Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2019 (14/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Sábado 14 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1807284-3

Aprueban "Directiva Sanitaria para la Implementación de la Visita Domiciliaria por parte del Personal de la Salud para la Prevención, Reducción y Control de la Anemia Materno Infantil y Desnutrición Crónica Infantil"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 834-2019/MINSA Lima, 11 de setiembre del 2019 Visto, el Expediente N° 19-069444-001/002 que contiene el Informe N° 022-2019-JMO-UFANS-DGIESP/ MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, el numeral V del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud dispone que es responsabilidad del Estado vigilar, cautelar y atender, entre otros, los problemas de desnutrición de la población; Que, el artículo 123 de la acotada Ley establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional, que tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, en los literales a) y b), del artículo 5 de la precitada Ley, se señala que son funciones rectoras del Ministerio de Salud: formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud y buenas prácticas en salud; y, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 249-2017/ MINSA, se aprobó el Documento Técnico: Plan Nacional para la Reducción y Control de la Anemia Materno Infantil y la Desnutrición Crónica Infantil en el Perú: 2017-2021, cuyo quinto objetivo estratégico menciona que, la visita domiciliaria se constituye en un espacio fundamental para fortalecer la adopción de prácticas como parte del circuito entre la consejería en el servicio de salud (atención infantil o prenatal) y la sesión demostrativa de preparación de alimento; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, y sus modificatorias, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente, entre otros, para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas en salud pública en materia de Intervenciones por curso de vida y cuidado integral y promoción de la salud;

Que, el literal b) del artículo 64 del precitado Reglamento, establece como una de las funciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública: proponer, evaluar y supervisar la implementación de políticas, normas, lineamientos y otros documentos normativos materia de intervenciones estratégicas en Salud Pública; Que, mediante el documento del visto; y, en el marco de sus competencias funcionales, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha elaborado la propuesta de Directiva Sanitaria que establece los criterios para la implementación de la visita domiciliaria por parte del personal de la salud, a fin de contribuir al desarrollo y bienestar de niñas, niños, gestantes y puérperas en el marco de la atención integral de salud; Que, en el marco de lo requerido por las "Normas para la elaboración de documentos normativos del Ministerio de Salud", aprobado por Resolución Ministerial N° 850-2016/ MINSA, la Dirección General de Operaciones en Salud mediante Informe N° 004-2019-NCL-DIMON y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del Informe N° 216-2019-OPEE-OGPPM/MINSA, emitieron opinión favorable para la aprobación de la Directiva Sanitaria para la Implementación de la Visita Domiciliaria por parte del Personal de la Salud para la Prevención, Reducción y Control de la Anemia Materno Infantil y Desnutrición Crónica Infantil; Que, mediante el Informe N° 534-2019-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal; Que, conforme a lo expuesto, se ha cumplido con los requisitos legales establecidos para la aprobación de la Directiva Sanitaria para la Implementación de la Visita Domiciliaria por parte del Personal de la Salud para la Prevención, Reducción y Control de la Anemia Materno Infantil y Desnutrición Crónica Infantil, siendo pertinente expedir el acto resolutivo correspondiente; Con las visaciones del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA y Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Sanitaria N°086MINSA/2019/DGIESP-V.01 "Directiva Sanitaria para la Implementación de la Visita Domiciliaria por parte del Personal de la Salud para la Prevención, Reducción y Control de la Anemia Materno Infantil y Desnutrición Crónica Infantil", que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, en el marco de sus funciones, la difusión, monitoreo, supervisión y evaluación del cumplimiento de la presente Directiva Sanitaria. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1807284-4