Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2018 (26/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Jueves 26 de julio de 2018 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES
Modifican el artículo 1 de la R.J. N° 008-2018-SENACE/JEF
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00125-2018-SENACE/JEF Lima, 24 de julio de 2018 VISTOS: El Memorando N° 00154-2018-SENACEJEF y el Informe N° 00063-2018-SENACE-GG/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente - MINAM; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29968 y el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM, se aprueba el cronograma, plazos y principios del proceso de implementación del Senace, determinando que el cronograma de transferencia de funciones al Senace, como parte de la Tercera Etapa del proceso de implementación, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el/la Ministro/a del Ambiente y el titular del sector cuya transferencia se aprueba; Que, con Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprueba el cronograma de transferencia de funciones de las Autoridades Sectoriales al Senace, en el marco de la Ley N° 29968, estableciéndose que el proceso de transferencia de funciones del subsector Vivienda y Construcción proveniente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, inicia en el cuarto trimestre del año 2016; Que, para dicho efecto, el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, dispone que mediante Resolución del Titular del Senace se debe designar a tres (3) representantes que conformarán la Comisión de Transferencia, uno de los cuáles deberá presidirla; Que, mediante Resolución Jefatural N° 008-2018-SENACE/JEF, se designa a los representantes del Senace ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del subsector Vivienda y Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre ellos, el señor Juan Manuel Casalino Franciskovic, Asesor de Jefatura; Que, con Resolución Jefatural N° 115-2018-SENACE/ JEF, se acepta la renuncia formulada por el señor Juan Manuel Casalino Franciskovic al cargo de Asesor de Jefatura del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenible -Senace; por lo que resulta necesario modificar la designación de los representantes del Senace ante la Comisión de Transferencia del subsector Vivienda y Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Con el visado de la Gerencia General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM, que aprueba el cronograma, plazos y principios del proceso de implementación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; el Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, que aprueba el cronograma de transferencia de funciones

de las Autoridades Sectoriales al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles Senace, en el marco de la Ley N° 29968; y, el literal j) del Artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 008-2018-SENACE/JEF, en los siguientes términos: "Artículo 1.- Designar a los representantes del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para la Inversiones Sostenibles ­ Senace, ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del subsector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la cual queda conformada de la siguiente manera: - Director/a de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental (DGE), o quien, por encargo, ejerza sus funciones, quien la presidirá. - Director/a de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura (DEIN), o quien, por encargo, ejerza sus funciones. - Miguel Angel Espichan Mariñas, Asesor de Jefatura." Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Senace (www.senace.gob. pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK WIELAND FERNANDINI Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace 1674189-1

Modifican el artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 006-2018-SENACE/JEF
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00126-2018-SENACE/JEF Lima, 24 de julio de 2018 VISTOS: El Memorando N° 00155-2018-SENACEJEF y el Informe N° 00062-2018-SENACE-GG/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente - MINAM; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29968 y el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM, se aprueba el cronograma, plazos y principios del proceso de implementación del Senace, determinando que el cronograma de transferencia de funciones al Senace, como parte de la Tercera Etapa del proceso de implementación, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el/la Ministro/a del Ambiente y el titular del sector cuya transferencia se aprueba; Que, con Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprueba el cronograma de transferencia de funciones de las Autoridades Sectoriales al Senace, en el marco de la Ley N° 29968, estableciéndose que el proceso de transferencia de funciones del subsector Saneamiento proveniente del