Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2019 (21/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de agosto de 2019 /

El Peruano

Privado sobre Estándares de Publicidad en la Economía Digital (PPD), elaborada por la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi; Que, el objetivo del PPD es intercambiar experiencias sobre prácticas publicitarias en la economía digital y abordar los desafíos del marketing digital para una competencia justa entre las economías de APEC; Que, en el mes de junio del presente año, la Secretaría Técnica de APEC informó al Indecopi la aprobación del proyecto: CTI 05 2019T Public-Private Dialogue (PPD) on Advertising Standards in the Digital Economy, para su ejecución el 23 de agosto de 2019, en la ciudad de Puerto Varas, República de Chile; Que, mediante comunicación electrónica de fecha 3 de julio de 2019, la Secretaría Técnica de APEC cursó invitación a los Países Miembros para participar en el "CTI 05 2019T ­ Public-Private Dialogue (PPD) on Advertising Standards in the Digital Economy", que se llevará a cabo el 23 de agosto de 2019, en la ciudad de Puerto Varas, República de Chile; Que, adicionalmente, en el marco de la Tercera Reunión de Altos Funcionarios y Reuniones Conexas (SOM3) a realizarse del 15 al 30 de agosto, se ejecutarán las siguientes reuniones, de interés para el Indecopi: i) CTI FTAAP Capacity Building Workshop on Competition Policy Under the 3rd. REI CBNI: Sharing Good Examples of FTAs/EPAs; ii) PPSTI Workshop on Promoting and Cross-Border Cooperation in Innovation City in APEC Region; iii) PPSTI Public-Private Dialogue on Science Technology and Innovation; y, iv) Committee on Trade and Investment Meeting ­ (CTI), las cuales se llevarán a cabo del 24 al 27 de agosto de 2019, en la ciudad de Puerto Varas, República de Chile; Que, el PPD tratará temas de interés para el Indecopi y el Perú, como economía integrante de APEC, en la medida que se encuentra referido a la exposición de experiencias internacionales respecto de los distintos sistemas de co-regulación y auto-regulación publicitaria en la economía digital y la adopción de estándares mínimos a nivel de las economías APEC, cuyas conclusiones podrán ser aplicadas al mercado peruano, generando un beneficio a los consumidores y agentes económicos que se desarrollan en el marco de la economía digital; Que, el Comité de Comercio e Inversiones (CTI, por sus siglas en inglés) es el organismo responsable de coordinar el trabajo de APEC en liberalización y facilitación del comercio y las inversiones, temas esenciales en la agenda del Foro, teniendo los siguiente subgrupos y grupos: Movilidad de Personas, Compras de Gobierno, Servicios, Propiedad Intelectual, Inversiones, Comercio Electrónico, entre otros; Que, en atención a lo expuesto, el Indecopi ha considerado conveniente designar al señor Abelardo José Carlos Aramayo Baella, Secretario Técnico de la Comisión de Fiscalización de la Competencia del Indecopi, para que participe como expositor en la apertura y cierre del PPD, en su calidad de Project Overseer (Supervisor del Proyecto) del evento en mención; Que, adicionalmente, es de suma importancia que el Indecopi, a través del señor Aramayo, participe en la Reunión 3rd REI CBNI: Sharing Good Examples of FTAs/EPAs, a realizarse el 24 de agosto del presente año, donde se realizará el intercambio de experiencias y presentación del avance logrado por el Indecopi en el fomento de la leal y honesta competencia en la economía peruana y, los retos que se evidencia en el marco del desarrollo tecnológico y la economía digital, así como en materia de publicidad comercial; Que, asimismo, el señor Aramayo estará participando en el PSTI Workshop on Promoting and Cross-Border Cooperation in Innovation City in APEC Region y PPSTI Public-Private Dialogue on Science Technology and Innovation, a realizarse el 25 de agosto del presente año; Que, adicionalmente, es importante la participación del señor Aramayo en la Reunión del Comité de Comercio e Inversiones (CTI Committee on Trade and Investment Meeting), a desarrollarse los días 26 y 27 de agosto de 2019, mediante la cual se darán a conocer los resultados obtenidos del proyecto: CTI 05 2019T Public-Private Dialogue (PPD) on Advertising Standards in the Digital

Economy, siendo este un compromiso asumido como Project Overseer; Que, cabe precisar que el señor Aramayo ha participado en la elaboración y revisión final del documento "Promoting Competitiveness: A Preliminary Test of ex ante control of sales promotion from an economic and regulatory perspective in Peru", aprobado por APEC en diciembre de 2018, por lo que con la presentación del PPD se observa una continuidad en la participación del Indecopi, Perú en el Foro APEC en el tema de publicidad; Que, por otro lado, resulta importante la participación de la señora Rosa Cecilia Giles Magallanes, Especialista 2 de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi, dado que el 22 de agosto de 2019 estará realizando actividades previas a la ejecución del proyecto y el 23 de agosto de 2019 recabará información pertinente de cada una de las sesiones de la agenda del proyecto, a fin de que el Project Overseer, cuente con información necesaria para reportar ante el CTI las actividades realizadas y los temas discutidos en el marco del Proyecto CTI 05 2019T Public-Private Dialogue (PPD) on Advertising Standards in the Digital Economy y; además, participará como expositora; Que, finalmente, la participación de los funcionarios de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal servirá no sólo para mantener fuertes lazos de cooperación con las demás economías participantes del Foro APEC, sino también para demostrar el avance logrado por el Indecopi en el fomento de la leal y honesta competencia en la economía peruana y, los retos que se evidencian en el marco del desarrollo tecnológico y la economía digital, exponiendo ante las demás economías que el Perú cuenta con una regulación en materia de competencia desleal, que tutela el proceso competitivo bajo una perspectiva que complementa de manera transversal el modelo tradicional de las políticas de competencia y protección al consumidor que rigen en el mundo, posicionando de esta manera al Indecopi como una agencia pionera a nivel mundial, permitiendo conocer las mejores prácticas internacionales en materia de promoción de la leal competencia y publicidad comercial que desarrollan las diversas economías de APEC; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula los Viajes al Exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Abelardo José Carlos Aramayo Baella, Secretario Técnico de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), del 22 al 28 de agosto del 2019, a la ciudad de Puerto Varas, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Autorizar el viaje de la señora Rosa Cecilia Giles Magallanes, Especialista 2 de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), del 21 al 24 de agosto del 2019, a la ciudad de Puerto Varas, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), de acuerdo al siguiente detalle: