Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2015 (22/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Jueves 22 de enero de 2015

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Que, de acuerdo a numeral 36.1 del articulo 36º de la Ley Nº 27444, los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o MORDAZA de mayor jerarquia, o MORDAZA de la mas alta autoridad regional; Que segun lo dispuesto por numeral 38.1 del articulo 38º de la Ley Nº 27444, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la MORDAZA de MORDAZA nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolucion del Titular de organismo constitucionalmente MORDAZA, segun el nivel de gobierno respectivo; Que, el numeral 38.5 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 dispone que, una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1; Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y en uso de las atribuciones establecidas en la Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Callao y sus respectivas modificatorias, la Politica Nacional de Modernizacion de la Gestion Publica y el Plan Nacional de Simplificacion Administrativa y, con las visaciones respectivas de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Gerencia de Asesoria Juridica, el Consejo Regional ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Articulo Primero.- Aprobar la Modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Gobierno Regional del Callao, aprobado por Ordenanza Regional Nº 027 del 31 de MORDAZA del 2012, modificado por la Ordenanza Regional Nº 031 del 28 de Septiembre del 2012, Decreto Regional Nº 003 del 02 de Septiembre del 2013 y Decreto Regional Nº 001 del 21 de Enero del 2014; de acuerdo al contenido y detalle del Anexo I, constituido por 379 procedimientos administrativos, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Aprobar el Catalogo de Formularios cuyo contenido se detalla en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, los mismos que seran utilizados en los procedimientos administrativos de la sede central del Gobierno Regional del Callao, segun lo especificado en el Anexo I. Articulo Tercero.- Precisar que el Formulario Unico de Tramite - FUT contenido en el Catalogo de Formularios indicado en el articulo precedente, sera utilizado en los procedimientos administrativos a nivel de la sede central del Gobierno Regional del Callao, pudiendo ser utilizado por las diferentes Unidades Ejecutoras, en tanto le sea compatible a sus procedimientos. Articulo Cuarto.- Precisar que el procedimiento administrativo denominado Certificado de Discapacidad, a cargo de las Unidades Ejecutoras: Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Hospital San Jose; es completamente gratuito en sus fases de Evaluacion, Calificacion y Certificacion. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) asi como en el MORDAZA Institucional del Gobierno Regional del Callao (www. regioncallao.gob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1190702-2

Ordenanza Regional que modifica el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Gobierno Regional del Callao
ORDENANZA REGIONAL Nº 000022 Callao, 23 de diciembre del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en sesion del 23 de diciembre del 2014; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, Articulo 2º, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, Articulo 15º, inciso a) dispone que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, con el Articulo 1º numeral 1.2. de la Ordenanza Regional Nº 000006 de fecha 08 de marzo de 2012 se modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones, confiriendo a la Oficina de Logistica de la Gerencia de Administracion (Articulo 60º numeral 12) la funcion de "Llevar a cabo el procedimiento de contratacion establecido en el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 065 ­ 2011 ­ PCM, que establece modificaciones al Reglamento de Regimen de Contratacion Administrativa de Servicios; luego de lo cual, culminado el MORDAZA, entregara la documentacion de sustento a la Oficina de Recursos Humanos de la Gerencia de Administracion, con la finalidad que se proceda a la suscripcion del contrato dentro de los cinco (05) dias habiles de publicado el resultado"; Que, en el mismo Articulo se incorporo el numeral 19 del Articulo 58º, confiriendo a la Oficina de Recursos Humanos de la Gerencia de Administracion, la funcion "Encargarse de los Contratos Administrativos de Servicios, a partir del momento en que le sea entregada la documentacion de sustento de la Oficina de Logistica"; Que, mediante Informe Nº 094 ­ 2014 ­ GRC / GA ­ ORH de fecha 28 de enero de 2014, la Oficina de Recursos Humanos, solicito modificar la mencionada Ordenanza Regional, con la finalidad de adecuar la Reglamentacion Interna del Gobierno Regional del Callao, en materia de Contratacion Administrativa de Servicios; Que, con Memorandum Nº 353 ­ 2014 ­ GRC / GA de fecha 25 de junio de 2014, la Gerencia de Administracion, adjunta el Informe Nº 003 ­ 2014 ­ GRC / GA ­ BDJ de fecha 03 de febrero de 2014, por el cual la Asesora Legal de la Gerencia de Administracion, opina que corresponde atender lo solicitado por la Oficina de Recursos Humanos de acuerdo a lo senalado en el Articulo 3 del Decreto Supremo Nº 065 ­ 2011 ­ PCM, que establece modificaciones al Reglamento del Regimen de Contratacion Administrativa de Servicios, y en su Articulo 15 senala : "El Organo encargado de los contratos administrativos de Servicios es la Oficina de Recursos Humanos o quien haga sus veces"; Que, con el precitado Memorandum, adjunta el Informe Nº 739 ­ 2014 ­ GRC / GA / OL de fecha 09 de junio de 2014, por el cual la Oficina de Logistica remite el Informe Nº 019 ­ 2014 ­ GRC / GA ­ OL ­ ACA, de fecha 25 de febrero de 2014, por el cual el Asesor Legal de la Oficina de Logistica, opina que la propuesta de modificatoria del numeral 19 del Articulo 58º y la supresion del numeral 12 del Articulo 60º del Reglamento de Organizacion y Funciones, presentada por la Oficina de Recursos Humanos, son procedentes al estar ajustadas a Ley,