Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2019 (24/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Miércoles 24 de julio de 2019

NORMAS LEGALES
VISTO:

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CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40 de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante Concurso Público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que configurada la situación prevista en el artículo 40 del mismo cuerpo legal, se expedirá la Resolución Directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por Concurso Público; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones ha hecho suyo el Informe Nº 15372019-MTC/28.01, mediante el cual la Dirección de Servicios de Radiodifusión da cuenta que en la banda y localidades que se detallan a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por Concurso Público; correspondiendo, además, expedir la resolución que así lo declare:
MODALIDAD BANDA LOCALIDAD Huarmey Jauja Andarapa Ocobamba DEPARTAMENTO Ancash Junín Apurímac Cusco SOLICITUDES ADMITIDAS 3 3 5 2 FRECUENCIAS DISPONIBLES 2 1 4 1

La Nota Informativa Nº 087-2019-INBP/GG, de fecha 22 de julio de 2019, de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1260 fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, el artículo 22° del Decreto Legislativo Nº 1260 establece que el organismo público ejecutor Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú regulado por la Ley Nº 27067, modifica su denominación por "Intendencia Nacional de Bomberos del Perú", la misma que adecúa su estructura orgánica y funciones conforme a la citada norma; asimismo, la sétima disposición complementaria transitoria establece que toda disposición que haga mención al Organismo Público Ejecutor "Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú", se considera referido a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Resolución Suprema Nº 121-2018-IN del 23 de noviembre del 2018, se encargó al Mag. Charles Edward Hallenbeck Fuentes las funciones de Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, el numeral 1.12 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, menciona que las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la información que administren, sin expresión de causa, salvo aquellas que afectan la intimidad personal, las vinculadas a la seguridad nacional o las que expresamente sean excluidas por ley; Que, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 0432003-PCM, modificado con la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 1353, tiene por finalidad promover la transparencia y acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; estableciendo que el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del Principio de Publicidad; Que, conforme al segundo párrafo del artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modificado con la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 019-2017JUS, la designación del o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal, se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad en la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 2132018-INBP de fecha 20 de diciembre de 2018, se designó al Abog. Jhon Cárcamo Litano, ex servidor de la Oficina de Asesoría Jurídica, como responsable de brindar la información que demanden los administrados, ante la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, es necesario designar al nuevo responsable de brindar la información que demanden los administrados ante la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, quien conforme a sus obligaciones detalladas en los artículos 5° y 6° del citado Reglamento, deberá dentro de los plazos y las condiciones pre-establecidas brindar la información; Que, conforme lo establece el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal, se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Radiodifusión sonora

FM

De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modificatorias, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de este Ministerio, aprobado por Resolución Ministerial Nº 145-2019-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidades que se detallan a continuación, serán otorgadas mediante Concurso Público:
MODALIDAD Radiodifusión sonora BANDA LOCALIDAD Huarmey FM Jauja Andarapa Ocobamba DEPARTAMENTO Ancash Junín Apurímac Cusco

Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIELLA ROSA CARRASCO ALVA Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1790963-1

ORGANISMOS EJECUTORES

INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU
Designan responsable de brindar información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 105-2019-INBP San Isidro, 22 de julio de 2019