Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2019 (24/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Miércoles 24 de julio de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC Adecúase los procedimientos administrativos que se encuentren contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2018-IN, a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial; y eliminar del TUPA aquellos procedimientos que fueron declarados improcedentes y eliminados, por encontrarse en los supuestos del artículo 18 del Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2019-PCM, o por no cumplir con el principio de legalidad, necesidad o ambos, como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria, señalados en el Anexo 3 que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Cumplimiento Dispóngase y comuníquese a las áreas técnicas y a la Unidad Funcional No Orgánica de Trámite Documentario, Acervo Documentario y Atención al Usuario de la SUCAMEC, el cumplimiento inmediato de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial, sin perjuicio de la actualización de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS y normas complementarias. Artículo 5.- Comunicación Remitir a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros, copia de la presente Resolución Ministerial, así como de los Anexos a que se hacen referencia en los artículos precedentes. Artículo 6.- Publicación Publíquese la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal del diario oficial El Peruano (www. elperuano.pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob. pe), en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www. gob.pe/mininter) y en el Portal Institucional de la SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1791500-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

Que, es procedente reconocer para todos sus efectos civiles el nombramiento de S.E. Monseñor Giovanni Cefai, como Obispo Prelado de la Prelatura Territorial Santiago Apóstol de Huancané, de conformidad a lo establecido en el artículo VII del Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú, aprobado por Decreto Ley Nº 23211; el literal e) del numeral 2 del artículo 8° y el numeral 4 del artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el literal g) del artículo 4º de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Artículo 1.- Reconocimiento Reconocer para todos los efectos civiles, a S.E. Monseñor Giovanni Cefai, como Obispo Prelado de la Prelatura Territorial Santiago Apóstol de Huancané. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1791775-7

PRODUCE
Disponen la publicación en el portal institucional del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Anexo denominado "Listado negativo de mercancías comprendidas en las subpartidas nacionales respecto de las cuales los usuarios no podrán desarrollar actividades de manufactura o producción al interior de las ZED"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 322-2019-PRODUCE Lima, 23 de julio de 2019

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Reconocen para todos los efectos civiles a Obispo Prelado de la Prelatura Territorial Santiago Apóstol de Huancané
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 167-2019-JUS Lima, 23 de julio de 2019 VISTO, el Oficio N° 003725-2019-DP-SSG, del 23 de abril de 2019, de la Sub-Secretaría General de la Presidencia de la República, que adjunta la Nota Prot. N. 1666/19, de Registro Nº 19-0009327, procedente de la Nunciatura Apostólica de la Santa Sede en el Perú, mediante la cual Monseñor Nicola Girasoli, Nuncio Apostólico, comunica que Su Santidad el Papa Francisco ha nombrado a S.E. Monseñor Giovanni Cefai, como Obispo Prelado de la Prelatura Territorial Santiago Apóstol de Huancané;

VISTOS: El Memorando N° 907-2019-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio que contiene el Informe N° 044-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR/DP-clopez, el Cargo N° 2819-2019-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, y el Informe N° 637-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el Ministerio es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; Que, el numeral 5.2 del artículo 5 del citado Decreto Legislativo dispone que el Ministerio de la Producción tiene como función rectora, el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como