Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2015 (22/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Que, el numeral 4.14 del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, dispone que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas tiene entre sus funciones, asumir el Comando Unico de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, cuando el Presidente de la Republica declare el estado de emergencia con el control del orden interno a cargo de las Fuerzas Armadas; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0042013-DE de fecha 21 de junio de 2013, precisa los alcances de Comando en acciones u operaciones militares en zonas declaradas en Estado de Emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno, disponiendo que la planificacion, organizacion, direccion y conduccion de las acciones u operaciones militares seran ejecutadas bajo un Comando Unificado, a cargo del respectivo Comando Operacional de las Fuerzas Armadas, al cual se integrara la Policia Nacional, de acuerdo a las disposiciones y directivas que emita el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica. DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 26 de enero de 2015, el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convencion, del departamento del Cusco. Articulo 2º.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior y en las circunscripciones senaladas en el mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24), apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Control del Orden Interno Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto dure el Estado de Emergencia declarado en el articulo 1º del presente Decreto Supremo. La Policia Nacional del Peru contribuira al logro de dicho objetivo en el departamento, provincia y distrito declarado en Estado de Emergencia. Articulo 4º.- De la Intervencion La intervencion de las Fuerzas Armadas se efectuara conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Articulo 5º.- Comando Unificado Disponer que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asuma el Comando Unificado de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, en el departamento, provincia y distrito indicado en el articulo 1º del presente Decreto Supremo, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, asi como en el Decreto Supremo Nº 004-2013-DE, que precisa los alcances de Comando en acciones y operaciones militares en zonas declaradas en Estado de Emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

El Peruano Jueves 22 de enero de 2015

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de enero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1191480-1

Autorizan viaje de funcionaria del INDECI a la Republica de Filipinas, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 015-2015-PCM MORDAZA, 21 de enero de 2015 Visto el OF. RE (AFE) N° 22-6-BB/144 de fecha 18 de diciembre de 2014, del Director General MORDAZA y Oceania y Alto Funcionario del Peru ante APEC del Ministerio de Relaciones Exteriores y la comunicacion de fecha 29 de diciembre de 2014, del Departamento de Asuntos Exteriores de la Republica de Filipinas, y; CONSIDERANDO: Que, entre los dias 28 y 29 de enero de 2015 se llevara a cabo, en la MORDAZA de Subic, Republica de Filipinas, la 7ma Reunion del Grupo de Trabajo de Preparacion ante Emergencias del Foro APEC, con sus siglas en ingles EPWG; Que, el objetivo de dicha reunion es compartir e intercambiar experiencias respecto de la implementacion de los planes de trabajo de las economias miembros del Foro APEC, en los temas vinculados con la preparacion y respuesta, asi como los ultimos reportes, de las actividades regionales, frente a los recientes desastres y discutir la construccion sustentable de capacidades de resiliencia de las comunidades; Que, resulta de primordial interes la participacion de la senora Mg. Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirectora de Sistematizacion de Informacion sobre Escenarios de Riesgo de Desastres de la Direccion de Preparacion del Instituto Nacional de Defensa CivilINDECI, MORDAZA si dicho evento permitira obtener conocimientos respecto a la construccion sustentable de capacidades de resiliencia de las comunidades en torno a las ultimas situaciones de emergencias y desastres presentados a nivel global; asi como informar los avances que sobre los temas vinculados con la gestion del riesgo de desastres se vienen implementando en nuestro pais; Que, los gastos por concepto de pasajes aereos en clase economica y viaticos seran cubiertos con cargo al presupuesto institucional del INDECI, y; De conformidad con la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos aprobadas por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de la senora Mg. Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirectora de Sistematizacion de Informacion sobre Escenarios de Riesgo de Desastres de la Direccion de Preparacion del INDECI, del 25 al 31 de enero de 2015, a la MORDAZA de