Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2019 (21/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 29
El Peruano / Miércoles 21 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
0.4.3 Dirección del Asegurado."
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Con la visación de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1174, Ley del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú SALUDPOL y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo Nº 002-2015-IN, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1174; el Decreto Supremo Nº 014-2019-IN, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; la Resolución Ministerial Nº 1050-2019-IN, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones, la Estructura Orgánica y el Organigrama del Ministerio del Interior; y el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Deróganse los artículos 25 y 26 del Manual de Operaciones del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 158-2019IN. Artículo 2.- Modifícanse los artículos 1, 2, 6, 23, literal e) del artículo 24, literales c), d) y e) del artículo 28 del Manual de Operaciones del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 158-2019IN, en los términos siguientes: "Artículo 1.- Finalidad El Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL, tiene como finalidad recibir, captar y gestionar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud dirigidas a los beneficiarios, que comprenden a todo el personal de la Policía Nacional del Perú (PNP) en Situación de Actividad, Situación de Disponibilidad o de Retiro con derecho a pensión y a sus familiares derechohabientes; así como los cadetes y alumnos de las Escuelas de Formación de la PNP, dentro del territorio nacional, a través de una cobertura de los riesgos de salud. Administrar el Fondo de Aseguramiento en Salud para la atención de la familia policial, garantizando la cobertura financiera de las prestaciones de salud". "Artículo 2.- Naturaleza Jurídica Al Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL, se le reconoce su personería jurídica de derecho público, y cuenta con autonomía técnica, administrativa, económica, financiera, presupuestal y contable." "Artículo 6.- Estructura Funcional del SALUDPOL El Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL, cuenta con la siguiente estructura funcional: 01 02 03 DIRECTORIO GERENCIA GENERAL ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA 0.3.1 Oficina de Gestión y Mejora Continua. 0.3.2 Oficina de Asesoría Jurídica 0.3.3 Oficina de Administración 0.3.4 Oficina de Tecnología de la Información 04 ÓRGANOS DE LÍNEA 0.4.1 Dirección de Financiamiento y Planes de Salud 0.4.2 Dirección de Prestaciones de Salud
"Artículo 23.- Dirección del Asegurado La Dirección del Asegurado es el órgano de línea responsable de normar, conducir y supervisar el proceso de gestión del asegurado que comprende la suscripción, registro y atención de los beneficiarios; encargándose de coordinar, dirigir y ejecutar las actividades en el ámbito nacional. Depende jerárquicamente de la Gerencia General." "Artículo 24.- Funciones de la Dirección del Asegurado Son funciones de la Dirección del Asegurado del SALUDPOL, las siguientes: (...) e) Programar, dirigir, controlar y supervisar la operatividad y el desempeño de sus funciones en el ámbito de su competencia a nivel nacional; así como disponer la adopción de medidas correctivas de las mismas." (...)" "Artículo 28.- Procesos misionales (...) c) Gestión de compra de prestaciones de salud: Es el proceso por el cual SALUDPOL, a través de contratos o convenios pacta con las IPRESS las condiciones generales específicas de servicio para los asegurados, a cambio de una contraprestación, evaluando su cumplimiento. El responsable de ejecutar y hacer cumplir el proceso es la Dirección de Financiamiento y Planes de Salud perteneciente a los órganos de línea. Otro órgano involucrado en este proceso es la Dirección del Asegurado, quien coordina e informa la gestión de la suscripción de convenios y/o contratos y otros mecanismos de compra de prestaciones de salud con Instituciones públicas o privadas, a nivel nacional. d) Gestión de siniestro: Involucra todas las actividades que tienen por finalidad liquidar los siniestros, vale decir; validar la prestación de recursos como facturación, transferencia presupuestal, contraprestación con otros servicios u otra forma de asignación de recursos. El responsable de ejecutar y hacer cumplir el proceso es la Dirección de Prestaciones en Salud perteneciente a los órganos de línea. Otro órgano involucrado, en función a sus competencias, es la Dirección del Asegurado, la cual gestiona el desarrollo de los procesos de auditoría médica, a nivel nacional, bajo la conducción y supervisión del responsable de la gestión de siniestro, y la Oficina de Administración está involucrada en la dirección, supervisión y control de los pagos de las obligaciones derivadas de la prestación de servicios de salud. e) Gestión del Asegurado: Involucra el registro de los beneficiarios del SALUDPOL, asimismo se realiza la difusión de información, consultas, orientación y atención de quejas y reclamos a través de la Plataforma de Atención al Usuario en Salud del SALUDPOL en el ámbito nacional. El responsable de ejecutar y hacer cumplir el proceso es la Dirección del Asegurado perteneciente a los órganos de línea." Artículo 3.- Modifícase el Anexo 01: Organigrama del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL del Manual de Operaciones de SALUDPOL, de acuerdo al Anexo 01 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo, en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) y del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL (www.saludpol.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORAN SOTO Ministro del Interior