Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2019 (21/08/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 82

82

NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de agosto de 2019 /

El Peruano

Arteaga Horna, debiéndose proseguir con el trámite correspondiente; Que, con Memorándum Nº 557-2019-GM-MSS del 12.08.2019, la Gerencia Municipal señala que de conformidad con la opinión favorable formulada por la Gerencia de Asesoría Jurídica, se eleven los actuados al Concejo Municipal para los fines correspondientes; Estando al Informe Nº 690-2019-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con el Artículo 9º numeral 27) de la Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR la Licencia sin goce de remuneraciones, solicitada por el Alcalde señor Jean Pierre Combe Portocarrero desde 13 al 16 de agosto del 2019, autorizando su viaje a la República de Panamá, para participar en el VI ENCUENTRO DE AUTORIDADES POLITICAS, LIDERES Y EMPRESARIOS, viaje que no irrogara gastos a la Municipalidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR el Despacho de la Alcaldía al Teniente Alcalde señor WILDEX ALBERTO ARTEAGA HORNA, por el período de cuatro (04), desde el 13 al 16 de agosto del 2019. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1799402-1

Disponen la convocatoria a elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Santiago de Surco, período 2020 - 2021
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2019-MSS Santiago de Surco, 12 de agosto del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 67-2019-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, el Informe Nº 603-2019-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone la Convocatoria a Elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Santiago de Surco período 2020-2021; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal";

Que, el tercer párrafo del Artículo 102º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades refiere que: "Los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente, por un período de 02 (dos) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de 3 (tres) años de actividad institucional comprobada. La elección de representantes será supervisada por el organismo electoral correspondiente"; Que, mediante Ordenanza Nº 404-MSS, modificada por la Ordenanza Nº 521-MSS se Regula el procedimiento de inscripción y proceso de elección de representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital en los períodos consecutivos; Que, mediante Informe Nº 67-2019-GPV-MSS del 05.07.2019, la Gerencia de Participación Vecinal, señala que el período de dos (02) años para el cual fueron elegidos los actuales representantes del Consejo de Coordinación Local Distrital 2018-2019, culmina en el mes de diciembre del presente año; es preciso convocar al proceso de elección de nuevos representantes del Consejo de Coordinación Local Distrital de Santiago de Surco para el período 2020-2021; Que, en este sentido, la Gerencia de Participación Vecinal propone la emisión del Decreto que convoque a Elecciones de Representantes de las Organizaciones Sociales para el CCLD de Santiago de Surco, dado que el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 404-MSS, modificada por la Ordenanza Nº 521-MSS, que Regula el procedimiento de inscripción y proceso de elección de representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local de Santiago de Surco, señala que: "El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, dispondrá la convocatoria a elección de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil de Santiago de Surco, a través de un Cronograma Electoral de Actividades"; Que, la Gerencia de Participación Vecinal agrega que, el Decreto de Alcaldía propuesto, se encuentra dentro de las excepciones señaladas en el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, el mismo que establece en el inciso 3, numeral 3.2 sobre difusión de los proyectos de normas legales de carácter general, que se exceptúa su aplicación: "Cuando la entidad por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de norma, considere que la prepublicación de la norma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interés público". En tal sentido, el cronograma electoral propuesto, es complemento de lo detallado en el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 404-MSS y sus modificatorias; Que, mediante Informe Nº 603-2019-GAJ-MSS del 09.07.2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de la emisión del Decreto de Alcaldía solicitado por la Gerencia de Participación Vecinal, que convoca a elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local de Santiago de Surco; Que, mediante Proveído del 10.07.2019, contenido en el Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Gerente Municipal solicita se tramite la suscripción del Decreto de Alcaldía que aprueba la convocatoria a elecciones del CCLD, el mismo que cuenta con las opiniones favorables de la Gerencia de Participación Vecinal y Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando al Informe Nº 603-2019-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 20º numeral 6) y 39º de la Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER la Convocatoria a Elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación