Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2019 (07/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Domingo 7 de julio de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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- Contener los procedimientos, recursos humanos, equipamiento y materiales específicos con que se debe contar para prevenir, controlar, colectar y/o mitigar las fugas, escapes y derrames de hidrocarburos o productos químicos; para rehabilitar las áreas afectadas; atender a las poblaciones afectadas; y almacenar temporalmente y disponer los residuos generados. - Indicar los equipos y procedimientos para establecer una comunicación sin interrupción entre el personal, los representantes del OSINERGMIN, OEFA, DGE, DGAAE, otras entidades gubernamentales y la población que pudiera verse afectada. - Determinar las prioridades de protección y definir los sitios estratégicos para el control de contingencias, teniendo en cuenta las características de las áreas sensibles que puedan verse afectadas. - Presentar un cronograma de entrenamiento, capacitación y simulacros previsto para el personal responsable de la aplicación del plan, con participación de la población del área de influencia del proyecto. - Reportar los equipos de apoyo para atender las contingencias. 8.6 Plan de Abandono Se debe presentar la descripción general de las acciones que va a realizar el Titular para dar por concluida la actividad, a fin de corregir cualquier condición adversa en el ambiente e implementar las acciones que fueran necesarias para que el área impactada por el proyecto alcance las condiciones ambientales similares al ecosistema de referencia circundante o a las condiciones apropiadas para su nuevo uso. 8.7 Cronograma y Presupuesto de la Estrategia de Manejo Ambiental (EMA) Presentar el presupuesto para la implementación de cada uno de los Planes contenidos en la EMA del PAD, adjuntado el cronograma de implementación (diagrama de Gantt). 8.8 Resumen de Compromisos Ambientales Presentar un cuadro resumen conteniendo los compromisos ambientales asumidos por el Titular en la EMA del PAD, así como la identificación del profesional responsable y los costos asociados. 9. ANEXOS Adjuntar: Vigencia de poder actualizada del representante legal, Resolución que autoriza a la empresa consultora para elaborar estudios ambientales, Informes emitidos por el laboratorio respecto a la evaluación de calidad ambiental, Certificados de calibración de los equipos empleados en la evaluación de calidad ambiental, fichas de campo, mapas temáticos, planos, y diagramas. 1786183-1

Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, dispone como finalidad del sistema fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 159-2002JUS, se encarga al Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros, la defensa de los derechos e intereses de la Agencia de Promoción de la Inversión PROINVERSIÓN; Que, mediante el Oficio Nº D000005-2018-PCM-PP, la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, solicita a la Presidencia del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, la adopción de las acciones que resulten más convenientes para la defensa de los derechos e intereses del Estado en aquellos procesos en los cuales PROINVERSIÓN forma parte, toda vez que dicha entidad es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas y no a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, mediante Informe Nº 41-2019-JUS/ CDJE-MOC, señala que, además del hecho de que PROINVERSIÓN se encuentra adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, sus actuaciones y omisiones tendrían efectos directos e indirectos en los derechos e intereses de dicho Ministerio; por lo que la referida entidad debe asumir la defensa de los derechos e intereses de PROINVERSIÓN; Que, mediante Decreto Supremo Nº 095-2003-EF, se modifica la denominación de la Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN, por la de Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluido el encargo al Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros, efectuado mediante la Resolución Ministerial Nº 159-2002-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1786101-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Dan por concluido el encargo al Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros de la defensa de los derechos e intereses de PROINVERSIÓN, efectuado mediante R.M. Nº 159-2002-JUS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0264-2019-JUS Lima, 4 de julio de 2019 VISTO, el Oficio Nº 1924-2019-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado;

PRODUCE
Designan Directora Ejecutiva del Programa Nacional "Tu Empresa"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2019-PRODUCE Lima, 5 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional "Tu Empresa", siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo;