Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2019 (21/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Miércoles 21 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1797977-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Aprueban Manual de Perfiles de Puestos MPP Actualizado, Quinta Modificación de la ONP
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 251-2019-GG/ONP Lima, 16 de agosto de 2019 VISTOS: El Memorándum N° 647-2019-ORH/ONP del Director General de la Oficina de Recursos Humanos que remite el Informe Nº 152-2019-OH.RL/ONP del Ejecutivo de Relaciones Laborales; el Informe N° 105-2019-ORH/ONP del Director General de la Oficina de Recursos Humanos; el Memorándum N° 209-2019-OPG/ONP del Director General de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión; el Oficio N° 734-2019-SERVIR/ PE del Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR que adjunta el Informe Técnico Nº 76-2019-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; y el Informe N° 4572019-OAJ/ONP de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, se crea la Oficina de Normalización Previsional (ONP), reestructurada integralmente a través de la Ley N° 28532, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, y definida como un Organismo Público del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley N° 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley N° 30003, y otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que les sean encargados conforme a Ley; Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 058-2011-PCM ha calificado a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) como Organismo Público Técnico Especializado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 174-2013EF/10, modificada por Decreto Supremo N° 258-2014-EF, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la ONP, el cual contiene la nueva estructura orgánica y dispone el ordenamiento e identificación de los distintos órganos de la Entidad; Que, de acuerdo al literal d) del artículo 5 de la Directiva N°004-2017-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de diseño de puestos y formulación del Manual de Perfiles de Puestos ­ MPP", cuya aprobación ha sido formalizada mediante Resolución de

Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) es el documento de gestión que describe de manera estructurada todos los perfiles de puestos de la entidad; Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 061-2019-GG/ONP se aprueba el Manual de Perfiles de Puestos - MPP Actualizado, Cuarta Modificación, de la ONP; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el punto iii) del literal a) del artículo 19 de la Directiva precitada, la entidad puede modificar el MPP cuando existan variaciones en las funciones y/o requisitos de los perfiles de puestos contenidos en el MPP, cuyo sustento debe estar refrendado por la Oficina de Recursos Humanos; Que, mediante Informe Nº 105-2019-ORH/ONP el Director General de la Oficina de Recursos Humanos sustenta la modificación del MPP consistente en la inclusión de una función en dos (02) puestos: Analista de Centros de Atención (Provincia) y Analista de Calificación I, para lo cual no requiere opinión de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, la cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión, conforme consta en el Memorándum Nº 209-2019-OPG/ONP; Que, mediante Memorándum N° 647-2019-ORH/ ONP, que adjunta eI Informe N° 152-2019-ORH.RL/ONP, el Director General de la Oficina de Recursos Humanos solicita la aprobación de la modificación del MPP, señalando que el proyecto de modificación cuenta con la opinión técnica previa favorable de SERVIR, e incorpora la modificación detallada en el considerando precedente; Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR mediante Oficio N° 734-2019-SERVIR/PE remite el Informe Técnico N° 76-2019-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, que constituye la opinión técnica previa de SERVIR y que brinda opinión favorable al proyecto de modificación del Manual de Perfiles de Puestos ­ MPP de la ONP; Que, la aprobación del MPP actualizado debe incluir el anexo denominado "Anexo de Puestos de los Regímenes 276 y 728", en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 literal c) de la Directiva precitada; Que, el literal e) del artículo 16 de la Directiva dispone que el MPP debe ser aprobado por resolución del titular de la entidad, correspondiendo la publicación de la resolución que aprueba el MPP o sus modificatorias en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la entidad en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles después de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la misma norma; Que, de acuerdo al literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública, siendo que, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa; En uso de las facultades conferidas en el artículo 6 de la Ley N° 28532 y los artículos 10 y 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 174-2013-EF/10 y su modificatoria, y de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de diseño de puestos y formulación del manual de perfiles de puestos ­ MPP"; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Gerencia General N° 061-2019-GG/ONP que aprueba el Manual de Perfiles de Puestos ­ MPP Actualizado, Cuarta Modificación, de la ONP. Artículo Segundo.- APROBAR el Manual de Perfiles de Puestos ­ MPP Actualizado, Quinta Modificación, de la ONP, que como anexo forma parte de la presente