la Obra musical de Zenobio Dagha Sapaico, motivo por el cual, dicho informe técnico constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 338-2015MC, se aprobó la Directiva Nº 003-2015-MC, "Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial y de la Obra de Grandes Maestros, Sabios y Creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural", en la que se señala los lineamientos y normas para la tramitación interna del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Despacho del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0112006-ED; el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC. SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación, en el rubro de Obra de Gran Maestro, a la Obra musical de Zenobio Dagha Sapaico, considerando que legitimó