Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2015 (22/01/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 82

545224
CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000012, publicada en el diario El Peruano el 14 de MORDAZA de 2012, se aprobaron las disposiciones para administrar el transporte de mercancias de ambito regional y aminorar los impactos en la via publica generados por actividades conexas a los servicios de carga en la Region Callao; Que, con Ordenanza Regional Nº 000025 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de agosto de 2012, se suspendio la vigencia de la Ordenanza Regional Nº 000012 por un periodo de ciento cincuenta (150) dias de calendarios, con la finalidad de que se constituya una Comision Tecnica de Trabajo con la finalidad de recibir aportes y sugerencias para el mejoramiento de la Ordenanza Regional Nº 000012; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000001 publicada en el diario El Peruano el 15 de febrero de 2013, se dispuso prorrogar el plazo previsto en el Articulo Primero de la Ordenanza Regional Nº 000025 del 25 de junio de 2012, por ciento ochenta (180) dias calendarios por cuanto, se requirio las acciones legales a determinarse por la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones respecto al conflicto competencial en materia de transportes, correspondiendo a la Procuraduria Publica Regional de conformidad con el Articulo 22º de la Ley Nº 27181 interponga la demanda de conflicto de competencia; Que, con la Ordenanza Regional Nº 000004 publicada en el diario El Peruano el 16 de MORDAZA de 2014, se suspendio la vigencia de la Ordenanza Regional Nº 000012 publicada el 14 de MORDAZA de 2012 por un periodo de ciento ochenta (180) dias calendarios, computados a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, con Informe Nº 104-2014-GRC/GRTC-JALZ del 07 de octubre de 2014, se advierte que el plazo de suspension de la Ordenanza Regional Nº 000012 por ciento ochenta (180) dias dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 000004 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de MORDAZA de 2014, vencio el 13 de octubre de 2014. Siendo ello asi, y a fin de evitar una inseguridad juridica al respecto resulta indispensable se vuelva a suspender la vigencia de la Ordenanza Regional Nº 0000012 al no haber resuelto el Tribunal Constitucional la demanda de Conflicto Competencial; Que, el Articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; el Articulo 15º inciso a) senala que son atribuciones del Consejo Regional la de "Aprobar, modificar, o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional", y el Articulo 37º inciso a) senala que el Consejo Regional dicta las ordenanzas y acuerdos del Consejo Regional; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Presidente Regional por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867; el Consejo Regional ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE SUSPENDE POR 180 DIAS CALENDARIOS LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 000012 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO EL 14 DE MORDAZA DE 2012 Articulo Primero.- SUSPENDER la vigencia de la Ordenanza Regional Nº 000012 publicada el 14 de MORDAZA de 2012, por un periodo de ciento ochenta (180) dias calendarios, computados a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones la publicacion del presente dispositivo legal en el MORDAZA institucional del Gobierno Regional del Callao. www.regioncallao.gob.pe POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 1190722-2

El Peruano Jueves 22 de enero de 2015

Aprueban la creacion de la Comision Tecnica para Transversalizar el Enfoque de Genero en las Politicas y Gestion Regional del Gobierno Regional del Callao y sus Organos Desconcentrados - COTEG Callao
ORDENANZA REGIONAL Nº 000019 Callao, 21 de octubre del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en sesion ordinaria celebrada el 21 de octubre del 2014; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 1º de la Constitucion Politica consagra a la persona humana como fin supremo de la Sociedad y del Estado, senalando en su Articulo 2º, inciso 2) que "toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley, por tanto, nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquier otra indole"; Que, el Articulo 9º de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, establece las dimensiones de las autonomias politicas, administrativas y economicas de los Gobiernos regionales y en su inciso 9.2 especifica que la autonomia administrativa es la facultad de organizarse internamente; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que, el Desarrollo Regional esta orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres en igualdad de oportunidades; en su Articulo 8º establece, entre los principios rectores de las politicas y gestion regional el de Inclusion, referido a que el Gobierno Regional desarrolla politicas que buscan promover los derechos de los grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion; asi como establece "la equidad como componente constitutivo y orientador de la politica y la gestion regional", y, en su Articulo 60º precisa las funciones especificas del Gobierno Regional en materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades"; Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 28983- Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, establece que, es rol del Estado "Promover y garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, adoptando todas las medidas necesarias que permitan remover los obstaculos que impiden el ejercicio pleno de este derecho, con el fin de erradicar todas las formas de discriminacion; Que, el Plan Nacional de Igualdad de Genero 20122017 - PLANIG, aprobado con D.S. Nº 004-2012-MIMP, tiene por objeto transversalizar el enfoque de genero en las politicas publicas del Estado Peruano, es asi que en el Objetivo Estrategico Nº 1 Propone promover y fortalecer la transversalizacion del enfoque de genero en los tres niveles de gobierno, a fin de que las entidades publicas identifiquen brechas de genero y asignen presupuesto para su disminucion; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, los gobiernos regionales cuentan con competencias compartidas con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables- MIMP, en cuanto a la promocion, supervision y evaluacion de la implementacion de las politicas de igualdad de genero, en concordancia a los Articulos 7º y 9º de la Ley de Organizacion y Funciones del MIMP, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1098; Que, el Gobierno Regional del Callao, establecio mediante su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 000028 del 20 de diciembre de 2011, que la Gerencia Regional de Desarrollo Social es el organo de linea responsable del diseno, conduccion, coordinacion, supervision y evaluacion de las politicas publicas de desarrollo social, poblacion e igualdad de oportunidades en el ambito de la region Callao; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000021 de fecha 17 de diciembre del 2013 se aprueba el Plan Regional