Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2019 (21/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de agosto de 2019 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1174, Ley del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú, y sus modificatorias, señala que el Fondo es una persona jurídica de derecho público adscrita al Ministerio del Interior, que cuenta con autonomía técnica, administrativa, económica, financiera, presupuestal y contable; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2015-IN se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1174, que tiene por objeto establecer las normas generales que permiten la administración y gestión del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú con eficacia, eficiencia, legalidad, transparencia; en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1174; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 158-2019IN se aprueba el Manual de Operaciones del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL, que constituye un documento de gestión que contiene las disposiciones generales, y estructura funcional, estableciendo las funciones de la Alta Dirección, Órganos de Administración Interna, Órganos de Línea y Órganos Desconcentrados, los procesos y anexos del Fondo; Que, de acuerdo a los literales a) y c) del artículo 4 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018PCM, relacionados con los principios de servicio a la ciudadanía y eficiencia, las Entidades se organizan para responder mejor a las necesidades de la ciudadanía, haciendo un uso racional de los recursos públicos y asegurando una prestación ágil, oportuna, efectiva y de calidad, con la finalidad de lograr resultados que impacten positivamente en la ciudadanía y en el país; asimismo, se organizan en un régimen jerarquizado y desconcentrado cuando corresponda; Que, asimismo, el artículo 54 de los Lineamientos de Organización del Estado, establece la estructura del Título I del Manual de Operaciones; Que, a fin de evitar duplicidad de funciones, procurando la simplificación administrativa de los procesos de SALUDPOL y la distribución eficiente de los recursos públicos asignados a dicho Fondo, además de adecuar la estructura del Manual de Operaciones del Fondo a las disposiciones contenidas en los Lineamientos de Organización del Estado, mediante Informe Nº 007-2019-SALUDPOL-GG-DAMR, de la Dirección del Asegurado de SALUDPOL, e Informes Nº 056-2019-SALUDPOL/GG-OGMC y 0190-2019-SALUDPOL/GG-OGMC, de la Oficina de Gestión y Mejora Continua de SALUDPOL, se sustenta la derogación de los artículos 25 y 26, así como la modificación de los artículos 1, 2, 6, 23, literal e) del artículo 24, literales c), d) y e) del artículo 28 y del Anexo 01 del Manual de Operaciones del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL; contando con la opinión legal favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica de SALUDPOL contenida en el Informe Nº 645-2019-SALUDPOL/GG-OAJ; Que, mediante Informes Nº 000111-2019/IN/OGPP/ OMD y 000137-2019/IN/OGPP/OMD, la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior emite opinión técnica favorable respecto de las modificaciones propuestas por SALUDPOL a su Manual de Operaciones, de conformidad con lo establecido en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; Que, en atención a lo expuesto, corresponde modificar el Manual de Operaciones del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL;

Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2019IN, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, documento técnico normativo de gestión institucional que contiene las funciones rectoras y específicas del Ministerio y las funciones de sus órganos y unidades orgánicas hasta el segundo nivel organizacional; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 10622019-IN se dispuso que toda referencia en normas, resoluciones, procedimientos y procesos administrativos, actos de administración, actos administrativos y documentos en general, respecto a los órganos y unidades orgánicas que estuvieron contemplados en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017IN, deberán entenderse referidas a los órganos y unidades orgánicas previstas en el Reglamento de Organización y Funciones vigente del Ministerio del Interior, conforme al Cuadro de Equivalencias que en Anexo forma parte de la referida resolución ministerial y en el cual se consigna, que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es equivalente a la que fuera la Oficina General de Planificación y Presupuesto, y que la Oficina de Presupuesto es equivalente a la que fuera la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto; Que, se encuentra vacante el cargo público de Director de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior; por lo que, por razones de servicio resulta necesario designar al profesional que asuma las funciones del referido cargo; Con la visación de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; el Decreto Supremo N° 014-2019-IN, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; y, la Resolución Ministerial N° 1050-2019-IN, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Marco Antonio Criollo Zambrano, en el cargo público de Director de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1799270-1

Modifican el Manual de Operaciones y el Organigrama de SALUDPOL
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1270-2019-IN Lima, 19 de agosto de 2019 VISTOS, los Oficios Nº 0395-2019-SALUDPOL/GG y 14901-2019-SALUDPOL/GG, de la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL; los Informes Nº 000111-2019/IN/ OGPP/OMD y 000137-2019/IN/OGPP/OMD, de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior; y el Informe Nº 002108-2019/IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,