Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2015 (22/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Jueves 22 de enero de 2015

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Descentralizacion y Coordinacion de Programas Sociales ha propuesto el modelo del Convenio de Gestion a suscribirse, durante el ano 2015, por los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, los Gobiernos Locales Provinciales y los Gobiernos Locales Distritales; Que, segun el Informe N° 006-2015-MIDIS/VMPS/ DGDCPS, de acuerdo con lo previsto en el articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 163-2012-MIDIS, el precitado modelo de convenio ha sido elaborado por la Direccion General de Descentralizacion y Coordinacion de Programas Sociales, en coordinacion con la Direccion General de Seguimiento y Evaluacion, segun Informe N° 006-2015MIDIS/VMPES/DGSE e Informe N° 002-2015-MIDIS/ VMPES/DGSE/DEPS, y la Direccion General de Gestion de Usuarios, segun Informe N° 003-2015-MIDIS/VMPES/DGGU e Informe N° 002-2015-MIDIS/VMPES/DGGU-DGSU; Que, en ese contexto, y en cumplimiento de lo previsto en el Decreto Supremo N° 008-2007-EF, y de acuerdo con lo informado por la Direccion General de Descentralizacion y Coordinacion de Programas Sociales mediante el documento de Visto, corresponde aprobar el Modelo de Convenio de Gestion para la gestion del Programa de Complementacion Alimentaria (PCA) durante el ano 2015; Que, por otra parte, el articulo 25 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion, siempre que la normativa lo autorice; Que, en ese sentido, se estima pertinente delegar en el(la) Director(a) General de Descentralizacion y Coordinacion de Programas Sociales, la facultad de suscribir, durante el ano 2015, los Convenios de Gestion del Programa de Complementacion Alimentaria con los Gobiernos Locales Provinciales y los Gobiernos Locales Distritales, en representacion del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, la Direccion General de Descentralizacion y Coordinacion de Programas Sociales, la Direccion General de Gestion de Usuarios, la Direccion General de Seguimiento y Evaluacion, y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012MIDIS; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Modelo de Convenio de Gestion, a ser suscrito por el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social y los Gobiernos Locales Provinciales y los Gobiernos Locales Distritales, segun corresponda, para la gestion del Programa de Complementacion Alimentaria (PCA) durante el ano 2015, el cual, como anexo, forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Delegar, durante el ano 2015, la facultad de suscribir los Convenios de Gestion del Programa de Complementacion Alimentaria a que se refiere el articulo 1 de la presente resolucion, en representacion del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, en el(la) Director(a) General de Descentralizacion y Coordinacion de Programas Sociales. Articulo 3.- El(la) Director(a) General de Descentralizacion y Coordinacion de Programas Sociales informara mensualmente al Despacho Ministerial sobre las acciones efectuadas en virtud de la delegacion conferida mediante la presente resolucion, con conocimiento del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales. Articulo 4.- Disponer la publicacion del anexo a que se refiere el articulo 1 precedente, en el MORDAZA electronico institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (www.midis.gob.pe) el mismo dia de la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1191478-1

CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Primera Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, dispone que los fondos publicos correspondientes a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios son distribuidos por el Ministerio de Economia y Finanzas a los gobiernos locales, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, de acuerdo con lo que dispongan las directivas que, para tal efecto, emita la Direccion General de Presupuesto Publico y el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, en el MORDAZA de sus competencias; Que, el numeral 7.1 del articulo 7 de los "Lineamientos para la Distribucion y Ejecucion de los Fondos Publicos de los Gobiernos Locales provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios", aprobados por Decreto Supremo N° 008-2007-EF, define por transferencias programaticas a los fondos publicos cuya ejecucion en el ambito de los Gobiernos Locales verificados esta condicionada al cumplimiento de las politicas nacionales para la superacion de la pobreza y la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 20042015; disponiendose el monitoreo y evaluacion de los resultados establecidos en los Convenios de Gestion que se suscriban; Que, el numeral 7.3 del articulo 7 de los precitados Lineamientos establece que, para la transferencia de los fondos publicos correspondientes a los programas y proyectos sociales, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social suscribira con los Gobiernos Locales verificados, convenios de gestion en los cuales se estableceran los compromisos de MORDAZA partes; Que, asimismo, la Directiva N° 004-2010-PCM/SD, "Normas Especificas para la verificacion y efectivizacion del MORDAZA de transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima", aprobada mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 240-2010-PCM/SD, establece que, para el inicio de la gestion descentralizada del programa transferido, el titular del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES y el titular del Gobierno Local respectivo, o los funcionarios a quienes aquellos deleguen, deberan suscribir un Convenio de Gestion, en el que se estableceran las obligaciones y responsabilidades de las partes, asi como los objetivos, metas e indicadores a cumplir, con el objeto de garantizar una gestion eficaz y eficiente del Programa de Complementacion Alimentaria; Que, mediante Ley N° 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica; asimismo, se establecio que el sector Desarrollo e Inclusion Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las politicas nacionales en materia de promocion del desarrollo social, la inclusion y la equidad; Que, mediante Resolucion N° 074-2012-PCM/SD, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el ejercicio de sus facultades como organo encargado de dirigir y conducir el MORDAZA de descentralizacion, preciso que toda referencia al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES en la precitada Directiva N° 004-2010-PCM/SD, debe entenderse como referida al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Que, en el mismo sentido, la Resolucion Ministerial N° 163-2012-MIDIS senala que el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, en el MORDAZA de las competencias atribuidas mediante Ley N° 29792 y Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, y a propuesta de la Direccion General de Descentralizacion y Coordinacion de Programas Sociales, establece los lineamientos y estrategias para la adecuada gestion del Programa de Complementacion Alimentaria; Que, en concordancia con lo dispuesto en la normativa MORDAZA citada, corresponde que el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social continue desarrollando las funciones y competencias que se encontraban asignadas al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, en la normativa que regula los lineamientos y procedimientos relacionados con el Programa de Complementacion Alimentaria; Que, en virtud de las consideraciones expuestas, mediante el documento de Visto, la Direccion General de