Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2019 (14/09/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 123

El Peruano / Sábado 14 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

123

que el niño y el adolescente tienen derecho a la libertad de asociarse con fines lícitos y a reunirse pacíficamente, y que sólo los adolescentes podrán constituir personas jurídicas de carácter asociativo sin fines de lucro, pudiendo los niños adherirse a dichas asociaciones; Que, estas asociaciones son reconocidas por los gobiernos locales y pueden inscribirse en los Registros Públicos por el solo mérito de la resolución municipal de reconocimiento; Que, el artículo 20º del Código de la materia, establece que el Estado estimulará y facilitará la aplicación de recursos y espacios físicos para la ejecución de programas culturales, deportivos y de recreación dirigidos a niños y adolescentes; En ese contexto, los municipios canalizarán los recursos y ejecutarán programas con la colaboración y concurso de la sociedad civil y de las organizaciones sociales; Que, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en su condición de ente rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente, aprueba la constitución del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes mediante la Resolución Ministerial Nº 355-2009 y su modificatoria, para el ámbito nacional; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó la Ordenanza Nº1499-MML, que crea el Consejo Consultivo (CCONNA ­ LM), que constituye un espacio de participación de carácter exclusivamente consultivo, conformada por niños, niñas y adolescentes elegidos democráticamente y que representen a diferentes grupos espacios y formas de organización. Que, a través de la Ley Nº 28487, otorga la condición con rango de Ley al Decreto Supremo Nº 001-2012-MIMP, el mismo que aprueba el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012- 2021, documento marco de las acciones, organigramas y estrategias que deberán asumir y ejecutar los diferentes sectores e instituciones del Estado y la Sociedad Civil para lograr el cumplimiento de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE SURQUILLO (CCONNA ­ SURQUILLO) Artículo Primero.- APROBAR la constitución del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Surquillo, en adelante CCONNA ­ SURQUILLO, con el objetivo de promover la participación y proponer políticas públicas locales sobre niñez y adolescencia que los involucra e interesa. Artículo Segundo.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Es de aplicación obligatoria en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital del Surquillo a través de la Gerencia de Desarrollo Social, Educación y Juventudes y la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente (DEMUNA). Artículo Tercero.- MIEMBROS DEL CONSEJO CONSULTIVO El Consejo Consultivo estará constituido por los alumnos de las instituciones educativas y/o grupos de niños, niñas y adolescentes organizados y que sus edades oscilan entre los diez (10) y diecisiete (17) años. El Consejo Consultivo está conformado por diez (10) miembros, elegidos de forma equitativa cinco (05) varones y cinco (05) mujeres. Siendo la edad máxima para su designación, los dieciséis (16) años. Los cargos tienen una vigencia de un (01) año a partir de la constitución del Consejo. Artículo Cuarto.- FUNCIONES - Elaborar y presentar propuestas de política en materia de niñez y adolescencia ante la Municipalidad Distrital de Surquillo.

- Emitir opinión sobre las consultas que realicen en materia de políticas sobre niñez y adolescencia. - Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y políticas que los afecten. - Promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes en coordinación con la Oficina de DEMUNA. - Promover el registro de los niños, niñas y adolescentes, para el proceso de elección de representantes. - Convocar y difundir a todas las organizaciones de niños, niñas y adolescentes para el proceso de elección de representantes. Artículo Quinto.- CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA DEL CCONNA ­ SURQUILLO La conformación de la Comisión Organizadora del CCONNA ­ Surquillo, está integrada por: - Gerencia de Desarrollo Social, Educación y Juventudes. - Subgerencia de Juventudes y Deportes. - Subgerencia de PROMAPED, DEMUNA y REGISTROS CIVILES - Tres (03) representantes de las organizaciones de niños, niñas y adolescentes. - Tres (03) representantes de las instituciones de la sociedad civil que asesoran y trabajan con las organizaciones de niños, niñas y adolescentes. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social, Educación y Juventudes la instalación de la Comisión Organizadora del CCONNA ­ SURQUILLO en conjunto con los representantes de diferentes grupos, espacios y otras formas de organización a fin de cumplir las siguientes funciones: 1.- Elaborar la metodología para constituir de manera representativa el CCONNA ­ SURQUILLO, en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de su instalación. 2.- Elaborar el Reglamento de Organización y Funciones del CCONNA ­ SURQUILLO, la misma que será aprobada a través de Decreto de Alcaldía. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Estadística e Informática, la publicación de la presente Ordenanza en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo. gob.pe). Artículo Octavo.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 1807082-1

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 430-MDS, que aprobó beneficio tributario denominado Fomento de la Inversión Comercial en el distrito de Surquillo
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2019-MDS Surquillo, 28 de agosto de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Memorando Nº 894-2019-GM-MDS de fecha 28 de agosto de 2019, emitido por la Gerencia Municipal;