Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2015 (22/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Jueves 22 de enero de 2015

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fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion; Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, estableciendose que el Ministerio tiene por finalidad mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinacion y articulacion con las diversas entidades del sector publico, el sector privado, y la sociedad civil; Que, mediante el Decreto Supremo N° 081-2011PCM y modificatorias, se creo el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, para otorgar subvenciones economicas a los adultos en condicion de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) anos de edad que cumplan con los requisitos establecidos en dicha norma; Que, con la incorporacion de los usuarios al Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", se ha conseguido que las personas adultas mayores de sesenta y cinco (65) anos, que no se encontraban protegidas por sistemas de seguridad social y pensiones, obtengan un ingreso economico uniforme y periodico que les garantice acceder a las condiciones basicas que permitan su subsistencia; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS, se aprobo la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusion Social "Incluir para Crecer", la cual expresa la politica de desarrollo e inclusion social, basada en la articulacion de los diversos sectores y niveles de gobierno involucrados, segun sus respectivas competencias, para el logro de los resultados prioritarios de inclusion social segun cinco ejes estrategicos definidos mediante un enfoque de ciclo de MORDAZA, en atencion a las necesidades especificas de cada etapa de desarrollo humano, entre los que se encuentra el Eje Estrategico 5: Proteccion del Adulto Mayor; Que, la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusion Social "Incluir para Crecer" reconoce el importante rol de los gobiernos locales como responsables de la articulacion de la politica de desarrollo e inclusion social en el ambito de sus territorios, subrayando, en el MORDAZA del Eje Estrategico 5: Proteccion del Adulto Mayor, el incremento de redes de apoyo social al adulto mayor como uno de los factores de mayor incidencia en el logro del bienestar de la poblacion adulta mayor; Que, en dicho MORDAZA, el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" ha informado que viene desarrollando la intervencion denominada "Saberes Productivos", en articulacion con los gobiernos locales, mediante la cual se busca revalorar la imagen social del adulto mayor en pobreza, a partir de su reconocimiento como portadores de saberes locales ancestrales que corren riesgo de perderse y que es necesario recuperar y transferir a las nuevas generaciones; Que, la citada intervencion comprende actividades desarrolladas por los adultos mayores usuarios del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", tales como medicina tradicional, tecnicas agricolas, ceramica, tejidos, historias, gastronomia, costumbres, leyendas, orfebreria, musica, instrumentos musicales, bailes, entre otros; Que, los saberes que poseen los adultos mayores se estan identificando, registrando, dando a conocer e incorporando en dinamicas comunitarias para que se conviertan en activos inmateriales en beneficio de la comunidad y puedan generar oportunidades de desarrollo local, para lo cual el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" proporciona el diseno, capacita y monitorea la intervencion; Que, para hacer sostenible la intervencion, se requiere de la decidida participacion de los gobiernos locales en su implementacion; Que, en tal sentido, se considera necesario instaurar un reconocimiento expreso a los gobiernos locales que destaquen por su trabajo o actividades a favor de la intervencion "Saberes Productivos" del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", lo cual generara un impacto positivo que incidira en un mayor compromiso local y motivara una participacion activa de otros municipios en beneficio de los adultos mayores; Que, el reconocimiento expuesto en el considerando precedente se denominara "Premio Anual Saberes Productivos de Pension 65", dirigido a los municipios que tengan participacion activa en la intervencion "Saberes

para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos Mexicanos, sin MORDAZA de guerra; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 22 de enero al 28 de diciembre de 2015, con la finalidad de participar en el intercambio profesional y academico en el Programa de MORDAZA Especialidad Profesional en Hidrografia, a llevarse a cabo en la Escuela de Hidrografia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a UN (01) militar de los Estados Unidos Mexicanos, del 22 de enero al 28 de diciembre de 2015, con la finalidad de participar en el intercambio profesional y academico en el Programa de MORDAZA Especialidad Profesional en Hidrografia, a llevarse a cabo en la Escuela de Hidrografia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1191075-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Crean el "Premio Nacional Saberes Productivos de Pension 65"
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2015-MIDIS MORDAZA, 21 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 1 y 44 de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, siendo deberes primordiales de este ultimo, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se